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El Peruano Miércoles 5 de marzo de 2014 518123 humanos en salud para servicios asistenciales del primer nivel de atención en el marco del aseguramiento universal en salud (AUS) y la descentralización, siendo su ámbito de aplicación todas las unidades orgánicas o dependencias del Ministerio de Salud, Direcciones de Salud (DISAs), Direcciones Regionales de Salud (DIRESAs) o Gerencias Regionales de Salud (GERESAs); y podrá ser de uso referencial para las demás organizaciones del Sector Salud; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos; Con el visado del Director General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos, del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la GUÍA TÉCNICA PARA LA METODOLOGÍA DE CÁLCULO DE LAS BRECHAS DE RECURSOS HUMANOS EN SALUD PARA LOS SERVICIOS ASISTENCIALES DEL PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Encargar a la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos la difusión de lo dispuesto en la citada Guía Técnica. Artículo 3°- Las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud o las que hagan sus veces a nivel nacional, son responsables del cumplimiento y aplicación de la Guía Técnica precitada, dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones. Artículo 4°.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob. pe/portal/transparencia/normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1056591-2 Designan Jefa de Gabinete del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 182-2014/MINSA Lima, 4 de marzo del 2014 Vista, la renuncia presentada por la abogada Dalia Miroslava Suárez Salazar al cargo de Ejecutiva Adjunta II, Nivel F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 911-2012/ MINSA de fecha 15 de noviembre de 2012, se designó a la abogada Dalia Miroslava Suárez Salazar en el cargo de Ejecutiva Adjunta II, Nivel F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial N° 017-2014/ MINSA de fecha 9 de enero de 2014, se encargó a la abogada Dalia Miroslava Suárez Salazar, Ejecutiva Adjunta II del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud, las funciones de Jefe de Gabinete del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud en adición a sus funciones; Que, mediante documento de visto, la citada funcionaria presentó su renuncia al cargo de Ejecutiva Adjunta II, Nivel F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud; Que, por convenir al servicio resulta necesario adoptar las acciones de personal pertinentes, a fi n de asegurar el normal funcionamiento del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM; en el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y; en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la abogada Dalia Miroslava Suárez Salazar, al cargo de Ejecutiva Adjunta II, Nivel F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Dar por concluido el encargo en las funciones de Jefa de Gabinete del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud conferido a la abogada Dalia Miroslava Suárez Salazar, mediante Resolución Ministerial N° 017-2014/MINSA. Artículo 3º.- Designar a la abogada Dalia Miroslava Suárez Salazar en el cargo de Jefa de Gabinete, Nivel F- 6, del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1057179-1 Prorrogan plazo establecido en la R.M. Nº 118-2014/MINSA, que dispuso la pre publicación del Proyecto de Reglamento del Servicio de Guardia y el Proyecto de Decreto Supremo que lo aprobaría, en el portal institucional del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 183-2014/MINSA Lima, 4 de marzo del 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 118-2014/ MINSA, de fecha 10 de febrero de 2014, se dispuso por el plazo de quince (15) días, la pre publicación del Proyecto de Reglamento del Servicio de Guardia y el Proyecto de Decreto Supremo que lo aprobaría, en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica de normas legales http://www. minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp y en el enlace de documentos en consulta hrip://www.minsa. gob.pe/portada/docconsulta.asp; a efecto de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas, y de la ciudadanía en general, a través del correo webmaster@minsa.gob.pe.; Que, el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo 001-2009-JUS, establece que: “Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Ofi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades