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El Peruano Miércoles 5 de marzo de 2014 518120 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 052-2014-JUS Lima, 4 de marzo de 2014 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 148-2013/ COE-TC, del 4 de diciembre de 2013, sobre la solicitud de extradición activa a la República Argentina del ciudadano peruano MITCHELL WILLIAM MUÑOZ RIVAS PLATA, formulada por la Segunda Sala Penal de Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 8 de agosto del 2013, declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano MITCHELL WILLIAM MUÑOZ RIVAS PLATA, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio – Robo Agravado, en agravio de Fulgencio Cerda Pillaca y Elsa García Pérez de Cerda (Expediente Nº 109-2013); Que, el literal “a” del artículo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 148-2013/COE-TC, del 4 de diciembre de 2013, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Ofi cial; De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Argentina, suscrito en la ciudad de Buenos Aires el 11 de junio de 2004, vigente desde el 19 de julio de 2006; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano MITCHELL WILLIAM MUÑOZ RIVAS PLATA, formulada por la Segunda Sala Penal de Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio – Robo Agravado, en agravio de Fulgencio Cerda Pillaca y Elsa García Pérez de Cerda; y disponer su presentación por vía diplomática a la República Argentina, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1057269-8 Conforman Grupo de Trabajo denominado “Equipo Líder encargado de la implementación del Modelo de Integridad Institucional (MII), en el marco del Plan Anticorrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos 2013-2016” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0105-2014-JUS 3 de marzo de 2014 VISTOS, el Informe N.° 027-2014-JUS/OGPP, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N.° 181-2014-JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 119-2012-PCM, se aprobó el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción 2012-2016, el cual constituye un instrumento que instituye las acciones priorizadas que sobre la materia se deben emprender para prevenir y combatir la corrupción; Que, en ese contexto, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos emitió la Resolución Ministerial N.° 260-2013-JUS, que aprobó el Plan Anticorrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos 2013- 2016, instrumento que tiene por fi nalidad establecer las acciones prioritarias para prevenir y combatir la corrupción; Que, en el marco del Plan Anticorrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos 2013-2016, se establece el Modelo de Integridad Institucional (MII), que refi ere a la implantación de una cultura organizacional basada en el ejercicio ético de los trabajadores y en los procedimientos institucionales diseñados para reducir los riesgos de corrupción y la inefi ciencia funcional; buscando la fi abilidad, lo que implica desarrollar un clima de confi anza tanto interna como externa, en el que se garantice el cumplimiento concreto de la misión institucional, su fortalecimiento, renovación y efectividad, con el objetivo de orientar a todo el capital humano de la institución por el camino de la transparencia y la conciencia funcional e institucional; Que, para tal efecto mediante informe de visto la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto ha propuesto la conformación de un Grupo de Trabajo denominado “Equipo Líder encargado de la implementación del Modelo de Integridad Institucional (MII), en el marco del Plan Anticorrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos 2013-2016”; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N.° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 011-2012- JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, la Resolución Ministerial N.° 260-2013-JUS, que aprueba el Plan Anticorrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos 2013-2016; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar el Grupo de Trabajo denominado “Equipo Líder encargado de la implementación del Modelo de Integridad Institucional (MII), en el marco del Plan Anticorrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos 2013-2016”. Artículo 2º.- El Grupo de Trabajo creado en el artículo precedente estará conformado por los siguientes miembros: í El (la) Secretario(a) General, quien lo presidirá; í El (la) Jefe(a) de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, quien asumirá la secretaría técnica; í El (la) Jefe(a) de la Ofi cina de Recursos Humanos; í El (la) Jefe(a) de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,