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El Peruano Miércoles 21 de mayo de 2014 523643 la tramitación de los procedimientos administrativos y servicios que prestan todas sus dependencias, según aparece de los cuatro tomos que en anexo forman parte de la presente norma regional. Artículo 2°.- Disposición derogatoria DEROGAR Y/O DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Regional N° 118-AREQUIPA, sus normas modifi catorias y demás disposiciones, en tanto se opongan a la presente norma regional en relación a las Gerencias y dependencias detalladas en su considerando sétimo. Artículo 3°.- Publicación DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Diario de Avisos Judiciales del Departamento de Arequipa, y la publicidad electrónica en la página web del Gobierno Regional de Arequipa, conforme al artículo 9° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. Artículo 4°.- Vigencia DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los nueve días del mes de mayo del 2014. YAMILA OSORIO DELGADO Presidenta del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los catorce días del mes de mayo del dos mil catorce. JUAN MANUEL GUILLEN BENAVIDES Presidente del Gobierno Regional Arequipa 1084658-2 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Aprueban Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2015 del Gobierno Regional del Callao ORDENANZA REGIONAL Nº 000010 Callao, 16 de mayo del 2014 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión Ordinaria del 16 de Mayo del 2014. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en el Artículo 191º, señala que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones; Que, la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el Artículo 32º establece que la gestión de Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, así como el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional, aprobados de conformidad con políticas nacionales y en cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente; Que, la Ley N° 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo y modifi cada mediante la Ley N° 29298, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 142 – 2009 – EF y modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 131 – 2010 – EF, defi nen y establecen las disposiciones, alcances y objetivos del Proceso del Presupuesto Participativo; Que, la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, su modifi catoria la Ley Nº 29298 y el Reglamento de la Ley Marco, aprobado por Decreto Supremo Nº 142 – 2009 – EF, su modifi catoria mediante Decreto Supremo Nº 131 – 2010 – EF, indican que el Proceso del Presupuesto Participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, efi ciente, efi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado – Sociedad Civil, y que para ello los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil, en la programación de su presupuesto, en concordancia con sus planes de desarrollo concertados; así como, en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos, y que, mediante ordenanza, dispondrán las medidas necesarias para reglamentar el proceso de identifi cación y acreditación de los Agentes Participantes en el Proceso del Presupuesto Participativo, particularmente de aquellos representantes de la sociedad civil; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007 – 2010 – EF / 76.01 se aprobó el Instructivo Nº 001 – 2010 – EF / 76.01 – “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados”, con la fi nalidad de orientar y fortalecer los procesos de planeamiento concertado y Presupuesto Participativo; Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial mediante Informe Nº 01 – 2014 – GRC / GRPPAT – OP de la Ofi cina de Planifi cación recomienda aprobar el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 1040 – 2014 – GRC – GAJ, considera que es viable y procedente su aprobación, el mismo que debe ser aprobado mediante Ordenanza Regional; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS 2015 DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Artículo 1º.- Apruébese el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2015 del Gobierno Regional del Callao, el cual consta de Trece Capítulos, Veintiséis Artículos y Tres Disposiciones Finales, que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, cuyo texto se publica en el Portal Institucional www.regioncallao.gob.pe. Artículo 2º.- Encárguese a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación de la presente Ordenanza Regional y el Reglamento precitado en el artículo anterior, en el portal institucional www. regioncallao.gob.pe así como en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob. pe; el portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe; y en el Portal del Ministerio de Justicia. Artículo 3º.- Encargase a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la adopción de las acciones pertinentes a fi n de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. FELIX MORENO CABALLERO Presidente 1085227-1