Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2014 (31/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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Articulo 2º.- ENCARGUESE; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia de Administracion Tributaria y demas Unidades Organicas competentes de esta Corporacion Municipal. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 1068239-1

El Peruano Lunes 31 de marzo de 2014

Modifican la Ordenanza Nº 332-MDA que aprobo fechas de vencimiento para el pago de obligaciones tributarias del ejercicio 2014
DECRETO DE ALCALDIA Nº 008 Ate, 28 de marzo de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 0033-2014-MDA-GAT de la Gerencia de Administracion Tributaria; el Informe Nº 3062014-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica; el Proveido Nº 528-2014-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 332-MDA, de fecha 31 de enero del 2014 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de febrero del 2014, se establecieron las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y de la Tasa de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y de Serenazgo para el ejercicio 2014; Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 1º de la Ordenanza senalada en el parrafo precedente, establece que, el plazo para el pago del Impuesto Predial para los propietarios de un solo predio destinado a vivienda o terreno sin construir correspondientes al ejercicio 2014, vence el 31 de marzo del 2014; Que, asimismo, el MORDAZA parrafo del Articulo 2º, de la Ordenanza materia de autos, establece que, tratandose de propietarios de un solo predio dedicado a vivienda o terreno sin construir la obligacion de pago para el ejercicio 2014, vence el 31 de marzo del 2014; Que, el Articulo 4º de la Ordenanza Nº 332-MDA, faculta al MORDAZA para que dicte las normas complementarias si fuera necesario, asi como la prorroga mediante Decreto de Alcaldia, de los mencionados vencimientos establecidos en la citada ordenanza; Que, mediante Informe Nº 0033-2014-MDA-GAT, la Gerencia de Administracion Tributaria senala que resulta necesario se otorgue un plazo adicional para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de Impuesto Predial y de la Tasa de Arbitrios Municipales de los propietarios de un solo predio destinado a vivienda o terreno sin construir, situacion que amerita la expedicion de la MORDAZA pertinente; Que, mediante Informe Nº 306-2014-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoria Juridica opina que es procedente emitir el Decreto de Alcaldia que disponga la modificacion y prorroga de vigencia de la Ordenanza Nº 332-MDA, hasta el 15 de MORDAZA de 2014; Que, mediante Proveido Nº 528-2014-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldia correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 42º y el numeral 6) del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Modifiquese; el MORDAZA Parrafo del Articulo 1º de la Ordenanza Nº 332-MDA, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 1º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Respecto a los propietarios de un solo predio destinado a vivienda o terreno sin construir, se amplia el plazo para el pago del Impuesto Predial del ejercicio 2014, el mismo que vence: - Pago al Contado : 15 de MORDAZA

Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 319-MDA que restablecio la vigencia de la Ordenanza Nº 296-MDA que establece el Beneficio de Formalizacion con el Otorgamiento de Licencia de Funcionamiento para los Centros de Educacion Basica y Comercios Locales en el Distrito de Ate
DECRETO DE ALCALDIA Nº 007 Ate, 28 de marzo de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 296-MDA publicada en el Diario Oficial El Peruano de fecha 01 de setiembre de 2012, se establecio el Beneficio de Formalizacion con el Otorgamiento de Licencia de Funcionamiento para los Centros de Educacion Basica (Inicial, Primaria y Secundaria) y Comercios Locales en el distrito de Ate; Que, mediante Ordenanza Nº 319-MDA de fecha 27 de setiembre de 2013, se restablecio el beneficio de Formalizacion con el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento para las actividades de Centros de Educacion Basica (inicial, primaria y secundaria) y Comercios Locales en el Distrito de Ate; la citada Ordenanza en su MORDAZA Disposicion Complementaria y Final faculta al senor MORDAZA Distrital de Ate, para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las normas complementarias y reglamentarias que MORDAZA necesarias para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza en caso fuere necesario; asi como disponer la ampliacion prorrogando su vigencia; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 42º y el numeral 6) del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo 1º.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 319 que restablecio la vigencia de la Ordenanza Nº 296-MDA, que establece el Beneficio de Formalizacion con el Otorgamiento de Licencia de Funcionamiento para las actividades de Centros de Educacion Basica (inicial, primaria y secundaria) y Comercios Locales en el Distrito de Ate, hasta el 30 de Junio de 2014, en merito a los considerandos MORDAZA expuestos. Articulo 2º.- ENCARGUESE el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Economico, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Sub Gerencia de Formalizacion Empresarial, Sub Gerencia de Defensa Civil, Sub Gerencia de Control Operaciones y Sanciones y demas Unidades Organicas competentes de esta Corporacion Municipal. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 1068239-2

- Pago Fraccionado: Primera Cuota : 15 de abril" ...

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