Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2014 (21/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Viernes 21 de marzo de 2014

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la suma de S/. 600,00; ii) Con cheque N° 63882057, girado con fecha 24 de noviembre de 2011, la suma de S/. 700,00; iii) Con cheque N° 68951341, girado con fecha 18 de octubre de 2012, la suma de S/. 500,00; iv) Con cheque N° 68951609, girado el 8 de noviembre de 2012, la suma S/. 400,00; y v) Con cheque N° 68951610, girado con fecha 12 de setiembre de 2011, la suma de S/. 400,00. c. Asimismo, desde el mes de diciembre de 2012, la autoridad cuestionada luego de remplazar al anterior MORDAZA por fallecimiento de este, permitio que su tio siga cobrando las sumas de S/. 300,00 y S/. 500,00 el 14 de diciembre de 2012, y el monto de S/. 800,00 el 21 de diciembre de 2012. Esto demostraria la alegada injerencia. d. Anexa a la solicitud de vacancia las partidas de nacimiento del MORDAZA, de su padre MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien seria hermano del abuelo del MORDAZA y quien, a su vez, es padre de MORDAZA Rusbel MORDAZA MORDAZA, y tio MORDAZA del padre del alcalde. En esa linea, el MORDAZA seria pariente directo en MORDAZA grado en linea colateral de MORDAZA Rusbel MORDAZA MORDAZA, esto es, es su sobrino. e. Por otra parte, el concejo municipal debe valorar el Informe otorgado por la Oficina de Imagen Institucional de la Municipalidad Provincial de Casma, en donde se establece la relacion de medios de comunicacion para la difusion de spots y comunicados del 2013, en el cual se aprecia que durante los meses de enero a MORDAZA se le otorgo publicidad a MORDAZA MORDAZA Torres; sin embargo, segun tiene conocimiento, dicho servicio habria sido cobrado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, es decir, por interposita persona. f. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha realizado los cobros de: i) S/. 700,00, a traves de la orden de servicio N° 485, de fecha 14 de marzo de 2013; ii) S/. 800,00, segun orden de servicio N° 734, del 5 de MORDAZA de 2013; iii) S/. 700,00, segun orden de servicio N° 345, del 18 de MORDAZA de 2013; y iv) S/. 800,00, por orden de servicio N° 977, del 25 de MORDAZA de 2013. g. Los regidores, de conformidad a lo establecido en el articulo 14 de la LOM, deberan solicitar los documentos que sustenten los pagos realizados a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, puesto que no se encuentran en el informe otorgado a los regidores. Del desistimiento y adhesion al pedido de vacancia Con escrito del 15 de octubre de 2013, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Loli y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz formularon su desistimiento a la tramitacion del presente expediente de vacancia (fojas 37 y 37 Vta.). Asimismo, con fecha 16 de octubre, MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita que se la tenga por adherida al procedimiento de vacancia incoado en contra del MORDAZA provincial (fojas 39 y 39 vuelta). Descargos de la autoridad cuestionada Mediante escrito, de fecha 17 de octubre de 2013, el MORDAZA Rommel MORDAZA MORDAZA MORDAZA formulo los siguientes descargos (fojas 42 a 45): a. Es falso que cuando se desempenaba como regidor MORDAZA ejercido injerencia en la contratacion del comunicador MORDAZA MORDAZA MORDAZA, afirmacion que por lo demas no esta acreditada con medio probatorio alguno en la solicitud de vacancia. b. En su condicion de regidor no contaba con las facultades de contratar con ninguna persona a nombre de la Municipalidad Provincial de Casma, toda vez que su funcion era fiscalizadora. En esa medida, no se ha encontrado ningun comprobante de pago en los archivos de la municipalidad a nombre de MORDAZA MORDAZA Torres. c. Es falso que en su condicion de regidor no MORDAZA realizado su funcion fiscalizadora. Asi, por escritos del 1 de marzo de 2011, dirigidos al MORDAZA fallecido, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y al jefe de Logistica y Control Patrimonial, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, manifesto su desacuerdo y rechazo que se tomen los servicios de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, verificandose en los archivos de Tesoreria que no existe contrato o pago a nombre del mencionado ciudadano, desde enero de 2013 a la actualidad.

RESUELVE Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carvajal; y en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo N° 222-2013-MPT, del 26 de setiembre de 2013, que desestimo, por mayoria, la solicitud de vacancia presentada contra MORDAZA Acuna MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, por la causal establecida en el articulo 22, numeral 9, concordante con el articulo 63, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- REMITIR copias de lo actuado a la Contraloria General de la Republica, a fin de que actue conforme a sus atribuciones. Registrese, comuniquese, publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1064558-1

Declaran nulo Acuerdo de Concejo en extremo que rechazo solicitud de vacancia de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Casma y devuelven actuados para que se emita MORDAZA pronunciamiento
RESOLUCION N° 150-2014-JNE Expediente Nº J-2013-1437 CASMA - MORDAZA RECURSO DE APELACION MORDAZA, veintiseis de febrero de dos mil catorce VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA en contra del acuerdo de concejo adoptado en sesion extraordinaria, de fecha 17 de octubre de 2013, en el extremo en que rechazo la solicitud de vacancia contra Rommel MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Casma, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 9, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES La solicitud de vacancia MORDAZA MORDAZA MORDAZA Loli y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz, con fecha 4 de setiembre de 2013, solicitaron la vacancia de Rommel MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Casma, por haber infringido el articulo 22, numeral 9, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), que alude al articulo 63 de dicho cuerpo normativo, esto es, la prohibicion de contratar sobre bienes y servicios municipales. El pedido de vacancia formula como principales argumentos los siguientes (fojas 2 a 9): a. La autoridad cuestionada, cuando aun desempenaba el cargo de primer regidor, ejercio injerencia ante el fallecido anterior MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que la administracion MORDAZA contrate los servicios de su tio MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para la difusion de publicidad por emisora radial. b. El mencionado pariente de la autoridad habria cobrado las siguientes sumas: i) Con cheque N° 63881358, girado con fecha 29 de setiembre de 2011,

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