Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2014 (10/05/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 64

522858
ambientales; contando con la participacion del sector privado y la sociedad civil; de otro lado, su articulo 24º senala que los gobiernos locales ejercen sus funciones ambientales sobre la base de sus leyes, en concordancia con las Politicas Nacionales, Sectoriales y Regionales, en el MORDAZA de los principios de la Gestion Ambiental; Que, el Reglamento de la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM, dispone que las municipalidades, en el MORDAZA de la autonomia reconocida por ley, promueven la identificacion o creacion de instancias de coordinacion y concertacion ambiental dentro del Sistema Nacional de Gestion Ambiental; Que, el numeral 7) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, dispone que corresponde al Concejo Municipal aprobar el Sistema de Gestion Ambiental Local y sus instrumentos en concordancia con el Sistema de Gestion Ambiental Nacional y Regional; Que, la Comision Ambiental Municipal ­ CAM, de la Municipalidad de Pueblo Libre, ha remitido al Concejo Municipal, el proyecto de la Agenda Ambiental 2013 2014 de la Municipalidad de Pueblo Libre, proyecto elaborado conforme los lineamientos tecnicos y legales existentes y como parte de las funciones que le han sido asignadas; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, adopto la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA AGENDA AMBIENTAL 2013 - 2014 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Articulo Primero.- APROBAR la Agenda Ambiental 2013 - 2014 de la Municipalidad de Pueblo Libre, la misma que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- DISPONER que la presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano", cuyo Anexo sera publicado en la misma fecha en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de Pueblo Libre (www.muniplibre.gob.pe) y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas (www. psce.gob.pe). Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal y Gerencia de Desarrollo Distrital a traves de la Subgerencia de Gestion Ambiental. Articulo Cuarto.- DISPONER que de conformidad con el Articulo 4º del Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, el presente dispositivo legal, sin sus anexos, sea publicado en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA 1080647-1 VISTO:

El Peruano Sabado 10 de MORDAZA de 2014

En Sesion Extraordinaria de Concejo, fecha 02 de MORDAZA del 2014, el Memorandum Nº538-2014-GMMDSJM de fecha 24 de MORDAZA del 2014 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº0382-2014-GAJ-MDSJM de fecha 24 de MORDAZA del 2014 de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº078-2014-GPP/MDSJM de fecha 24 de MORDAZA del 2014 de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, sobre el Proyecto del Reglamento para el MORDAZA de Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2015 la misma que debera ser aprobado mediante Ordenanza Municipal. CONSIDERANDO: Que, los articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica de Peru, modificada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion, establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la Participacion Vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion anualmente bajo responsabilidad conforme a ley. Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, y el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, senala que las municipalidades provinciales y distritales, son organos de gobierno local, que cuentan con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; y que esta autonomia radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, el articulo 20º de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion, dispone que los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados. Que, los articulos 53º, 104º y 112º de la Ley Nº27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, senalan "Que las municipalidades se rigen por sus presupuestos participativos anuales como instrumento de administracion y de gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados", "Que la funcion del Consejo de Coordinacion Local Distrital es coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Concertado y el Presupuesto Participativo" y "Los Gobiernos Locales promueven la participacion vecinal en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestion", respectivamente. Que, mediante Ordenanza Nº000026-2007-MDSJM de fecha 09 de MORDAZA del 2007, se aprobo la Ordenanza MORDAZA del Sistema de Planificacion del Desarrollo y Presupuesto Participativo de San MORDAZA de Miraflores. Que, mediante Ordenanza Nº 000072-2008-MDSJM de fecha 15 de MORDAZA del 2008, se aprobo el Reglamento del sistema de Planificacion del Desarrollo y Presupuesto Participativo de San MORDAZA de Miraflores. Que, mediante Ordenanza Nº 000056-2008-MDSJM de fecha 23 de enero del 2008, se aprobo el Reglamento del Consejo de Coordinacion Local Distrital de San MORDAZA de Miraflores. Que, mediante Ordenanza Nº 000062-2008-MDSJM de fecha 14 de marzo del 2006, se aprobo el Reglamento del Funcionamiento de los Comites de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo del Distrito de San MORDAZA de Miraflores. Que, de conformidad a la Ley Nº 28056 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, define al MORDAZA del presupuesto participativo como un mecanismo de asignacion equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos publicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil, el cual se desarrolla en MORDAZA con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; especificando las acciones del MORDAZA del presupuesto participativo mediante la Ley Nº 29298, que modifica los articulos 4º, 5º, 6º y 7º de la mencionada Ley.

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Aperturan MORDAZA de Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2015
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 269-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 2 de MORDAZA de 2014 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.