Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2014 (29/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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Articulo Sexto.- Modifiquese el Plan de Cuentas para las Empresas del Sistema Asegurador, de acuerdo a lo siguiente: 1. Modifiquese el Capitulo I "Disposiciones Generales", en el acapite de Notas Minimas a los Estados Financieros Anuales, conforme a lo siguiente: a) Incorporese como numeral 12 lo siguiente: "12. BIENES OTORGADOS EN GARANTIA La entidad revelara informacion sobre: a) los bienes otorgados en garantia; y, b) los bienes otorgados mediante fideicomisos en garantia, en calidad de fideicomitentes. La presente revelacion debera sera incluida adicionalmente en los estados financieros trimestrales. Para efectos de lo senalado en el parrafo anterior, la empresa debera revelar por lo menos, la informacion que se muestra en el Anexo 3 adjunto." b) Modifiquense los numerales 12 Patrimonio y 13 Hechos Posteriores, por los numerales 13 Patrimonio y 14 Hechos Posteriores, respectivamente. 2. Eliminese en el Capitulo III "Cuadro Contable y Catalogo de Cuentas" y Capitulo IV "Descripcion y Dinamica", la cuenta analitica 1304.04.02 "Fideicomisos en garantia", cuyo saldo sera reclasificado a la cuenta analitica 1304.04.03 "Otros". Articulo Setimo.- Modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobado mediante Resolucion SBS Nº 3082-2011 y sus normas modificatorias, en el procedimiento administrativo N° 35 "Autorizacion para la participacion como fideicomitentes de las empresas comprendidas en el articulo 16º de la Ley General, Banco de la Nacion, Banco Agropecuario (AGROBANCO), Corporacion Financiera de Desarrollo (COFIDE) y Fondo MIVIVIENDA", cuyo texto modificado se anexa a la presente resolucion y se publica conforme lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 004-2008-PCM, reglamento de la Ley N° 29091. (Portal institucional: www.sbs.gob.pe). Articulo Octavo.- Deroguense las normas para el tratamiento contable del fideicomiso y de las comisiones de confianza, aprobado por el articulo primero de la Resolucion SBS N° 084-2000. Articulo Noveno.- Ampliese el ambito de aplicacion de la Resolucion SBS N° 9-2010 que incorpora el Reporte N° 31 "Detalle de Fideicomisos por Contrato", a las empresas comprendidas en el literal A del articulo 16° de la Ley General, a las empresas afianzadoras y de garantias, al Banco de la Nacion, al Banco Agropecuario (AGROBANCO) y al Fondo MIVIVIENDA. Articulo Decimo.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del 1 de junio de 2014, excepto las modificaciones al Manual de Contabilidad y del Plan de Cuentas establecidas en los articulos MORDAZA y MORDAZA de la presente resolucion, que regiran a partir de la informacion correspondiente al mes de junio de 2014, asi como lo establecido en el articulo noveno que regira a partir de la informacion correspondiente al MORDAZA trimestre del ano 2014. Articulo Undecimo.- Las nuevas disposiciones establecidas para la baja de activos a que hace referencia el Reglamento del Fideicomiso y de las Empresas de Servicios Fiduciarios, asi como el Manual de Contabilidad y Plan de Cuentas, regiran para las operaciones realizadas a partir del 1 de junio de 2014. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1067940-1

El Peruano Sabado 29 de marzo de 2014

Modifican el procedimiento Nº 158 "Emision de MORDAZA de Depositos u otros productos pasivos de personas fallecidas" en el MORDAZA de la SBS
RESOLUCION SBS N° 1883-2014 MORDAZA, 26 de marzo de 2014 El Superintendente de Banca, Seguros Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones VISTO: El Informe N° 019-2014-DOC, relacionado con la modificacion del procedimiento administrativo Nº 158 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia; y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS N° 3082-2011 de fecha 11 de marzo de 2011, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; Que, mediante Ley N°30152, Ley sobre los herederos informados en los servicios financieros pasivos, se establecio el MORDAZA legal a fin que los herederos formulen sus solicitudes sobre la existencia de depositos u otros productos pasivos a nombre de sus causantes en las empresas del sistema financiero; Que, en virtud de lo anterior, mediante Resolucion SBS N°1188-2014, se elevo a resolucion lo normado por la Circular B-2216-2013, F-556-2013,CM-404-2013, CR272-2013, y, se establecio que los herederos debidamente acreditados puedan acceder a la informacion sobre los depositos u otros productos pasivos de sus causantes, en las empresas del sistema financiero, mediante la emision de una MORDAZA de deposito u otros productos pasivos por parte de la Superintendencia; Que, en consecuencia, se ha dispuesto modificar el procedimiento N°158 "Emision de MORDAZA de Depositos u otros productos pasivos de personas fallecidas", de conformidad con lo senalado por la Resolucion precitada, en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobado mediante Resolucion SBS N° 7425-2013; Que, adicionalmente a lo senalado y como consecuencia del desarrollo de las actividades relacionadas con el proyecto Nº 5.2.4 del Plan de Accion 2014 referida a Mejoras de Procedimientos Administrativos del MORDAZA, se ha establecido la descentralizacion del procedimiento a las Oficinas Descentralizadas y PAU sedes regionales de la SBS con la consecuente autoridad para resolver en los Jefes/Asistentes/Analistas de la ODs y del Jefe/Asistente/ Analista para las PAU sedes regionales; Que, corresponde a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, conforme a la autonomia funcional que le confiere el articulo 346° de la Ley N° 26702 y al articulo 38º de la Ley Nº 27444, aprobar las modificaciones del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA institucional; y; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 367° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702; RESUELVE: Articulo Primero.- Modifiquese el procedimiento N° 158 "Emision de MORDAZA de Depositos u otros productos pasivos de personas fallecidas", en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobado mediante Resolucion SBS N° 3082-2011 y sus normas modificatorias, cuyo texto se anexa a la presente resolucion y se publica en el MORDAZA institucional (www.sbs.gob.pe), conforme a lo y

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