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El Peruano Viernes 2 de mayo de 2014 522139 el Portal Web de la Institución (www.munihuaral.gob. pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VICTOR HERNAN BAZAN RODRIGUEZ Alcalde Provincial 1078358-1 Aprueban Reglamento de Prevención y Control de los Riesgos del Consumo de Tabaco ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2014-MPH Huaral, 21 de marzo del 2014. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha, el Proyecto de Ordenanza Municipal que modifi ca la Ordenanza Municipal Nº 003-2011-MPH de fecha 20 de Abril del 2011, que aprobó el “Reglamento de Prevención y Control de los Riesgos del Consumo de Tabaco; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las municipalidades provinciales y distritales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal aprobar, derogar o modifi car las Ordenanzas Municipales. Que, el Artículo 195º de la Constitución Política del Estado señala que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, siendo competente, entre otros, desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de salud y medio ambiente. Que, el Artículo 9º de la Constitución Política del Estado señala que el estado determina la política nacional de salud. Que, mediante Ley Nº 28705, se aprobó la Ley General de Prevención y Control de los Riesgos del Consumo del Tabaco y tiene por objeto establecer un marco normativo sobre las medidas que permitan proteger a la persona, la familia y la comunidad contra las consecuencias del consumo y la exposición al humo de tabaco, a fi n de reducir dicho consumo y exposición de manera continua y sustancial; estableciendo los mecanismos de control y protección, estableciendo la aplicación de sanciones en el caso de la comprobación del incumplimiento de las medidas dispuestas en ella. Que, por Decreto Supremo Nº 015-2008-SA se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 28705, modifi cado posteriormente mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-SA. Que, mediante Ley Nº 29517 se modifi có la Ley Nº 28705, Ley General para la Prevención y Control de los Riesgos del Consumo de Tabaco, para adecuarla al Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para el Control del Tabaco. Así mismo, mediante Decreto Supremo Nº 001- 2011-SA, se modifi ca el Reglamento de la Ley Nº 28705, siendo que con los mencionados dispositivos se promueve y establece “ambientes 100% libres de humo de tabaco”, eliminando cualquier área para fumadores en los espacios públicos cerrados y en los interiores de trabajo. Que, mediante Informe Nº 587-2012-MPH-GDSE, de fecha 06 de Noviembre del 2012, la Gerencia de Desarrollo Social y Económico emite un Informe Técnico sobre el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Régimen de Prevención y Control de los Riegos del Consumo de Tabaco. Que, mediante Informe Nº 553-2012-MPH/GDSE de fecha 16 de Octubre del 2012, la Gerencia de Desarrollo Social y Económico sugiere aprobar la Ordenanza Municipal que Regula la Prevención y Control de los Riesgos del Consumo de Tabaco. Que, mediante el Informe Nº 248-2013-MPH/SGDSE/ SGSOD de fecha 16 de Octubre del 2013, la Sub Gerencia de Salud y OMAPED y DEMUNA, actualiza el Informe Técnico sobre el Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba el Régimen de Prevención y Control de los Riesgos del Consumo del Tabaco, e indica cinco (05) recomendaciones resaltando entre ellos Aprobar el Proyecto de Ordenanza y la Elaboración de Planes Estratégicos para Ambientes 100% libres de humo de tabaco, que desarrollen líneas estratégicas de educación y sensibilización, fortalecimiento institucional y organización. Que, mediante Informe Nº 652-2013-MPH/ GDSE, de fecha 18 de Diciembre del 2013, la Gerencia de Desarrollo Social y Económico señala que se encuentra regulado la Prevención y Control de los Riesgos del Consumo de Tabaco en el Distrito Provincia de Huaral, mediante Ordenanza Municipal Nº 003-2011-MPH, por lo que ante la propuesta planteada, se sugiere evaluar su modifi catoria. Que, mediante Memorándum Nº 1296-2013-MPH- GSCFC-JLPA de fecha 23 de Setiembre del 2013, la Gerencia de Seguridad Ciudadana Fiscalización y Control, remite el Informe Nº 016-2013-MPH-CCG-GSCFC, mediante el cual se realiza aportes formales a la propuesta de Ordenanza Municipal. Que, mediante Informe Nº 009-2014-MPH-GAJ de fecha 09 de Enero del 2014 la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que habiendo efectuado la revisión del Proyecto de Ordenanza que Aprueba el Régimen de Prevención y Control de los Riesgos del Consumo de Tabaco, este despacho considera VIABLE su aprobación; siendo atribución del Concejo Municipal aprobarlo, conforme a sus atribuciones conferidas en la Ley de la materia. Que, mediante Dictamen Nº 02-2014-MPH/CSSAyE/ PGCR de fecha 18 de Marzo del 2014, la Comisión de Salud, Saneamiento Ambiental y Ecología del Concejo Municipal, RECOMIENDA al Pleno del Concejo Primero: Aprobar la modifi cación de la Ordenanza Municipal Nº 003- 2011-MPH con los aportes dados por las Gerencias de Gerencia de Desarrollo Social y Económico, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control, la Sub Gerencia de Salud OMAPED y DEMUNA y la Gerencia de Asesoría Jurídica, aprobándose de este modo la nueva versión del Régimen de Prevención y Control de los Riesgos del Consumo del Tabaco en el Distrito Capital de la Provincia de Huaral. Segundo: Incorpórese las infracciones y sanciones del reglamento señalado en el RAS y su respectivo CIUS Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 001-2010-MPH. Tercero: La Secretaría General deberá disponer su Publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Que, estando a los fundamentos antes expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º, numeral 8º Artículo 20 numeral 5º y Artículo 44º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades” con el Voto Unánime de los Señores Miembros del Pleno del Concejo y con la Dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA “QUE APRUEBA EL RÉGIMEN DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS RIESGOS DEL CONSUMO DE TABACO EN EL DISTRITO CAPITAL DE LA PROVINCIA DE HUARAL” Artículo Primero.- APROBAR EL REGLAMENTO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS RIESGOS DEL CONSUMO DE TABACO que consta de siete (07) Capítulos, trece (13) Artículos y siete (07) Disposiciones Transitorias y Finales. Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza Municipal Nº 003-2011-MPH de fecha 20 de Abril del 2011, que aprobó el Reglamento de Prevención y Control de los Riesgos del Consumo de Tabaco que consta de nueve (09) Artículos, cuatro (04) Disposiciones Complementarias y Transitorias y dos (02) Disposiciones Finales. Artículo Tercero.- ENGARCAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control, la Sub Gerencia de la Policía Municipal, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, la Gerencia de Desarrollo Social y Económico, a través de la Sub Gerencia de Salud, OMAPED y DEMUNA, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal en lo que a cada uno corresponde según sus competencias. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano; y a la Sub Gerencia de Imagen Institucional, la