Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2014 (05/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Miercoles 5 de marzo de 2014

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de Educacion es el organo de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la politica de educacion, cultura, recreacion y deporte, en concordancia con la politica general del Estado; Que, el literal a) del articulo 80 de la Ley consigna como funcion del Ministerio de Educacion definir, dirigir, regular y evaluar, en coordinacion con las regiones, la politica educativa y pedagogica nacional y establecer politicas especificas de equidad; Que, el articulo 3 de la Ley precisa que el Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educacion integral y de calidad para todos. Asimismo, a traves del Ministerio de Educacion desarrolla e impulsa la politica de equidad, cierre de brechas y asignacion de recursos, conforme a lo dispuesto por el articulo 12 del Reglamento de la Ley General de Educacion, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2012-ED; Que, con la finalidad de implementar las acciones de tutoria y orientacion educativa en las instituciones educativas, que permitan contribuir entre otros aspectos, al desarrollo de acciones que fortalezcan, protejan y garanticen el respeto de los derechos de los ninos, ninas y adolescentes; se requiere la contratacion de profesionales de psicologia, educacion, trabajo social u otras ciencias sociales afines, para que se desempenen como Promotores de Tutoria y Orientacion Educativa en las instituciones educativas de las Direcciones Regionales de Educacion o las que MORDAZA sus veces, que cuenten con plazas presupuestadas para tal fin; Que, la Direccion de Tutoria y Orientacion Educativa, en cumplimiento de las funciones asignadas por el articulo 52 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2012 ED, a traves del Informe N° 7202013-MINEDU/VMGP-DITOE, sustenta la necesidad de emitir una MORDAZA tecnica con alcance nacional que regule el MORDAZA de contratacion de Promotores de Tutoria y Orientacion Educativa, que permita el acceso de profesionales con el perfil idoneo para el cumplimiento de dicha labor; asi como se precisen sus funciones y se establezcan los criterios para seleccionar a las instituciones educativas receptoras de los referidos promotores; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificada por la Ley Nº 26510; el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y el Cuadro Para Asignacion de Personal (CAP) del Ministerio de Educacion; la Resolucion Ministerial Nº 0520-2013-ED, que aprueba la Directiva Nº 023-2013-MINEDU/SG-OAJ, denominada "Elaboracion, aprobacion y tramitacion de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educacion"; y las facultades delegadas en la Resolucion Ministerial N° 0142014-MINEDU; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la MORDAZA Tecnica denominada "Normas para la contratacion de Promotores de Tutoria y Orientacion Educativa y criterios de seleccion de las instituciones educativas de educacion basica regular donde realizaran sus funciones", la misma que como Anexo forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Encargar a las Direcciones Regionales de Educacion y a las Unidades de Gestion Educativa Local, la difusion e implementacion de la MORDAZA Tecnica aprobada por el articulo precedente. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administracion de la Educacion publique la presente Resolucion de Secretaria General y su Anexo, en el Sistema de Informacion Juridica de Educacion ­ SIJE, ubicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Educacion (http://www.minedu.gob.pe/). Registrese, comuniquese y publiquese. DESILU MORDAZA CHEMPEN Secretaria General 1057087-1

ENERGIA Y MINAS
Autorizan transferencia financiera a favor del Gobierno Regional de Ucayali para la contratacion de profesionales especializados
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 123-2014-MEM/DM MORDAZA, 28 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante el literal b) de la Vigesima Novena Disposicion Complementaria y Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se autorizo al Ministerio de Energia y Minas a efectuar transferencias financieras a favor de los gobiernos regionales para ser destinados al fortalecimiento de la capacidad de gestion regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energetica, en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion, hasta por el monto de S/.2 400 000,00 (Dos millones cuatrocientos mil y 00/100 Nuevos Soles); Que, la referida disposicion senala que dichas transferencias de recursos a ser financiadas con cargo al presupuesto institucional correspondiente al ano fiscal 2014 del pliego Ministerio de Energia y Minas, se autorizan mediante resolucion del titular del pliego, previa suscripcion de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energia y Minas y las entidades involucradas; Que, asimismo, se establece la obligacion de las entidades que reciben las referidas transferencias de recursos de informar al Ministerio de Energia y Minas los avances fisicos y financieros de la ejecucion de dichos recursos, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondientes, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales fueron transferidos; Que, en virtud a las precitadas disposiciones y a efectos que los Gobiernos Regionales continuen en forma adecuada con el desarrollo de las competencias y funciones transferidas, se ha suscrito un Convenio de Cooperacion y Gestion entre el Ministerio de Energia y Minas y el Gobierno Regional de Ucayali con el objeto de fortalecer las capacidades de gestion y apoyar economica y tecnicamente a la Direccion Regional de Energia y Minas de Ucayali, encargada de desarrollar las funciones y competencias transferidas en materia minero energetica al Gobierno Regional de Ucayali; Que, mediante el referido Convenio de Cooperacion y Gestion, el Ministerio de Energia y Minas se comprometio a transferir recursos presupuestales al Gobierno Regional por un monto de hasta S/.96 000,00 (Noventa y seis mil y 00/100 Nuevos Soles), para que se contraten profesionales especializados, a propuesta de la Direccion Regional de Energia y Minas encargada de realizar las competencias y atribuciones en materia minero energetica, a fin de garantizar el adecuado ejercicio de las funciones y facultades transferidas, segun lo senalado en el numeral 5.1. de la Clausula MORDAZA y en el numeral 6.1. de la Clausula Sexta del Convenio; Que, en ese sentido, en aplicacion de lo establecido en la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, resulta necesario autorizar la transferencia financiera de recursos presupuestales del pliego Ministerio de Energia y Minas a favor del Gobierno Regional de Ucayali, mediante la correspondiente resolucion del titular del pliego; Con el visto MORDAZA de la Secretaria General, la Directora General de la Oficina General de Administracion, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Energia y Minas; De conformidad con lo dispuesto en la Vigesima Novena Disposicion Complementaria y Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014;

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