Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2014 (21/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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d) MORDAZA o categoria de la Organizacion Juvenil e) Fecha de inicio de las actividades de la Organizacion Juvenil f) Numero de integrantes de la Organizacion Juvenil g) Resumen del Estatuto h) Relacion de integrantes del Consejo Directivo i) Direccion de integrantes del Consejo Directivo j) Numero de la Resolucion de Alcaldia que reconoce la organizacion. 2. Asiento MORDAZA de Registro.- Contendra los actos que la organizacion realice con posteridad a su inscripcion como: a) Cambio de nombre o denominacion. b) Aumento o disminucion de integrantes c) Renovacion del Consejo Directivo y entrega de credenciales. d) Constitucion de comisiones u organos de apoyo. e) Modificacion del Estatuto. f) Transformacion de la forma juridica que MORDAZA adoptado la organizacion. g) Fecha de disolucion de la organizacion aprobada por la Asamblea General. Articulo 25.- La Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano otorgara la respectiva credencial a cada uno de los miembros del Consejo Directivo de la organizacion juvenil inscrita en el R.U.O.J.C.A.R, de conformidad con la presente ordenanza. La credencial tendra como minimo: a) Nombre o denominacion de la organizacion. b) Codigo de registro de la organizacion juvenil. c) Categoria de la organizacion juvenil. d) Cargo de miembro directivo. e) Nombre y apellido del miembro directivo. f) Documento de identidad. g) Direccion. h) Fecha de vigencia de la credencial i) Fotografia reciente del dirigente. DISPOSICIONES FINALES Primero.- Se dispone mediante la presente ordenanza la gratuidad de la inscripcion En el Libro de Registro Unico de Organizaciones Juveniles del distrito de Carabayllo por lapso de 180 dias habiles. Segundo.- El plazo senalado en la disposicion anterior, favorecera la MORDAZA de adhesion al presente Libro de registro por parte de las organizaciones juveniles. Tercero.- Todas las organizaciones juveniles inscritas en el RUOJ estan automaticamente inscritas en el Libro Unico de Organizaciones Juveniles Cuarto.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1063691-1

El Peruano Viernes 21 de marzo de 2014

LAALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI ­ MATUCANA POR CUANTO: VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 13 de marzo de 2014, el Informe Legal Nº 1358-A-2014/RAPGAJ-MPH-M, de fecha 11 de marzo de 2014, el Informe Nº 002-2014-CELR-MPH, de fecha 07 de marzo de 2014, del Comite Especial de Licitacion de Rutas, sobre necesidad de modificacion de Ordenanza Nº 073-2013/CM-MPH-M a efecto de incorporar tres disposiciones complementarias modificatorias y modificar el Articulo Tercero de la MORDAZA mencionada Ordenanza, por existir error material, formulando propuesta modificatoria, correspondiendo su aprobacion por merito de la presente; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de la Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con lo establecido en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 073-2013/CM-MPHM de fecha 28-09-13; se aprobo el Plan Regulador del Servicio Regular de Transportes MORDAZA e Interurbano para la Provincia de Huarochiri, sobre la Base normativa de las competencias establecidas en la Ley General del Transporte y MORDAZA aprobado por la Ley Nº 27181, asimismo conforme al Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC; Que, al iniciarse el MORDAZA de Licitacion de Rutas de parte del COMITE DE LICITACION DE RUTAS, se ha advertido la existencia de error formal material en el articulo tercero de la referida Ordenanza, asimismo la necesidad de que se incorpore tres disposiciones complementarias transitorias, a los efectos de generar la continuacion del MORDAZA de licitacion, con mas eficacia juridica, lo que han precisado en el Informe del visto del presente; Que, el error formal que se ha advertido es en el articulo tercero de la referida Ordenanza, la cual senala; "Articulo TERCERO: Dejar sin efecto, toda disposicion que ponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza", cuando evidentemente debe decir; "Articulo TERCERO: Dejar sin efecto, toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza", siendo preciso su rectificacion conforme a lo establecido en el articulo 202.1º de la Ley Nº 27444. Asimismo es preciso que la Ordenanza debio de precisar que rutas que ingresaban a un MORDAZA de Licitacion debian ser suspendidas durante el MORDAZA de licitacion, y de la misma manera debia de autorizarse a la Gerencia de Transportes para que expida Permisos provisionales, para el servicio de transporte MORDAZA e interurbano, hasta la adjudicacion de las rutas a los transportistas que hubieran ganado la Licitacion. Asimismo es preciso incorporar la facultad al titular de la entidad, para que por decreto de alcaldia, pueda realizar modificaciones, aclaraciones a la Ordenanza; Que, de la misma forma por merito del Informe Legal Nº 1358-A-2014/RAP-GAJ-MPH-M, de fecha 11 de marzo de 2014, se ha establecido que es viable legalmente la modificacion de la MORDAZA mencionada Ordenanza conforme se ha precisado; Que, discutida la presente en sesion de consejo y luego del debate ley, sobre la base de lo establecido en el articulo 9º numeral 8º y 40º de la Ley Nº 27972 y normas conexas complementarias, con dispensa de lectura de acta ha aprobado por unanimidad; ORDENANZA QUE APRUEBA RECTIFICACION Y MODIFICACION DE ORDENANZA Nº 073-2013/ CM-MPH-M SOBRE APROBACION DEL PLAN REGULADOR DEL SERVICIO REGULAR DE TRANSPORTE MORDAZA E INTERURBANO PARA LA PROVINCIA DE HUAROCHIRI Articulo Primero.- APROBAR la Rectificacion de la Ordenanza Nº 073-2013/CM-MPH-M, en su articulo tercero en la forma siguiente; DICE: Articulo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO, toda disposicion que ponga a lo dispuesto en la presente norma.

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI
Aprueban la rectificacion y modificacion de la Ordenanza N° 073-2013/CM-MPH-M
ORDENANZA QUE APRUEBA RECTIFICACION Y MODIFICACION DE ORDENANZA Nº 073-2013/ CM-MPH-M SOBRE APROBACION DEL PLAN REGULADOR DE RUTAS ORDENANZA Nº 020-2014/CM-MPH-M Matucana, 13 de marzo del 2014

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