Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2014 (10/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano Sabado 10 de MORDAZA de 2014

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de la Informacion su Publicacion en el MORDAZA Electronico de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1081231-1

Que, de conformidad al Decreto Supremo Nº 1422009-EF, que reglamenta la Ley Nº 28056 ­ Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, y el Decreto Supremo Nº 131-2010-EF, que modifica el articulo 6º de la mencionada Ley, se precisan los lineamientos que permitan regular la participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de presupuesto participativo. Que, de conformidad a la Ley Nº 29298, en su MORDAZA Disposicion, y al Decreto Supremo Nº 097­2009­EF, se establecen los criterios de alcance y montos de ejecucion que permitan delimitar los proyectos de inversion publica de impacto regional, provincial y distrital, a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Locales en sus respectivos presupuestos participativos. Que, mediante D.S. Nº304-2012 EF, se aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, que establece los principios, asi como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el Articulo 11º, de la Ley Nº 28112 - Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con los articulos 77º y 78º de la Constitucion Politica del Peru. Que, mediante Resolucion Directoral Nº 007-2010EF/76.01, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, "Instructivo para el MORDAZA del Presupuesto Participativo" como instrumento orientador a fin de que los Gobiernos Regionales y Locales desarrollen articuladamente los procesos de planeamiento de desarrollo concertado y presupuesto participativo. Dicho MORDAZA debe estar orientado a resultados con la finalidad de que los proyectos de inversion esten claramente articulados a productos y resultados especificos que la poblacion necesite, particularmente de aquellas dimensiones que se consideran mas prioritarias para el desarrollo local, evitando de este modo ineficiencias en la asignacion de los recursos, es decir, que las intervenciones del Estado se constituyan en soluciones a problemas fundamentales de la poblacion en el ambito jurisdiccional. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 241-2012MDSJM, de fecha 21-12-2012, se aprueba el Plan de Desarrollo Concertado 2012-2021 del Distrito de San MORDAZA de Miraflores. Que, mediante Informe Nº0382-2014-GAJ/MDSJM de fecha 24 de MORDAZA del 2014 de Gerencia de Asesoria Juridica, emite opinion favorable del Proyecto de Ordenanza Municipal y del Reglamento que apertura el MORDAZA del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2015. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el articulo 9º numeral 1 y articulo 40 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE APERTURA EL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL ANO FISCAL 2015 Articulo Primero.- APERTURAR el "Proceso de Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2015" en el ambito del distrito de San MORDAZA de Miraflores. Articulo Segundo.- APROBAR el Reglamento del MORDAZA de Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2015 que consta de Cuatro (04) Titulos, Veintinueve (29) Articulos y Cinco (05) Disposiciones Finales. Articulo Tercero.- AUTORIZAR al MORDAZA, la MORDAZA y aprobacion de los documentos complementarios a la presente Ordenanza Municipal, para el desarrollo del MORDAZA participativo, mediante Decreto de Alcaldia, de conformidad con el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el cumplimiento del desarrollo del MORDAZA, conforme a los lineamientos establecidos en el Reglamento para el MORDAZA de Presupuesto para el ano Fiscal 2015. Articulo Quinto.- DEJAR sin efecto todas las disposiciones internas que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. Articulo Sexto.- ENCARGAR a Secretaria General, la publicacion de acuerdo a Ley, distribucion y notificacion de la presente Ordenanza y a la Gerencia de Tecnologia

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Crean Regimen especial para el otorgamiento de beneficios a deudores tributarios del distrito considerados en estado de riesgo
ORDENANZA N° 484-MSS MORDAZA de MORDAZA, 29 de MORDAZA del 2014 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 024-2014-CGMCAJ-MSS de las Comisiones de Gestion Municipal y de Asuntos Juridicos, la Carta Nº 1453-2014-SG-MSS de la Secretaria General, el Memorandum Nº 264-2014GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 2812014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, los Memorandums Nros. 264 y 131-2014-GAT-MSS de la Gerencia de Administracion Tributaria, el Memorandum Nº 268-2014-GPPDI-MSS de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, el Memorandum Nº 058-2014-GDHE-MSS de la Gerencia de Desarrollo Humano y Educacion, entre otros documentos, sobre proyecto Ordenanza que Crea el Regimen Especial para el Otorgamiento de Beneficios a los Deudores Tributarios del Distrito Considerados en Estado de Riesgo Social; y CONSIDERANDO: Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece que: "Los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico"; Que, el Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades, senala que: "los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobacion de Ordenanzas y Acuerdos, (...)" lo cual concordante con lo establecido en el Articulo 9º numeral 29) de la acotada MORDAZA, establece que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar el regimen de administracion de sus bienes y rentas, (...)". Que, el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que: "Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion, supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley. (...)", Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que: "Los gobiernos locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias

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