Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2014 (01/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 100

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de Municipalidades, siendo que, esta MORDAZA MORDAZA ademas establece que dicha autonomia se ejerce en concordancia con el ordenamiento juridico nacional y MORDAZA propio del estado unitario y que ha sido desarrollado en sendos pronunciamientos por el Tribunal Constitucional. Que, las Municipalidades tienen competencia en materia de seguridad de sus ciudadanos estando entre ellas las coordinaciones con el Comite de Defensa Civil para la atencion de las poblaciones damnificadas por desastres naturales o de otra indole, tal como lo establece, el numeral 3.2. del articulo 85º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. Que, en virtud de los sucesos MORDAZA referidos, se publica en el diario El Peruano, el 08 de junio de 2006, la Ley Nº 28756, por la cual se declara en emergencia el distrito de Ubinas y se dispone la reubicacion de la poblacion afectada en las Pampas de Jaguay ­ La Rinconada del Proyecto Pasto Grande, labor que en materia presupuestal y administrativa deberia estar a cargo del Gobierno Regional de Moquegua. Que, con el Informe Tecnico de Evaluacion de Riesgo en el Area de Influencia del Volcan Ubinas, es aprobado mediante acuerdo del Comite Multisectorial la implementacion del MORDAZA de Reasentamiento Poblacional de los Centros Poblados en la MORDAZA de Muy Alto riesgo no Mitigable del Area de Influencia del Volcan Ubinas y la Resolucion Ejecutiva Regional Nro. 368-2014GR/MOQ, Oficio Nº 1112-2014-GGR/GR.MOQ.10.0; y Que, para que continuen los procedimientos de reasentamiento a la Comunidad Campesina de Querapi y al MORDAZA de la Ley Nº 29869, es necesario emitir una ordenanza municipal. En consecuencia, estando a las consideraciones MORDAZA expuestas y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal, ORDENARON: ORDENANZA QUE DECLARA AL CENTRO POBLADO DE QUERAPI Y SU AREA RURAL, COMO ZONAS DE MUY ALTO RIESGO NO MITIGABLES ANTE EL FENOMENO VOLCANICO Articulo Primero.- DECLARAR al Centro Poblado de Querapi y su area rural, como zonas de muy alto riesgo no mitigables ante el fenomeno volcanico. Articulo Segundo.- DECLARAR inhabitables al Centro Poblado de Querapi y su area rural, por poner en peligro la MORDAZA de los pobladores al MORDAZA y sustento del Informe Tecnico de Evaluacion de Riesgo del Area de Influencia del Volcan Ubinas. Articulo Tercero.- La Municipalidad del Distrito de Ubinas, en coordinacion con la Municipalidad Provincial de General MORDAZA Cerro y el Gobierno Regional de MORDAZA, deberan reasentar progresivamente al Centro Poblado de Querapi y a su area rural, por estar en MORDAZA de alto riesgo no mitigable. POR CUANTO MANDO: Publiquese, cumplase, registrese y comuniquese. MORDAZA BAYLON MORDAZA COAGUILA MORDAZA 1157538-1

El Peruano Sabado 1 de noviembre de 2014

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE UBINAS POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 02 de octubre del 2014, y la Estimacion de Riesgos en la Comunidad de Tonohaya, realizados por los especialistas de la Region MORDAZA en los anos 2008, 2013 y estudios realizados por los Tecnicos de la Municipalidad Distrital de Ubinas en los anos 2003 y 2013 y la Validacion Tecnica emitida por el INGEMMET y Resolucion de Alcaldia Nº 040-2013-MDU de fecha 01 de marzo del 2013; y, CONSIDERANDO: Que, los Municipios gozan de autonomia politica, juridica y economica, tal como los establece la Constitucion Politica del Estado y la Ley Organica de Municipalidades, siendo que, esta MORDAZA MORDAZA ademas establece que dicha autonomia se ejerce en concordancia con el ordenamiento juridico nacional y MORDAZA propio del estado unitario y que ha sido desarrollado en sendos pronunciamientos por el Tribunal Constitucional. Que, las Municipalidades tienen competencia en materia de seguridad de sus ciudadanos estando entre ellas las coordinaciones con el Comite de Defensa Civil para la atencion de las poblaciones damnificadas por desastres naturales o de otra indole, tal como lo establece, el numeral 3.2. del articulo 85º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. Que, en virtud de los sucesos MORDAZA referidos, se publica en el diario El Peruano, el 08 de junio de 2006, la Ley Nº 28756, por la cual se declara en emergencia el distrito de Ubinas y se dispone la reubicacion de la poblacion afectada en las Pampas de Jaguay ­ La Rinconada del Proyecto Pasto Grande, labor que en materia presupuestal y administrativa deberia estar a cargo del Gobierno Regional de Moquegua. Que, el informe de Evaluacion de Riesgo en el area de influencia del volcan Ubinas, para que continuen los procedimientos de reasentamiento al MORDAZA de la Ley Nº 29869. En consecuencia, estando a las consideraciones MORDAZA expuestas y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal, ORDENARON la: ORDENANZA MUNICIPAL QUE DECLARA AL CENTRO POBLADO DE TONOHAYA Y SU AREA MORDAZA, COMO MORDAZA DE RIESGO MUY ALTO NO MITIGABLE ANTE EL FENOMENO VOLCANICO Y EL DESLIZAMIENTO DE TIERRAS Articulo Primero.- DECLARAR al Centro Poblado de Tonohaya y su area rural (agricola), como zonas de riesgo muy alto no mitigables ante el fenomeno volcanico y el deslizamiento de tierras. Articulo Segundo.- DECLARAR MORDAZA inhabitable al Centro Poblado de Tonohaya y su area rural (agricola), por poner en peligro la MORDAZA de los pobladores al MORDAZA y sustento del Informe Tecnico de Evaluacion de Riesgo del Area de Influencia del Volcan Ubinas, Estimacion y Evaluacion de Riesgos en el Centro Poblado de Tonohaya. Articulo Tercero.- La Municipalidad del Distrito de Ubinas, en coordinacion con la Municipalidad Provincial de General MORDAZA Cerro y el Gobierno Regional de MORDAZA, deberan reasentar progresivamente al Centro Poblado de Tonohaya por estar en MORDAZA de riesgo muy alto no mitigable. POR CUANTO MANDO: Publiquese, cumplase, registrese y comuniquese. MORDAZA BAYLON MORDAZA COAGUILA MORDAZA 1157538-2

Declaran al Centro Poblado de Tonohaya y su area rural como zonas de riesgo muy alto no mitigables ante el fenomeno volcanico y el deslizamiento de tierras
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2014/MDU Ubinas, 3 de octubre del 2014

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