Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2014 (08/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Jueves 8 de MORDAZA de 2014

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Autorizada mediante Sesion del Pleno del Consejo Directivo, por Acuerdo N° 16-2014 de fecha 23 de MORDAZA de 2014; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la invitacion formulada por la Directora de Formacion y Desarrollo del Tribunal Supremo Popular de la Republica de MORDAZA, en la MORDAZA de la Habana -Cuba, se llevara a cabo entre los dias 21 a 23 de MORDAZA de 2014, el VII Encuentro Internacional Justicia y Derecho 2014; Que, como parte de la cooperacion, concertacion y apoyo reciproco entre las Escuelas Judiciales, La Presidencia del Consejo Directivo, mediante Acuerdo N° 16-2014 aprobo la representacion de la institucion en los senores doctor Duberli MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, miembros del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, entidad que conforme al mandato constitucional se encuentra comprometida en el MORDAZA de la capacitacion judicial de magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Publico, por lo que resulta necesaria acoger la invitacion cursada a dicho evento; Que, el numeral 10.1 del articulo 10° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2014, prohibe los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, excepto, entre otros, los que efectuen los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley N° 28212, Ley que regula los ingresos de los Altos Funcionarios, Autoridades del Estado y dicta otras medidas, encontrandonos dentro de dicho supuesto de excepcion normativa; Que, dada la importancia del citado Encuentro para los objetivos y metas institucionales, resulta conveniente autorizar el viaje en comision de servicios, cuyos gastos de pasaje aereo y viaticos, seran asumidos con cargo al Presupuesto de la Academia de la Magistratura; Que, estando a lo expuesto, de conformidad con la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, Ley N° 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, Ley N° 28212, Ley que regula los ingresos de los Altos Funcionarios, Autoridades del Estado y dicta otras medidas, y en ejercicio de las atribuciones, y con cargo a dar cuenta al Pleno del Consejo Directivo; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de los senores Duberli MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, miembros del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, a la MORDAZA de la Habana - MORDAZA para participar en el Encuentro Internacional Justicia y Derecho 2014, desde el 21 al 23 de MORDAZA de 2014. Articulo Segundo.- Los gastos de pasajes que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran con cargo al Presupuesto de la Academia de la Magistratura correspondiente al Presente ejercicio fiscal, de acuerdo al siguiente detalle:
· Pasajes aereos MORDAZA ­ Habana ­ MORDAZA, (03) · Viaticos (05 dias) = por persona (02) funcionarios · Viaticos (04 dias) = por persona (01) funcionario Total: S/. S/. S/. S/. 8,812.50 14,853.00 6,528.50 21,381.50

ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Aprueban Operaciones de Reporte de Monedas
CIRCULAR Nº 017-2014-BCRP Operaciones de Reporte de Monedas CONSIDERANDO: Que el Directorio de este Banco Central, en uso de la facultad que le es atribuida en el Articulo 66 de su Ley Organica y de conformidad con la tercera disposicion final de la Ley N° 30052, Ley de las Operaciones de Reporte, ha resuelto aprobar las Operaciones de Reporte de Monedas en sustitucion de las Operaciones de Compra con Compromiso de Recompra de Moneda Extranjera y de las Operaciones de Compra con Compromiso de Reventa de Dolares regidas por las Circulares N° 0242009-BCRP y 049-2013-BCRP. SE RESUELVE: Capitulo I. Caracteristicas de las Operaciones de Reporte de Monedas Articulo 1. Generalidades a) En las Operaciones de Reporte de Monedas (Operaciones) las entidades participantes (EP) venden moneda extranjera o nacional al Banco Central de Reserva del Peru (BCRP) a cambio de moneda nacional o extranjera y se obligan, en el mismo acto, a recomprar la moneda vendida en una fecha posterior. b) El termino moneda extranjera se refiere al dolar de los Estados Unidos de America. c) El BCRP realizara las Operaciones a traves de subastas u Operaciones directas. d) El BCRP cobrara por la Operacion una comision equivalente a la tasa de interes ofrecida por cada EP en las subastas menos un descuento que sera anunciado en la convocatoria respectiva, o la comision fijada por el BCRP en el caso de colocacion directa. La comision sera cobrada al vencimiento. e) Las tasas de interes seran expresadas en terminos efectivos anuales, en porcentaje y con dos decimales. f) El monto que recibira la EP en la fecha de inicio de la operacion (monto inicial) sera igual al monto asignado en las subastas u Operaciones directas. El monto que la EP esta obligada a devolver al BCRP (monto final) sera igual al monto inicial mas la comision correspondiente. g) El monto en la moneda a vender por la EP debera ser igual al monto inicial luego de aplicar el MORDAZA de cambio a que se refiere el Articulo 4 de la presente circular. h) El BCRP se reserva el derecho de decidir la moneda, el monto y la oportunidad de las Operaciones. Asimismo, el BCRP podra establecer porcentajes maximos de asignacion por cada EP. i) Las propuestas se realizaran con un monto minimo de 100 000,00 unidades de la moneda a comprar por la EP y en multiplos de ese monto. j) Para poder participar en las subastas u Operaciones directas que efectue el BCRP, las EP deben haber celebrado con este el Contrato MORDAZA de Operaciones de Reporte de Monedas, para lo cual, entre otros requisitos, tendran que presentar a la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera MORDAZA certificada de la escritura en la que consten los poderes que facultan a sus representantes legales para la suscripcion de dicho contrato. Ademas, en cada oportunidad en que acuerden con el BCRP una Operacion especifica, deberan celebrar el Contrato Especifico correspondiente. k) La sola participacion de la EP en una Operacion implica la autorizacion irrevocable para que el BCRP afecte sus cuentas en la forma prevista en la presente circular, por los montos correspondientes. En la fecha de vencimiento de la Operacion, la recompra por las EP se realizara en forma automatica, segun el procedimiento descrito en la presente circular.

Articulo Tercero.- Los funcionarios mencionados en el articulo primero presentaran un informe detallado al Consejo Directivo sobre el resultado de su participacion en el evento Internacional, dentro de los quince (15) dias posteriores a su retorno al pais. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera al pago de derechos ni de otro tributo, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 1079809-1

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