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El Peruano Sábado 1 de noviembre de 2014 536607 Nº PROCEDIMIENTO - ORDENANZA Nº 117-MDI REQUISITOS A ELIMINAR MOTIVO 3. GERENCIA DE GESTION URBANA 3.17 Ejecución de Obras en Áreas de Dominio Público Nota: En todos los casos presentar copia del DNI o LE del solicitante Art. 40º de la Ley 27444 3.24 Certifi cado o Constancia Catastral 2. Copia del DNI del representante legal Art. 40º de la Ley 27444 3.25 Constancia de Nomenclatura 2. Copia del DNI del representante legal Art. 40º de la Ley 27444 3.26 Constancia de Posesión de Lote (solo para casos previstos en el Código Civil) 2. Copia del DNI del representante legal Art. 40º de la Ley 27444 3.29 Visación de Planos (solo para casos previstos en el Código de Procedimientos Civiles) 2. Copia del DNI del representante legal Art. 40º de la Ley 27444 3.32 Constatación de características del vehículo menor 2. Copia del Documento de Identidad del Propietario (DNI/CIP) afi liado a una persona jurídica Art. 40º de la Ley 27444 3.33 Credencial de Conductor de Vehículos Menores 2. Copia del Documento de Identidad del Propietario (DNI/CIP) afi liado a una persona jurídica Art. 40º de la Ley 27444 3.35 Liberación de Vehículos Menores del Depósito Vehicular Municipal 1. Original y copia del DNI Art. 40º de la Ley 27444 4. GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL 4.08 Autorización Municipal para la Realización de Actividades Tradicionales y Costumbristas 2. Copia del DNI del solicitante Art. 40º de la Ley 27444 5. GERENCIA DE GESTION AMBIENTAL 5.01 Registro de Canes 1. 1. Copia del DNI del Propietario del Can Art. 40º de la Ley 27444 Artículo Segundo.- Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General la publicación y difusión del presente Decreto de Alcaldía y a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización y demás unidades orgánicas su cumplimiento. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y la Comunicación su publicación en el portal institucional www. muniindependencia.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1158448-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Prorrogan plazo de acogimiento a beneficios tributarios establecidos en la Ordenanza Nº 199-2014/MDLV DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2014-ALC/MLV La Victoria, 31 de octubre de 2014. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; teniendo, por consiguiente, la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 199-2014/MDLV, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 16 de octubre del 2014, se establecieron benefi cios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de La Victoria, disponiéndose en su tercera disposición fi nal y complementaria la facultad para prorrogar la vigencia de la misma mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante Informe Nº 129-2014-GSAT- MDLV, la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, ha propuesto la prórroga de los benefi cios concedidos mediante la precitada norma, a fi n de que los contribuyentes que no pudieron acogerse a ellas cuenten con la oportunidad de regularizar los adeudos que mantengan pendientes con este corporativo municipal, concordantemente con las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y la Modernización Municipal para el año 2014, del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, de conformidad a lo establecido en el artículo IV del Título preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, las normas de procedimiento deben ser interpretadas en forma favorable a la admisión y decisión fi nal de las pretensiones de los administrados, de modo que sus derechos e intereses no sean afectados por la exigencia de aspectos formales que puedan ser subsanados dentro del procedimiento, siempre que dicha excusa no afecte derechos de terceros o el interés público; Que, en consecuencia, resulta procedente interpretar lo anteriormente dispuesto en forma favorable a los contribuyentes del distrito, aplicándose la vigencia de la presente norma desde el día siguiente a su publicación, toda vez que no se afectan derechos de terceros ni el interés público; Estando a lo expuesto, y a lo establecido en el inciso 6) del artículo 20º, y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 14 de noviembre del 2014, el plazo para el acogimiento a los Benefi cios Tributarios consignados en la Ordenanza Nº 199-2014/ MDLV. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, la Gerencia de Administración Documentaria e Informática, y la Gerencia de Imagen Institucional, de acuerdo a sus atribuciones y competencias. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 1158416-1 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Establecen beneficios extraordinarios de regularización de obligaciones tributarias sustanciales, formales, multas administrativas, formalización del servicio de agua potable y procedimiento de regularización de edificaciones dentro del distrito ORDENANZA Nº 210-MDLCH Chosica, 28 de octubre de 2014.