Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2014 (02/05/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 54

522144
del 2014 en el Anexo Nº 06 Planilla Anual de Contratados a Plazo Fijo 2014. Que, mediante Informe Nº 334-2014-MPH-GAJ de fecha 26 de Marzo del 2014, la Gerencia de Asesoria Juridica sugiere se proceda conforme a lo dispuesto en el Articulo 90º numerales 90.1 y 90.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, ordenando la abstencion de esta Gerencia y designando en el mismo acto al funcionario y/o autoridad que emitira opinion legal, el mismo que preferentemente debera ser de igual jerarquia y especialidad. Que, mediante Informe Tecnico Nº 002-2014-MPH-SG de fecha 04 de MORDAZA del 2014, Secretaria General es de la opinion que resulta PROCEDENTE la Aprobacion de las Bases del Concurso de Meritos para Seleccionar un (01) Ejecutor Coactivo y un (01) Auxiliar Coactivo ­ 2014 de la Municipalidad Provincial de Huaral, periodo 2014, debiendo remitirse toda la documentacion al Pleno del Concejo Municipal para su aprobacion de acuerdo a sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades. Que, mediante Dictamen Nº 03-2014-MPH-CAEP-CM de fecha 10 de MORDAZA del 2014, la Comision de Administracion, Economia y Planeamiento del Concejo Municipal RECOMIENDA ARTICULO PRIMERO.- APROBAR las Bases del Concurso Publico de Meritos para la Contratacion de un (01) Ejecutor Coactivo y un (01) Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial de Huaral, para el Ejercicio 2014, presentada por la Comision Evaluadora AD-HOC Encargada de Planificar, Convocar y Ejecutar el Concurso Publico de Meritos, mediante Informe Tecnico Nº 0032014-CEDCPM/MPH; la que forman parte, como anexo del presente Acuerdo. ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER la Publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y sus Anexos en la Pagina Web de la Institucion Municipal (www.munihuaral.gob.pe). Que, el Numeral 32) del Articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, estipula que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar el Cuadro de Asignacion de Personal y las Bases de las Pruebas para la Seleccion de Personal y para los Concursos de Provision de Puestos de Trabajo". Estando a lo expuesto y a las atribuciones que le confieren los articulos 9º, 39º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; con el MORDAZA por mayoria de los senores miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de aprobacion del acta; ACORDO: Articulo Primero.- APROBAR las Bases del Concurso Publico de Meritos Nº 01-2014-MPH para la Contratacion de un (01) Ejecutor Coactivo y un (01) Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial de Huaral, para el Ejercicio 2014, presentada por la Comision Evaluadora AD ­ HOC Encargada de Planificar, Convocar y Ejecutar el Concurso Publico de Meritos MORDAZA mencionado, mediante Informe Tecnico Nº 003-2014-CEDCPM/MPH-CEA-H; la que forma parte, como anexo del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- DISPONER la Publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial "El Peruano", y sus Anexos en la Pagina Web de la Institucion Municipal (www.munihuaral.gob.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial

El Peruano Viernes 2 de MORDAZA de 2014

Gerencia de Registro Civil, solicita Aprobar la Celebracion del Matrimonio Civil Comunitario; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificada por Ley Nº 27680, en concordancia con los Articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, consagra que las Municipalidades son Organos de Gobiernos promotores del Desarrollo Local, con personeria de Derecho Publico con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines; gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, es funcion especifica de los Gobiernos Locales, en materia de poblacion, fomentar su bienestar, siendo de competencia municipal planificar, organizar y administrar la prestacion de servicios publicos esenciales, como es el caso de Registros Civiles. Que, el Numeral 16) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, estipula que una de las atribuciones del Senor MORDAZA es la de celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo a las normas del Codigo Civil, el cual en su Articulo 233º y siguientes estipula los requisitos, impedimentos, prohibiciones, diligencias y pruebas para la celebracion del Acto Matrimonial. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 004-2011-MPH Publicado en el Diario Oficial El Peruano el 26 de MORDAZA de 2011, se institucionaliza las Celebraciones del Matrimonio Civil Comunitario en las fechas conmemorativas de Aniversario de la Creacion Politica de Huaral como Provincia y Distrito en los meses de MORDAZA y Octubre respectivamente, asi como en las fechas donde sea necesaria su realizacion, previo Informe Justificatorio de la Sub Gerencia de Registro Civil, facultandose al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia formalice la realizacion de Matrimonio Civil Comunitario en dichas fechas. Que, mediante Informe Nº 024-2014/MPH/GSCyGA/ SGRC de fecha 14 de Marzo del 2014, la Sub Gerencia de Registro Civil, emite informe justificatorio, senalando en su exposicion de motivos que, en nuestro Distrito se registra la existencia de muchas parejas convivientes, que por sus escasos medios economicos se ven dificultadas a formalizar su union por el alto costo que envuelven los tramites para contraer Matrimonio Civil en forma ordinaria; siendo politica de esta Corporacion MORDAZA, brindar las mayores facilidades a aquellos vecinos del Distrito que deseen contraer Matrimonio Civil. Que, mediante Memorandum Nº 0216-2014-MPH/ GPPR de fecha 27 de Marzo del 2014, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, emite opinion favorable respecto a la Celebracion del Matrimonio Civil Comunitario 2014, ya que se desarrollara en el MORDAZA de las Celebraciones por el XXXVIII Aniversario de la Creacion Politica de la Provincia de Huaral, teniendo como finalidad formalizar la situacion de convivencia en la que se encuentran los vecinos de la provincia de Huaral y puedan realizarlo a un bajo costo dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº 004-2011-MPH. Que, mediante Informe Nº 184-2014/MPH-GAF de fecha 02 de MORDAZA del 2014, la Gerencia de Administracion y Finanzas brinda opinion favorable para la aprobacion de la Celebracion del Matrimonio Civil Comunitario 2014, a realizarse dentro del MORDAZA de las Celebraciones por el XXXVIII Aniversario de la Creacion Politica de la Provincia de Huaral, a llevarse a cabo el dia 03 de MORDAZA del 2014, a Horas 11:00 a.m., sito en la Plaza de MORDAZA de Huaral. Que, a traves del Informe Nº 365-2014-MPH-GAJ de fecha 02 de MORDAZA del 2014, la Gerencia de Asesoria Juridica, opina por la procedencia de la expedicion del Decreto de Alcaldia, respecto a la Celebracion del Matrimonio Civil Comunitario ­ MORDAZA 2014, dentro del MORDAZA de las Celebraciones por el XXXVIII del Aniversario de la Creacion Politica de la Provincia de Huaral; en tal sentido se debera expedir dicho acto administrativo. Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso 6) y 16) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Bº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR la Celebracion del Matrimonio Civil Comunitario 2014 a realizarse dentro del MORDAZA de Celebraciones por el XXXVIII Aniversario de la

1078364-1

Aprueban celebracion de Matrimonio Civil Comunitario 2014
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2014-MPH
Huaral, 2 de MORDAZA del 2014. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: El Informe Nº 024-2014/MPH/GSCyGA/SGRC de fecha 14 de Marzo del 2014, a traves del cual la Sub

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.