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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (01/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 83

El Peruano Sábado 1 de noviembre de 2014 536597 En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva SBS sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014 Nº SBS-DIR-ADM-085-17, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Luis Martín Auqui Cáceres, Intendente de Microfi nanzas del Departamento de Supervisión Microfi nanciera C y Nelson Manuel Chávez Espinoza, Supervisor Principal de Banca del Departamento de Supervisión Bancaria C, de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas, de la señora Ana María Esquerre Pérez, Coordinador Ejecutivo de Regulación del Sistema Financiero del Departamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica y de la señora Fiorella Paola Risso Brandon, Analista de Inclusión Financiera del Departamento de Educación e Inclusión Financiera de la Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera de la SBS, del 03 al 07 de noviembre de 2014, a la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por conceptos de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos US$ 3 648,60 Viáticos US$ 5 920,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1157695-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Aprueban valores arancelarios de los planos prediales de distritos de la jurisdicción regional de Arequipa, vigentes para el ejercicio fiscal 2015 GERENCIA REGIONAL DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL N° 011-2014-GRA/GRVCS VISTO: El Informe N° 013-2014-GRA/GRVCS-gacv y el Informe N° 008-2014-GRA/GRVCS-wym, respecto a la aprobación de los valores arancelarios de los planos prediales de los distritos de la jurisdicción regional, formulados por la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Art. 188 de la Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, que establece “La descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país...”; Que, mediante la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Ley N° 27867 en su Art. 58 inciso “g” se establece como función específi ca “Aprobar los aranceles de los planos prediales con arreglo a las normas técnicas vigentes sobre la materia del Consejo Nacional de Tasaciones”; Que, el Inc. g) del artículo 90 del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Arequipa, aprobado por Ordenanza Regional N° 010- AREQUIPA establece entre las funciones de la Gerencia Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento la de aprobar los aranceles de los planos prediales, con arreglo a las normas técnicas vigentes sobre la materia del Consejo Nacional de Tasaciones. Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 003-2007-PCM/SD se aprueba la Directiva N° 001- 2007-PCM/SD, la misma que señala las normas para la ejecución de la transferencia del año 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencias; extendiéndose mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 060-2008-PCM/SD; Que, mediante Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se ha establecido que, el Sector, en el marco de sus competencias tiene funciones compartidas con los Gobiernos Regionales en materia de Vivienda, Construcción, Saneamiento, Urbanismo y Desarrollo Urbano, Bienes Estatales y Propiedad Urbana; Que, el Decreto Supremo N° 049-2008-PCM, aprueba el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008, en la que se incluye en materia de Vivienda y Saneamiento la función establecida en el Art. 58 inciso “g” de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolución Ministerial N° 829-2008- VIVIENDA, se aprueba el “Plan Anual de Transferencia Sectorial 2008 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, incluyendo la función del Art. 58 inciso “g” de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2014- VIVIENDA, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento dispone que la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo tiene como función conducir y supervisar la formulación de los valores arancelarios y supervisa su aplicación en la valorización ofi cial de terrenos urbanos y rústicos de todo el país; Que, por Resolución Ministerial N° 285-2013- VIVIENDA, fecha 13 de noviembre 2013, se declaró concluido proceso de transferencia de la función establecida en el literal g) del artículo 582, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de vivienda y saneamiento a favor del Gobierno Regional de Arequipa y a partir de la fecha, competente para el ejercicio de la función transferida; Que, mediante Ofi cio Circular N° 006-2014-VIVIENDA/ VMVU-DGPRVU, de fecha 11 de setiembre de 2014, la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo convocó al Gobierno Regional de Arequipa para participar del Taller de Coordinación para aprobación de valores arancelarios de planos prediales. En dicho evento participaron funcionarios de la Gerencia Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, recibiendo las explicaciones del trabajo técnico realizado en aplicación de las normas vigentes, procediéndose a la suscripción del acta de conformidad, por encontrarlo conforme; Que, al efecto en mérito a las funciones establecidas y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 056-2010-VIVIENDA, Resolución Ministerial N° 224-2012-VIVIENDA y Resolución Directoral N°