Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2014 (05/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Miercoles 5 de marzo de 2014

518113
Republica Federativa del Brasil 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. General del Ejercito Mayor General Fuerza Aerea General de Division del Ejercito MORDAZA del Ejercito MORDAZA Fuerza Aerea Capitan de Mar y MORDAZA Capitan de Mar y MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE NARDI Nilson SOILET Carminati MORDAZA MORDAZA NARDI De Sousa MORDAZA DE SA AFFONSO Da Costa MORDAZA MORDAZA MORDAZA E MORDAZA MORDAZA MORDAZA DA MORDAZA Goncalves MORDAZA DA COSTA REIS de Suoza Freitas Rafaelle DE CARVALHO De Nardi

Articulo 3º.- Disponer la difusion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA institucional del Ministerio de Defensa (www.mindef.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1056987-1

8. Mayor del Ejercito

Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de EE.UU., Brasil, Venezuela y Bolivia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 149-2014-DE/SG MORDAZA, 4 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DSD) Nºs. 107, 118 y 129 del 14, 20 y 21 de febrero de 2014 respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, Republica Federativa del Brasil y Republica Bolivariana de Venezuela, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficios Nºs. 289, 290 y 291 ­ 2014-VPD/ DGRIN/CMDA del 27 de febrero de 2014, el Viceministro de Politicas para la Defensa, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, Republica Federativa del Brasil y Republica Bolivariana de Venezuela; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 5 al 8 de marzo de 2014, a fin de participar en la Reunion Preparatoria para la XI Conferencia de Ministros de Defensa de las Americas, a realizarse en la MORDAZA de Lima; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Viceministerio de Politicas para la Defensa; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar detallado a continuacion, del 5 al 8 de febrero de 2014, a fin que participen en la Reunion Preparatoria para la XI Conferencia de Ministros de Defensa de las Americas, a realizarse en la MORDAZA de Lima.
Estados Unidos de MORDAZA 1. MORDAZA MORDAZA USA 2. Mayor USAF MORDAZA M. GRENIER MORDAZA L. LANDGREBE

Republica Bolivariana de Venezuela 1. Contralmirante 2. Contralmirante MORDAZA MORDAZA UZCATEGUI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1057268-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 150-2014-DE/SG MORDAZA, 4 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº F-151 del 28 de febrero de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio G. 500- 0826 del 3 de marzo de 2014, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA por encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 5 al 27 de marzo de 2014, a fin de participar en el Viaje de Instruccion en el Litoral Peruano (VILIT-2014); Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal

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