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El Peruano Miércoles 21 de mayo de 2014 523645 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHECRAS POR CUANTO: El Concejo Municipal de Checras en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 16-2013 de fecha 29 de agosto del 2013, vio el Proyecto ORDENANZA DE APLICACIÓN DE SANCIONES POR INFRACCIONES TRIBUTARIAS de los IMPUESTOS que administra la Municipalidad Distrital de Checras. CONSIDERANDO: Que, conforme la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680, establece en su artículo 194º, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno Local, los cuales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la autonomía a la que se refi ere la Constitución Política del Perú, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 Artículo 9º, le confi ere al Concejo Municipal función normativa fundamentalmente a través de las Ordenanzas Municipales, las mismas que, de conformidad con lo previsto en el artículo 200º numeral 4 de la Constitución Política tiene rango normativo de ley, en su calidad de normas de carácter general de mayor jerarquía dentro de la estructura normativa municipal, conforme lo reconoce el artículo 40º de la referida Ley Orgánica; Que, conforme lo dispone el artículo 70º de la Ley Orgánica de Municipalidades el sistema tributario de las municipalidades se rige por la ley especial y el Código Tributario en la parte pertinente; Que, de conformidad con lo que dispone la Ley de Tributación Municipal aprobada por Decreto Legislativo Nº 776 y su Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF establece que los Impuestos Municipales son los tributos mencionados en el Título II a favor de los Gobiernos Locales, cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa de la Municipalidad al contribuyente; la recaudación y fi scalización del impuesto corresponde a la municipalidad Distrital donde se encuentre ubicado el Predio; Que, de conformidad con el Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135- 99-EF (en adelante TUOCT) Artículo 52º, los Gobiernos Locales administran exclusivamente las contribuciones y tasas municipales, sean estas últimas, derechos, licencias o arbitrios, y por excepción los impuestos que la Ley les asigne; Que, el artículo 82º concordante con el artículo 166º del TUOCT, otorga a los Gobiernos Locales en su condición de Administración Tributaria la facultad discrecional de determinar y sancionar administrativamente las infracciones tributarias; Que, la presente Ordenanza establece la facultad discrecional de sancionar las infracciones tributarias, respecto de las obligaciones formales que deben cumplir los Contribuyentes, en relación a los Impuestos que administra la Municipalidad y constituyen rentas del Gobierno Local, de conformidad con la Ley de Tributación Municipal aprobada por Decreto Legislativo Nº 776 y el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 artículo 9º numeral 8, y artículo 40º, el Concejo de la Municipalidad Distrital de Checras APROBÓ por UNANIMIDAD. ORDENANZA DE APLICACIÓN DE SANCIONES POR INFRACCIONES TRIBUTARIAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHECRAS Artículo Primero.- Fíjense las Sanciones por Infracciones Tributarias que se originan por el incumplimiento de las obligaciones, que se detallan en el ANEXO UNO que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza es aplicable a los Contribuyentes y Deudores Tributarios del Distrito de Checras, respecto de las obligaciones formales relacionadas con los Impuestos cuya administración y recaudación corresponde a la Municipalidad Distrital de Checras. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a Sub Gerencia de Administración y Finanzas y Sub Gerencia de Servicios Públicos, la Ofi cina de Asesoría Legal, en cuanto sea de su competencia. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HÉCTOR O. PIZARRO MEDINA Alcalde 1084537-1 Aprueban Reglamento de Aplicación de Sanciones - RAS de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 06-2013-ALC/MDCH Maray, 6 de setiembre del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHECRAS POR CUANTO: El Concejo Municipal de Checras, en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 16-2013 de fecha 29 de Agosto del 2013, vio el proyecto de Reglamento de Aplicación de Sanciones RAS y su Cuadro Único de Infracciones y Sanciones CUIS de la Municipalidad Distrital de Checras. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, preceptúa que los Gobiernos Locales gozan de Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades está vigente desde el 27 de Mayo del 2003, por lo que es necesario aprobar el Reglamento de Aplicación de Sanciones – RAS y su Cuadro Único de Infracciones y Sanciones CUIS, para la Municipalidad Distrital de Checras; Que, mediante Informe de la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Administración y Finanzas y Sub Gerencia de Servicios Públicos; emiten opinión técnica favorable para la aprobación del Proyecto del Reglamento de Aplicación de Sanciones – RAS y su Cuadro Único de Infracciones y Sanciones CUIS para esta Entidad Edilicia; Estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, con el voto unánime del Pleno del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se Aprobó la siguiente Ordenanza. ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES “RAS” Artículo Primero.- APRUEBESE el Reglamento de Aplicación de Sanciones – RAS de la Municipalidad Distrital de Checras, el mismo que consta de cincuenta y siete Artículos, cinco Capítulos, tres Disposiciones Finales, dos Disposiciones Transitorias, y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones CUIS que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGUESE todas las Disposiciones que se opongan a la presente Norma Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGUESE a la Gerencia Municipal y Sub Gerencia que corresponda el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. HÉCTOR O. PIZARRO MEDINA Alcalde 1084536-1