Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2014 (24/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano Sabado 24 de MORDAZA de 2014

523851
Que, en el MORDAZA del Contrato de Aporte Financiero de fecha 29 de diciembre de 2010 suscrito entre el KfW, Frankfurt am Main y la Republica del Peru, representada por el Ministerio de Economia y Finanzas, por el valor de EUR 700 000,00 y teniendo en cuenta que los fondos de dicho aporte se utilizaran para la adquisicion e implementacion de hardware y software, asi como para la contratacion de servicios de consultoria de apoyo a la Unidad Coordinadora del Programa y a las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento - EPS participantes del Programa de Medidas de Rapido Impacto II, por lo cual se celebraran Acuerdos Separados derivados del mencionado Contrato, los que seran suscritos entre el KfW, el Ministerio de Economia y Finanzas y el Ministerio de Vivienda Construccion y Saneamiento; Que, en virtud del Contrato de Prestamo de fecha 20 de diciembre de 2012 suscrito entre el KfW, Frankfurt am Main y la Republica del Peru, representada por el Ministerio de Economia y Finanzas, por el valor de EUR 7 449 766,19 y teniendo en cuenta que con los fondos de dicho aporte se financiaran las medidas correspondientes a los suministros y obras para el mejoramiento y ampliacion de los sistemas de agua potable y alcantarillado de las Unidades Ejecutoras participantes del Programa de Medidas de Rapido Impacto II, asi como la contratacion de servicios de consultoria de diseno y supervision, a merito de lo cual se celebraran Acuerdos Separados derivados del mencionado Contrato, los que seran suscritos entre la KfW, el Ministerio de Economia y Finanzas, el Ministerio de Vivienda Construccion y Saneamiento, las Unidades Ejecutoras de los Proyectos Individuales a ejecutarse dentro del ambito de intervencion del referido Programa y en su caso por el Banco de la Nacion; Que, el numeral 4 del articulo 12 de la Ley N° 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en adelante la LOF del MVCS establece que, el Ministro puede delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion, en razon de lo cual es necesario delegar la suscripcion de los Acuerdos Separados que se deriven de los Contratos MORDAZA citados en el(la) Viceministra de Construccion y Saneamiento de este Ministerio; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE:

aprobacion previa, el titular se encuentra obligado a comunicarlo a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. Articulo 6°.- Conforme a lo establecido en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el titular adoptara las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estacion de radiodifusion que se autoriza no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles en el acotado Decreto Supremo. Articulo 7°.- Seran derechos y obligaciones del titular de la autorizacion otorgada, los consignados en los articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como los senalados en la presente Resolucion. Articulo 8º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion podra solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado articulo 1º. Sin embargo, dicha solicitud tambien se entendera presentada si a la fecha del termino de la vigencia de la autorizacion el titular se encuentra operando y al dia en sus pagos o cuente con solicitud o con fraccionamiento vigente. La renovacion se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 9º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al canon anual. En caso de incumplimiento, la autorizacion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho. Articulo 10º.- El titular de la autorizacion debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38° del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Articulo 11º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 12º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1086675-1

VIVIENDA
Delegan la facultad de suscribir los Acuerdos Separados derivados del Contrato de Aporte Financiero y de Contrato de Prestamo celebrados entre el KfW, Frankfurt am Main y la Republica del Peru, para el financiamiento de diversos proyectos
RESOLUCION MINISTERIAL N° 163-2014-VIVIENDA MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, se definen las funciones generales y la estructura organica de los Ministerios, precisando en el ultimo parrafo de su articulo 25, que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion, siempre que la normatividad lo autorice;

Articulo 1º.- Delegacion de facultades en el(la) Viceministro(a) de Construccion y Saneamiento Delegar en el(la) Viceministro(a) de Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la facultad de suscribir los Acuerdos Separados derivados del Contrato de Aporte Financiero de fecha 29 de diciembre de 2010, asi como los derivados del Contrato de Prestamo de fecha 20 de diciembre de 2012, celebrados entre el KfW, Frankfurt am Main y la Republica del Peru, para el financiamiento de los proyectos individuales a ejecutarse dentro del ambito de intervencion del Programa de Medidas de Rapido Impacto II, asi como a suscribir toda documentacion que permita su ejecucion. Articulo 2º.- La delegacion de facultades a que se refiere la presente Resolucion; asi como, la asignacion de responsabilidades que se deriven de la misma, comprenden las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligacion de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso; a fin de garantizar la correcta conduccion de la gestion de los sistemas administrativos que les correspondan; debiendo informarse en forma semestral respecto a los resultados de la gestion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1087269-1

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