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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2014 (08/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 44

El Peruano Jueves 8 de mayo de 2014 522598 l) Las operaciones que afectan las cuentas corrientes de la EP en el BCRP se realizarán de acuerdo al procedimiento descrito en el Reglamento Operativo del Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (Sistema LBTR). Artículo 2. Tipos de Operaciones El BCRP puede realizar Operaciones de dos tipos: a) Repo de Monedas MN: Las EP venden moneda extranjera al BCRP a cambio de moneda nacional, y se obligan, en el mismo acto a recomprar la moneda extranjera en una fecha posterior contra el pago de moneda nacional. b) Repo de Monedas ME: Las EP venden moneda nacional al BCRP a cambio de moneda extranjera, y se obligan, en el mismo acto a recomprar la moneda nacional en una fecha posterior contra el pago de moneda extranjera. Artículo 3. De las entidades participantes Para efectos de la presente circular son consideradas EP las siguientes empresas que operan en el país: − Empresas Bancarias − Empresas Financieras − Cajas Municipales de Ahorro y Crédito − Cajas Municipales de Crédito Popular − Cajas Rurales de Ahorro y Crédito − Banco Agropecuario − Otras que determine el BCRP El BCRP podrá restringir la lista de EP en cada Operación, lo que será anunciado en la convocatoria de la subasta o de la Operación directa que corresponda. Capítulo II. Procedimiento para las subastas Artículo 4. Anuncio de la subasta El anuncio de la subasta se realizará mediante el portal institucional del BCRP y los medios que el BCRP considere conveniente utilizar, como el servicio de mensajes de la empresa Datos Técnicos S.A. (DATATEC), Reuters, Bloomberg, entre otros. El anuncio incluirá el tipo de Operación, el monto a subastar, el tipo de cambio, el descuento a la tasa de interés ofrecida, el plazo, la fecha de la subasta, la fecha de vencimiento y la hora límite para la recepción de propuestas. Cualquier información adicional relativa a cada subasta, podrá ser obtenida por las EP en la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera. Artículo 5. Presentación de propuestas a) Requisitos generales Las propuestas deberán ser presentadas a la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, mediante el Módulo de Subastas Electrónicas (MSE) de DATATEC, en sobres cerrados, por facsímil u otro medio autorizado por el BCRP, dentro del horario establecido en el anuncio de la subasta. El importe total de las propuestas de una EP no deberá exceder el monto a subastar. Si tal exceso ocurriese, el BCRP retirará el excedente, considerando para ello las propuestas de menor tasa. Cada propuesta deberá contener el monto y la tasa de interés expresada como porcentaje con dos decimales. Los montos de las propuestas deberán expresarse en múltiplos de 100 000,00 unidades de la moneda a comprar por la EP. Las propuestas son irrevocables y la EP es responsable de su cumplimiento si fuese favorecida con la adjudicación. b) Envío de propuestas mediante el MSE La presentación de propuestas mediante el MSE de DATATEC se efectúa de acuerdo con el procedimiento establecido por esa empresa. La EP es responsable de adoptar las medidas de seguridad que permitan un uso adecuado de las claves de acceso al MSE de DATATEC, con arreglo a sus procedimientos internos, pues queda obligada a realizar la Operación. En el caso que la EP tuviese problemas para el envío de propuestas mediante el MSE de DATATEC, podrá remitir sus propuestas a través de los medios autorizados por el BCRP siguiendo los procedimientos establecidos por la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera. Estas propuestas deberán enviarse dentro del horario autorizado y sustituirán completamente las propuestas que se hubiesen enviado por el MSE de DATATEC. c) Envío de propuestas por otros medios Las propuestas presentadas en sobre cerrado serán entregadas al Departamento de Operaciones Monetarias y Cambiarias de la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, en el formulario que éste proporcione. Deben estar fi rmadas por funcionarios que cuenten con poderes sufi cientes. En el caso de las propuestas enviadas por facsímil deberá señalarse la clave de seguridad que corresponda. Para tal fi n, se coordinará con cada institución el envío de claves de seguridad para ser usadas en los facsímiles. Cada sobre o facsímil deberá contener una (1) propuesta. Artículo 6. Recepción de propuestas El MSE de DATATEC dará conformidad a la recepción de las propuestas enviadas por su intermedio. El BCRP no será responsable de las fallas de comunicación en el envío de las propuestas o de los resultados de la subasta. La recepción de propuestas remitidas por otros medios autorizados por el BCRP podrá confi rmarse por teléfono en el Departamento de Operaciones Monetarias y Cambiarias de la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera. Las EP podrán presentar, modifi car o retirar sus propuestas hasta la hora límite de recepción indicada en la convocatoria, a partir de la cual, las propuestas que aparezcan vigentes tendrán el carácter de irrevocables y serán consideradas en el proceso de adjudicación. Artículo 7. Procedimiento de Adjudicación La adjudicación se realizará, en primer lugar, a la propuesta que ofrezca la tasa más alta, y continuará en orden descendente, hasta cubrir el monto de la subasta. En el caso que dos o más propuestas tuvieran la misma tasa y el remanente de la cantidad subastada fuese insuficiente para atenderlas en su totalidad, se distribuirá el remanente en la proporción que corresponda a cada propuesta sobre el total demandado a la misma tasa. Los montos así repartidos serán redondeados al múltiplo de 100 000,00 unidades de la moneda a comprar por la EP superior o inferior, según corresponda. El BCRP podrá adjudicar un monto diferente al anunciado para la subasta o declararla desierta. Artículo 8. Comunicación de los resultados Realizada la adjudicación, la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera publicará el resultado de la subasta en el portal institucional del BCRP y en los medios que considere conveniente, como DATATEC, Reuters, Bloomberg, entre otros. El acta con el resultado de la subasta estará a disposición de las EP, en la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, a partir del día hábil siguiente de su ejecución. Artículo 9. De la venta Para efectos de la transferencia de los fondos, la EP deberá remitir al BCRP por facsímil con clave de seguridad, de acuerdo a los procedimientos establecidos por la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, dos juegos del Contrato Específi co fi rmados por funcionarios que cuenten con poder sufi ciente. Verifi cado el envío del Contrato Específi co, se procederá al cargo en la cuenta corriente denominada en la moneda a vender de cada EP del monto que resulte de aplicar el tipo de cambio a que se refi eren el Artículo 4 de la presente circular al monto inicial. Simultáneamente, el BCRP procederá a abonar el monto inicial en la cuenta corriente denominada en la moneda a comprar de cada EP.