Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2014 (24/05/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Sabado 24 de MORDAZA de 2014

523829 Precisan derecho de via de la Ruta Nº AR - 122, Variante Uchumayo, comprendida dentro del tramo Emp. PE-34A - MORDAZA San MORDAZA, que formara parte de la Ruta Nacional Nº PE-34C
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 268-2014-MTC/02 MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2014 VISTOS: El Oficio No. 342-2013-GRA/PR, del Gobierno Regional Arequipa; el Informe No. 378-2013-MTC/14.07 de la Direccion de Caminos de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles; y, el Memorandum No. 30902013-MTC/14 de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio No. 342-2013-GRA/PR recibido el 17 de junio de 2013, el Gobierno Regional MORDAZA, solicito que la Ruta No. AR-122 recategorizada temporalmente como Ruta Departamental o Regional con Resolucion Ministerial No. 057-2013-MTC/02, sea considerada en el tramo Emp. PE-34A - MORDAZA San MORDAZA, y quede establecida con un derecho de via de 57.60 m., medidos 28.80 m., a cada lado del eje de la via, de modo tal que dicha seccion vial sea concordante con lo establecido en el Plan Director de la MORDAZA de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Municipal No. 160, de fecha 14 de noviembre de 2002; Que, a traves del Memorandum No. 3090-2013-MTC/14, de fecha 14 de noviembre de 2013, la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles concuerda con el Informe No. 3782013-MTC/14.07 de la Direccion de Caminos, en el cual se senala que de acuerdo a la actualizacion del Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, aprobado por Decreto Supremo No. 012-2013-MTC, la Ruta PE-34C, es parte de la Red Vial Nacional y tiene la siguiente trayectoria: Emp. PE-34A (Dv. Chiguata) - Pte. Chiguata I - Chiguata - Achocolla - MORDAZA Tambo de Aji - MORDAZA Toroya - Toroya - Llapapata - Emp. PE-34A (Santa Lucia); asimismo, a fin de ejecutar satisfactoriamente el proyecto de mejoramiento de la carretera variante Uchumayo, entre el Pte. San MORDAZA y la via de evitamiento en los distritos de Sachaca, Yanahuara y Cerro Colorado en la provincia y region MORDAZA, es necesario que para la Ruta No. AR-122, recategorizada temporalmente como Ruta Departamental o Regional, se fije la misma seccion vial (derecho de via) del tramo via evitamiento - Pte. San MORDAZA, de 57.60 m., medidos 28.80 a cada lado del eje, conforme al siguiente detalle:
Carretera Emp. PE-34A (Dv. Chiguata) - Pte. Chiguata I - Chiguata - Achocolla - MORDAZA Tambo de Aji - MORDAZA Toroya - Toroya - Llapapata - Emp. PE - 34A (Santa Lucia) Tramo Variante Uchumayo

la condicion de concesionario para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones establecidos en la legislacion"; Que, en caso la concesionaria requiera prestar servicios adicionales al servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, debera cumplir con lo establecido en el articulo 155° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, y solicitar al Ministerio la inscripcion de dichos servicios en el registro habilitado para tal fin, los mismos que se sujetaran a los derechos y obligaciones establecidos en el contrato de concesion unica y en la ficha de inscripcion en el registro que forma parte de el; Que, mediante Informe N° 634 -2014-MTC/27, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones senala que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion unica solicitada para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, resulta procedente la solicitud formulada por la empresa CABLE MORDAZA DEL MANTARO S.A.C.; Que, mediante Informe N° 744 -2014-MTC/08, la Oficina General de Asesoria Juridica emite pronunciamiento, considerando legalmente viable, el otorgamiento de la concesion unica solicitada; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC y su modificatoria, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a la empresa CABLE MORDAZA DEL MANTARO S.A.C., concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru, estableciendose como primer servicio a prestar, el Servicio Publico de Distribucion de Radiodifusion por Cable, en la modalidad de cable alambrico u optico. Articulo 2°.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa CABLE MORDAZA DEL MANTARO S.A.C., para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas y forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 3°.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2° de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4°.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa CABLE MORDAZA DEL MANTARO S.A.C. en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion. Articulo 5°.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 1086693-1

Ruta

Long. Km

Dpto.

Derecho de Via

Ruta No. AR-122 (Recategorizada PE-34C temporalmente)

4.900

57.60 m. (medidos 28.80 m. a MORDAZA cada lado del eje de la via)

Que, el articulo 4º del Reglamento de Jerarquizacion Vial, aprobado por Decreto Supremo No. 017-2007-MTC y modificado por Decreto Supremo No. 006-2009-MTC, establece que el Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, se jerarquiza en tres (03) redes viales: Red Vial Nacional, Red Vial Departamental o Regional y Red Vial Vecinal o Rural; senalando que la Red Vial Nacional corresponde a las carreteras de interes nacional conformada por los principales ejes longitudinales y transversales, que constituyen la base del Sistema Nacional de Carreteras, y que sirve como elemento receptor de las carreteras departamentales y de las carreteras vecinales; Que, el numeral 4.1 del articulo 4º del Reglamento Nacional de Gestion de Infraestructura Vial, aprobado

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.