Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2014 (24/05/2014)


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administrativos que se considere que vulneran un derecho o interes de algun interesado es de quince (15) dias habiles; Que, en ese sentido, la Resolucion 266 pudo ser impugnada mediante recursos de reconsideracion hasta el 16 de enero de 2014, toda vez que fue publicada el 20 de diciembre de 2013; Que, atendiendo a que, la recurrente interpuso su recurso de reconsideracion contra la Resolucion 266 con fecha 07 de MORDAZA de 2014, se tiene que el recurso indicado ha sido presentado luego de haber vencido el plazo para su interposicion; en consecuencia, de conformidad con los dispositivos legales citados, dicho recurso deviene en improcedente por extemporaneo. Que, finalmente se ha emitido el Informe Legal N° 2542014-GART de la Coordinacion Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, el cual complementa la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3°, de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0422005-PCM; en el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energetica en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusion Social Energetico, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2012-EM; y en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de OSINERGMIN en su Sesion N° 15-2014. SE RESUELVE Articulo 1°.- Declarar improcedente por extemporaneo el recurso de reconsideracion interpuesto por la empresa Electro Oriente S.A. contra la Resolucion OSINERGMIN N° 266-2013-OS/CD, por las razones expuestas en el numeral 3 de la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- La presente resolucion debera ser publicada en el diario oficial El Peruano y consignada conjuntamente con el Informe Legal N° 254-2014-GART en la pagina web de OSINERGMIN. MORDAZA MORDAZA TAMAYO Vicepresidente del Consejo Directivo Encargado de la Presidencia 1087099-1

El Peruano Sabado 24 de MORDAZA de 2014

Amplian plazo para la MORDAZA de la propuesta de Bases para la licitacion de Materiales y de Equipos y Mano de Obra por parte de la empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A.
RESOLUCION DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 090-2014-OS/CD MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2014 VISTO: El Informe Tecnico Legal N° 263-2014-GART, elaborado por la Division de Gas Natural y la Coordinacion Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria (Osinergmin). CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2012-EM, se modificaron diversos articulos al Reglamento de Distribucion de Gas Natural; entre ellos, se incorporo

el Articulo 112a, el cual implementa el mecanismo de licitacion para contratar la ejecucion de instalaciones internas de gas natural al interior de un predio, de materiales y mano de obra; Que, el Articulo 112a del Reglamento de Distribucion, establece que para efectos de la aplicacion del Mecanismo de Promocion, si este ultimo incluye la instalacion interna, Osinergmin regulara los costos unitarios de los materiales, equipos y mano de obra usados directamente en la misma. A dicho efecto, se utilizara el resultado de la licitacion llevada a cabo por el Concesionario, segun las bases del concurso y el procedimiento que para tales efectos establezca Osinergmin; Que, mediante Resolucion Osinergmin N° 087-2014OS/CD, se aprobo el "Procedimiento para Licitaciones de Instalaciones Internas de Gas Natural segun Mecanismo de Promocion Tarifaria" (en adelante "Procedimiento"), cuyo el Articulo 10.1 establece que "En un plazo MORDAZA de 20 Dias Habiles posterior a la entrada en vigencia del Plan de Promocion, el Concesionario presentara a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del Osinergmin, la propuesta de Bases para la Licitacion de Materiales y para la Licitacion de Equipos y Mano de Obra"; Que, el referido Plan de Promocion fue aprobado mediante Resolucion Osinergmin N° 086-2014-OS/CD, publicada en el diario oficial El Peruano el 06 de MORDAZA de 2014, siendo vigente a partir del dia siguiente, vale decir, a partir del 07 de MORDAZA de 2014; Que, mediante comunicacion s/n recibida el 16 de MORDAZA de 2014, la empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A., solicito la ampliacion del plazo establecido para la MORDAZA de la propuesta de Bases a que se refiere el numeral 10.1 precedentemente citado, la cual incluye los modelos de contrato correspondientes, senalando que para la implementacion del Procedimiento, la empresa requerira efectuar una adecuacion de sus procesos internos; Que, lo senalado por la empresa se considera razonable al tratarse de la primera licitacion que se efectuara al MORDAZA del Procedimiento aprobado, y considerando la informacion de detalle que deben contener las Bases y los modelos de contrato respectivos; Que, atendiendo a la razonabilidad del pedido y a la ausencia de impedimentos legales para su atencion, se considera procedente ampliar, por unica vez, el plazo establecido para la MORDAZA de la propuesta de Bases para la licitacion de Materiales y de Equipos y Mano de Obra, en 30 dias habiles adicionales, conforme a lo solicitado por la empresa concesionaria; Que, el Informe Tecnico Legal Nº 263-2014-GART, complementa la motivacion que sustenta la decision de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos y su Reglamento, en el Reglamento General de Osinergmin aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, y en lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesion Nº 015-2014; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Ampliar, por unica vez, el plazo establecido para la MORDAZA de la propuesta de Bases para la licitacion de Materiales y de Equipos y Mano de Obra por parte de la empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A., a que se refiere el articulo 10.1 del procedimiento aprobado por Resolucion Osinergmin N° 087-2014-OS/CD, en 30 dias habiles adicionales, contados a partir del vencimiento del plazo inicialmente establecido. Articulo 2°.- La presente resolucion sera publicada en el Diario Oficial "El Peruano", entrando en vigencia al siguiente dia de su publicacion, y consignada, junto con el Informe Tecnico Legal N° 263-2014-GART, en la Pagina Web de Osinergmin: www2.osinerg.gob.pe. MORDAZA MORDAZA TAMAYO Vicepresidente del Consejo Directivo Encargado de la Presidencia 1087099-2

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