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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2014 (05/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Miércoles 5 de marzo de 2014 518111 Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado artículo que deben ser canalizados a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizados por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 28260, Ley que se otorga fuerza de ley al Decreto Supremo Nº 031-2001-ED; Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y las Normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modifi catorias; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los señores Giancarlo Marcone Flores y Ricardo Andrés Chirinos Portocarrero, a la ciudad de París, República Francesa, del 5 al 12 de marzo de 2014; para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Cultura, de acuerdo al siguiente detalle: Giancarlo Marcone Flores Pasajes aéreos : US$ 2 262,63 Viáticos : US$ 3 240,00 (US$ 540,00 x 5 días + 1 día de instalación) Ricardo Andrés Chirinos Portocarrero Pasajes aéreos : US$ 2 262,63 Viáticos : US$ 3 240,00 (US$ 540,00 x 5 días + 1 día de instalación) Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas indicadas en el artículo 1 de la presente Resolución, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la comisión de servicios. Artículo 4º.- El viaje autorizado no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros DIANA ALVAREZ-CALDERÓN GALLO Ministra de Cultura 1057269-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra a Argentina, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 093-2014-DE/MGP Lima, 4 de marzo de 2014 Visto, el Ofi cio N.1000-208 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 4 de febrero de 2014; CONSIDERANDO: Que, el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República Argentina, ha cursado invitación para que Personal Naval participe en los cursos que dicta el Instituto de Inteligencia de las Fuerzas Armadas Argentinas, durante el año académico 2014, entre los cuales se encuentra el Curso de Especialización en Análisis de Inteligencia Estratégica, a desarrollarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; Que, la designación de Personal Naval para que participe en la referida especialización, responde a la necesidad de capacitar a los Ofi ciales en Instituciones Militares Extranjeras, brindándoles mayores conocimientos y experiencias para cumplir funciones como especialistas en inteligencia militar, de tal forma que estén preparados para enfrentar con éxito los desafíos que las necesidades específi cas, conjuntas y combinadas, imponen a la Defensa Nacional, dentro del marco de los compromisos bilaterales de cooperación recíproca asumido por nuestro país; así como, fomentar e incrementar las medidas de confi anza mutua con Instituciones Armadas de otros países; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Segundo Paolo CHIRICHIGNO Méndez, para que participe en el Curso de Especialización en Análisis de Inteligencia Estratégica, a realizarse en el Instituto de Inteligencia de las Fuerzas Armadas Argentinas, ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 5 de marzo al 17 de diciembre de 2014; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26º de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23º de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005 y sus modifi catorias efectuadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y Nº 009-2013-DE, de fecha 2 de octubre de 2013; Que, el numeral 3), del literal A), del artículo 1º del Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplican en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa, establece que por Resolución Suprema, se aprobarán las autorizaciones de viaje al extranjero que irroguen gastos al Estado de personal Civil y militar; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias;