Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2014 (08/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Jueves 8 de MORDAZA de 2014

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: El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasionen los bonos que se emitan, son atendidos por el Ministerio de Economia y Finanzas, con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda publica. o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. ----------------------------------------------------------------------Fecha Maiz Azucar Arroz Leche entera en polvo ----------------------------------------------------------------------Del 16/04/2014 al 30/04/2014 255 502 432 5 255 ----------------------------------------------------------------------Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GASHA TAMASHIRO Viceministro de Economia 1080168-1

Servicio de deuda

Articulo 4.- Apruebense los Convenios de Traspaso de Recursos a ser suscritos entre el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, y los Gobiernos Locales y el Gobierno Regional senalados en el Articulo 1 de la presente Resolucion Ministerial, mediante los cuales se establecen los terminos y condiciones para el traspaso de los recursos provenientes de la colocacion de bonos soberanos cuya emision fue autorizada por el Decreto Supremo N° 224-2013-EF, para financiar los proyectos de inversion publica, en ejecucion, a cargo de dichos Gobiernos; asi como lo referido a su utilizacion y a la obligacion de reembolsar al Gobierno Nacional los recursos que son materia de traspaso. El mecanismo de reembolso a cargo de los aludidos Gobiernos senalados en el Articulo 1 de esta MORDAZA legal, a favor del Ministerio de Economia y Finanzas, sera mediante asignaciones financieras a que se refiere la Decimo Sexta Disposicion Complementaria y Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF. Articulo 5.- Autoricese al Director General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir toda la documentacion que se requiera para implementar lo dispuesto en esta Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1080430-1

EDUCACION
Aprueban Bases Generales y Especificas de los Juegos Deportivos Escolares Nacionales 2014
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 018-2014-MINEDU MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, el Ministerio de Educacion es el organo del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la politica de educacion, cultura, recreacion y deporte, en concordancia con la politica general del Estado; Que, el Anexo 7 de las "Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Ano Escolar 2014 en la Educacion Basica", aprobadas por Resolucion Ministerial N° 0622-2013-ED, establece la matriz de concursos que deben realizarse durante el ano 2014, entre los cuales se comprende a los Juegos Deportivos Escolares Nacionales. Que, el MORDAZA nivel de intervencion en el ambito escolar para el fortalecimiento de la educacion fisica y el deporte, senalado en el numeral 6.2.2 de los "Lineamientos para la Ejecucion del Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educacion Fisica y el Deporte Escolar en las Instituciones Educativas Publicas de Primaria y Secundaria de Educacion Basica Regular", aprobados por Resolucion Ministerial N° 041-2014-MINEDU, involucra el desarrollo de los Juegos Deportivos Escolares Nacionales, que se realizan en un contexto alentador para la actividad fisica, la recreacion y el deporte en el pais. Que, el articulo 53 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED, establece que la Direccion de Promocion Escolar, Cultura y Deporte, dependiente del Viceministerio de Gestion Pedagogica, es responsable de la promocion escolar, la cultura y el deporte en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo, con la participacion de la sociedad civil. Que, la referida Direccion, mediante los Informes N° 034-2014-MINEDU/VMGP-DIPECUD y Nº 005-2014MINEDU/VMGP/DIPECUD/MJMF, sustenta la necesidad de aprobar las Bases Generales y Especificas de los Juegos Deportivos Escolares Nacionales 2014; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley N° 26510; y el Decreto Supremo N° 006-2012-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del Ministerio de Educacion; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar las Bases Generales y Especificas de los Juegos Deportivos Escolares Nacionales 2014, las

Precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. Nº 115-2001-EF a importaciones de maiz, azucar, arroz y leche entera en polvo
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 009-2014-EF/15.01 MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias, se establecio el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos senalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modifico el Articulo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolucion Viceministerial del Viceministro de Economia; Que, por Decreto Supremo N° 318-2013-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importacion de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia en el periodo del 1° de enero hasta el 30 de junio de 2014; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo del 16 al 30 de MORDAZA de 2014; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo N° 184-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional

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