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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2014 (20/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 13

El Peruano Jueves 20 de marzo de 2014 519211 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados N.º 011-2014/COE/TC, del 20 de enero de 2014, sobre la solicitud de traslado pasivo del condenado de nacionalidad polaca JACENTY MACIEJ WIECEK o WIECEK JACENTY MACIEJ; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 543º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el Juzgado Penal Colegiado del lugar donde se encuentra cumpliendo pena el condenado extranjero, decide sobre la solicitud de traslado pasivo; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Cuarta Sala Penal Especializada para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante Resolución Consultiva de fecha 06 de setiembre de 2012, declaró procedente la solicitud de traslado pasivo del condenado de nacionalidad polaca JACENTY MACIEJ WIECEK o WIECEK JACENTY MACIEJ, quien se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Lurigancho, por la comisión del delito contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas, en agravio del Estado peruano (Expediente N.º 347-2012); Que, el literal “d” del artículo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobada por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; establece que la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de traslado pasivo de condenado, remitido por el órgano jurisdiccional competente; Que, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe N.º 011-2014/COE-TC del 20 de enero de 2014, en el sentido de acceder a la solicitud de traslado pasivo luego que el Poder Judicial le comunicara mediante Ofi cio N.º 6182- 2013-SG-CS-PJ que el ciudadano polaco JACENTY MACIEJ WIECEK o WIECEK JACENTY MACIEJ no registra otros procesos penales pendientes a nivel nacional; Que, adicionalmente, la referida Comisión tomó en cuenta el Certifi cado N.º 039-2013, de fecha 19 de febrero de 2013, mediante el cual la Dirección de Registro Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario – INPE informó que el requerido no registra otro proceso pendiente con mandato de detención a nivel nacional; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 2 del artículo 540º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N.º 957, corresponde al Gobierno decidir la solicitud de traslado de condenados pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Ofi cial; Que, siendo necesario facilitar la rehabilitación social de las personas condenadas, mediante la adopción de los métodos adecuados, siendo uno de estos, el traslado a su país de origen, para cumplir su condena cerca de su entorno social y familiar, tomando las Recomendaciones del III y IV Encuentro de las Autoridades Centrales Iberoamericanas sobre Traslado de personas condenadas, adoptadas en la Antigua Guatemala el 03 de abril de 2009 y 20 de julio de 2011, respectivamente, en el sentido de mejorar los procedimientos de traslado de personas condenadas desde una óptica de los Derechos Humanos, facilitando y agilizando cualquier cuestión que difi culte la tramitación de los procedimientos de traslado de personas condenadas; Que, de conformidad con el Principio de Reciprocidad previsto en el artículo 508º inciso 1 y 542º del Código Procesal Penal de la República del Perú de 2004; Que, el artículo 540º, numeral 3 del nuevo Código Procesal Penal Peruano indica que la ejecución de la sanción del trasladado se cumplirá de acuerdo a las normas de ejecución o del régimen penitenciario del Estado de cumplimiento; Que, el artículo 541º, numeral 1 del mencionado cuerpo legal, establece que el Perú cuando acepte el traslado del condenado extranjero, mantendrá jurisdicción exclusiva sobre la condena impuesta y cualquier otro procedimiento que disponga la revisión o modifi cación de las sentencias dictadas por sus órganos judiciales. También retendrá la facultad de indultar o conceder amnistía o remitir la pena a la persona condenada; Que, conforme la Nota N-004/2013 del 09 de enero de 2013, remitida por la Embajada de Polonia en la ciudad de Lima al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la República de Polonia se ha comprometido a respetar la jurisdicción que tiene la República del Perú sobre la condena impuesta al solicitante para que no se cambie el tiempo de pena que falta por cumplir, la cual tiene la condición de cosa juzgada; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de traslado pasivo del condenado de nacionalidad polaca, JACENTY MACIEJ WIECEK o WIECEK JACENTY MACIEJ, declarada procedente por la Cuarta Sala Penal Especializada para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser trasladado del Establecimiento Penitenciario de Lurigancho a un Centro Penitenciario de la República de Polonia, para que cumpla el resto de la condena impuesta por las autoridades peruanas conforme al compromiso asumido por las autoridades polacas, el cual se encuentra establecido en la Nota N-004/2013 del 09 de enero de 2013 de la Embajada de la República de Polonia. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1064298-12 Cancelan título de Notario del distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junín, distrito notarial de Junín RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0120-2014-JUS Lima, 19 de marzo de 2014 VISTOS, el Informe N.° 03-2014-JUS/CN, de fecha 07 de febrero de 2014, remitido por la Presidenta del Consejo del Notariado y el Informe N.° 248-2014-JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio N.° 010-2014-CNJ/D, de fecha 20 de enero de 2014, el Decano del Colegio de Notarios de Junín comunica a la Presidenta del Consejo del Notariado la renuncia del señor ARMANDO ZEGARRA NIÑO DE GUZMÁN al cargo de Notario del distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junín, distrito notarial de Junín, para la cual acompaña copia de la mencionada renuncia; Que, la Junta Directiva del Colegio de Notarios de Junín, ha aceptado la renuncia irrevocable a partir del 21 de diciembre de 2013, según Acta de Sesión de misma fecha; Que, mediante el Informe N.° 03-2014-JUS/CN, de fecha 07 de febrero de 2014, la Presidenta del Consejo del Notariado da cuenta de la renuncia del Notario del distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junín, distrito notarial de Junín, señor ARMANDO ZEGARRA NIÑO DE GUZMÁN; Que, el literal c) del artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, establece que, entre otras causales, el cargo de notario cesa por renuncia, por lo que corresponde cancelar el título de Notario del distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junín, distrito notarial de Junín, otorgado al señor ARMANDO ZEGARRA NIÑO DE GUZMÁN; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N.º 1049, Decreto Legislativo del Notariado; la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley N.º 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo N.º 011- 2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Cancelar por causal de renuncia el título de Notario del distrito y provincia de Huancayo, departamento