Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2014 (24/05/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Sabado 24 de MORDAZA de 2014

523837
de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial N° 1045-2001-MTC/15.03, al senor MORDAZA MORDAZA SULLA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Puerto MORDAZA, departamento de Pasco; plazo que vencera el vencera el 25 de diciembre de 2021. Articulo 2°.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y debe haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, se procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 3º.- El titular de la autorizacion esta obligado al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados. Articulo 4º.- El titular de la autorizacion debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38° del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Articulo 5°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1086665-1

y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Puerto MORDAZA, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco, con vigencia al 25 de diciembre de 2011; Que, mediante Expediente N° 2011-059865 del 09 de diciembre de 2011, el senor MORDAZA MORDAZA SULLA MORDAZA solicito la renovacion de su autorizacion otorgado con Resolucion Viceministerial N° 1045-2001MTC/15.03; Que, el articulo 15° de la Ley de Radio y Television ­ Ley N° 28278, concordado con los articulos 21° y 67° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 0052005-MTC, establece que el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º y 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Television disponen que para obtener la renovacion de la autorizacion para continuar prestando el servicio de radiodifusion, es necesario cumplir con las condiciones y requisitos que en ellas se detallan; Que, el articulo 19° de la Ley de Radio y Television, concordante con el numeral 3) del articulo 71° de su Reglamento, establece que el plazo MORDAZA para resolver las solicitudes de autorizacion o renovacion es de ciento veinte (120) dias; procedimiento que se encuentra sujeto a silencio administrativo positivo, conforme a lo establecido en el MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Ley del Silencio Administrativo, Ley Nº 29060, modificada con Decreto Legislativo Nº 1029, senala que los procedimientos administrativos, sujetos al silencio administrativo positivo (SAP), se consideran automaticamente aprobados, si vencido el plazo establecido o MORDAZA, no se hubiere emitido pronunciamiento expreso; Que, de acuerdo a las normas citadas, la solicitud de renovacion de autorizacion presentada con Escrito de Registro N° 2011-059865, quedo aprobada al 07 de junio de 2012, en aplicacion del silencio administrativo positivo, al haber transcurrido el plazo sin que la administracion emita el pronunciamiento expreso correspondiente; Que, por Resolucion Viceministerial N° 093-2004MTC/03 y sus modificatorias se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el servicio de radiodifusion sonora en Frecuencia Modulada (FM), para las localidades del departamento de Pasco, entre las cuales se encuentra la localidad de Puerto MORDAZA, que comprende al distrito de Puerto MORDAZA, lugar donde se ubica la Planta Transmisora de la estacion materia de renovacion; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe N° 0428-2014MTC/28, considera que debe declararse aprobada, en virtud del silencio administrativo positivo, la renovacion de autorizacion otorgada al senor MORDAZA MORDAZA SULLA MORDAZA mediante Resolucion Viceministerial N° 10452001-MTC/15.03, al haber transcurrido el plazo MORDAZA establecido en el articulo 2° de la Ley N° 29060 y al haberse verificado el cumplimiento de las condiciones y requisitos previstos para tal efecto y que su titular no ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de una autorizacion contemplados en la Ley de Radio y Television, y su Reglamento; De conformidad con la Ley del Silencio Administrativo Positivo - Ley N° 29060; Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278; el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias; la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444; las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03; el Decreto Supremo Nº 038-2003MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar aprobada al 07 de junio de 2012, en virtud del silencio administrativo positivo, la renovacion

Otorgan autorizaciones a personas naturales y Municipalidad para prestar servicio publico de telecomunicaciones en localidades de diversos departamentos
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 275-2014-MTC/03 MORDAZA, 6 de MORDAZA del 2014 VISTO, el Expediente Nº 2012-032153 presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Chillia ­ Huayo ­ Parcoy ­ Sitabamba, departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14° de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Television indica que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.