Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2014 (10/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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ESCALA DE INFRACCIONES:
Por venta de bebidas alcoholicas y Multa de 15% de la UIT y 001-SSP sustancias toxicas en la via publica Clausura por 15 dias Por consumo de bebidas alcoholicas Multa de 5% de la UIT y 002-SSP en vehiculos estacionados en la via Decomiso publica. Por vender mezcla de bebidas alcoholicas o trago preparados con Multa de 30% de la UIT y 003-SSP sustancia toxicas, no aptos para el Clausura por 20 dias consumo humano atentando contra la salud. 004-SSP Por expender bebidas alcoholicas a Multa de 10% de la UIT y menores de edad. Decomiso

El Peruano Sabado 10 de MORDAZA de 2014

VISTO: El acta de sesion de Concejo de Regidores de la Municipalidad Distrital de Huambalpa, de fecha 13 de febrero del 2014, donde se aprueba la VALIDACION DE LA ASAMBLEA DEL 27 DE NOVIEMBRE DEL 2013, solicitando la Derogatoria de la Resolucion Jefatural Nº 004-2009-/PCM/DNTDT CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. I de Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades. Las Municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Que, conforme el Art. II del Titulo Preliminar de la MORDAZA MORDAZA senalada, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; asi mismo las municipalidades son competentes para acordar su regimen de organizacion interior. Que, la Ley de Demarcacion Territorial dada por Ley Nº 2779, debe sustentarse en principios de equidad de unidad, contiguidad, continuidad e integracion, sin embargo el estudio efectuado no sustenta un criterio tecnico para el objetivo de cuatro unidades geograficas en la provincia de Vilcashuaman y, las recomendaciones de realizar anexiones territoriales no tiene un asidero; asimismo en el Art. 35º establece que los petitorios sobre acciones tecnicas de demarcacion territorial, que se especifican en el Art. 3º, deberan ser presentados siguiendo el tramite y el procedimiento respectivo establecidos en el presente Reglamento. No podra realizarse la apertura de expediente tecnico alguno, en los casos contemplados en el ultimo parrafo del Art. 33º del presente Reglamento, esto es cuando presupone superposicion de ambitos territoriales o diferendos limitrofes. En tal virtud, el MORDAZA, en uso de sus atribuciones y habiendose aprobado en sesion de concejo de regidores de la Municipalidad Distrital de Huambalpa y estando a lo dispuesto por el Art. 192, Inc. 1 de la Constitucion Politica del Estado y el Inc. 6 del Art. 20 de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades. SE RESUELVE: Articulo Primero.- VALIDAR LA ASAMBLEA DEL 27 DE NOVIEMBRE DEL 2013, DONDE SE APROBO LA DEROGATORIA DE LA RESOLUCION JEFATURAL Nº 004-2009-PCM/DNTDT; asimismo se ratifica el acuerdo de los 8 alcaldes de la provincia de Vilcashuaman, llevado a cabo el 27 de febrero del 2013, cuya posicion fue dejar sin efecto el Estudio de Diagnostico y Zonificacion Territorial de la Prov. de Vilcashuaman; hacer respetar la categoria de sus ocho distritos y la no fusion de ninguno de ellos. Articulo Segundo.- DERIVESE, para el cumplimiento de la presente Resolucion de Alcaldia a las instancias correspondientes para su tramite correspondiente y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, PCM, Congreso de la Republica y Gobierno Regional. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1080195-1

Por consumir bebidas alcoholicas Multa de 15% de la UIT y 005-SSP en la via publica y/o en el interior de Decomiso vehiculos alterando el orden publico. 006-SSP Por dar facilidades para el consumo de Multa de 10% de la UIT y bebida alcoholicas en la via publica. Clausura por 10 dias

Por venta de bebidas alcoholicas envasadas o para consumo Multa de 30 % de la UIT y 007-SSP permitido en el establecimiento sin Clausura por 20 dias contar con licencia de apertura del establecimiento. 008-SSP Por venta de bebidas alcoholicas envasadas o para consumo permitido Multa de 15% de la UIT y en el establecimiento fuera del horario Clausura por 7 dias regulado por la presente ordenanza.

Por venta o comercializacion de bebidas 009-SSP alcoholicas para consumo no permitido Multa de 5% de la UIT en el interior del establecimiento. Por realizar publicidad directa e indirecta de bebidas alcoholicas en la Instituciones Educativas de cualquier 010-SSP Multa de 25% de la UIT nivel o naturaleza, asi como a los alrededores de ellos, en un radio de 200 metros. Por venta o comercializacion de 011-SSP bebidas alcoholicas en recintos o Multa de 10% de la UIT espacios para publico masivo 012-SSP 013-SSP Por efectuar degustaciones de bebidas Multa de 20% de la UIT y alcoholicas sin autorizacion municipal. Clausura por 72 horas Por incumplir las dispuestas en el Art. 5º. condiciones Multa de 35% de la UIT y Clausura por 15 dias

014-SSP

Por no tomar las medidas de prevencion y control frente consumo Multa de 15% de la UIT excesivo, indiscriminado o abusivo de bebidas alcoholicas.

Por no dar cuenta a la policia Nacional, a la Sub Gerencia de Administracion Multa de 30% de la UIT y 015-SSP Tributaria y Rentas o la Unidad de Clausura por 20 dias Serenazgo, en los casos previstos en el Art. 8º de la presente ordenanza.

1080730-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAMBALPA
Ratifican Acuerdo de alcaldes de la provincia de Vilcashuaman, cuya posicion fue dejar sin efecto el Estudio de Diagnostico y Zonificacion Territorial de la provincia de Vilcashuaman
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 015-2014-MDH/A Huambalpa, 27 de marzo del 2014

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