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El Peruano Sábado 1 de noviembre de 2014 536601 en una etapa preparatoria para la exportación y es de prever que una vez se disponga de un mayor volumen de producción y que la calidad corresponda con los requisitos de los mercados internacionales, ha de pasar a una fase de despegue exportador; Que, la Granadilla, se destaca por su bajo contenido en grasas y su contribución en fi bras, vitamina A,C y K, también contiene fósforo, Hierro y calcio, constituyéndose en una fruta nutraceùtica, por mejorar la digestión y fortalecer las paredes del estómago, también es empleada para complementar la dieta de los niños y ancianos.. Asimismo la granadilla se consume en nuestro país de diversas formas, gracias a sus particularidades propiedades de sabor y aroma, como fruta fresca y procesada como néctar para diferentes bebidas, cocteles, helados, yogurt, mermeladas y otros; Que, este festival a llevarse a cabo en el año 2014, debe institucionalizarse mediante mandato de la máxima autoridad del Gobierno Regional, a través de una Ordenanza Regional, que reivindica a los productores de la Provincia de Pachitea, específi camente de los distritos de Panao, Molino y Umari, Provincia de Huánuco, de los distritos de Chinchao, Churubamba, Santa María del Valle y Provincia de Ambo de los distritos de Conchamarca y Tomayquichua, quienes producen alrededor de 650 Has de granadilla en producción y 100 has en crecimiento haciendo un total de 750 has, constituyéndose en un cultivo muy promisorio para los agricultores de estas provincias, además involucra a 1,500 productores de granadilla; Que, en el Festival Regional no solo se promocionará la exhibición del producto granadilla, sino que se incentivará el Turismo, el comercio, la agroindustria, entre otras que generarán la dinámica económica de la Región y del país; Que, el festival considera una serie de actividades tales como Conferencias de carácter Técnico científi cas, a cargo de expertos profesionales locales e invitados, promueve la preparación y degustación de exquisitos platos preparados a base de granadilla, así como la exhibición de la biodiversidad de la granadilla;. Que, es política de este Gobierno Regional fomentar el desarrollo regional, promoviendo la inversión pública y privada, el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos así como la igualdad de oportunidades de sus habitantes, considerando que la Región Huánuco, posee las condiciones agroclimáticas para la producción de diversos productos potenciales, siendo por ello necesario la promoción y difusión de las diversas bondades del cultivo de la granadilla, mediante la realización de festivales dentro de la Región;. Que, mediante Resolución Directoral Nº 476-2012-GR- DRA-HCO, de fecha, 27 de noviembre del 2012, se aprobó el Calendario Regional de ferias y eventos agropecuarios año 2013 en la Región Huánuco, en la cual se incluyó la VIII Expo Feria Regional de la Granadilla 2013, dicha actividad se llevó a cabo en el mes de julio en la ciudad de Huánuco con bastante éxito, constituyéndose como una ventana que permite a los productores hacer conocer sus productos y acceder a los mercados, cuyo costo de realización ascendió aproximadamente a S/ 30,000.00; Que, fi nalmente, es necesario establecer estrategias de intercambio de experiencias, que permitan la combinación de tecnologías ancestrales y modernas en los distintos sistemas de producción, para incrementar mayores áreas de siembra promoviendo la conservación de las variedades y ecotipos de la granadilla, garantizando el incremento de la producción, el manejo post cosecha, para poder acceder a mercados de exportación; Que, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico a través de la Dirección Regional de Agricultura con el Ofi cio Nº 3114-2013-GR-DRA-HCO/DCA, formula la iniciativa legal; propuesta, de Institucionalización el Festival Regional de la Granadilla. Asimismo con el Informe Nº 3325-GRH/ORAJ de fecha 02 de enero del 2014, el Director de Asesoría Jurídica opina que es procedente que se apruebe mediante Ordenanza Regional “QUE INSTITUCIONALIZA EL FESTIVAL DE LA GRANADILLA EN LA REGIÓN DE HUÁNUCO”; Que, mediante Dictamen Nº 010-2014-CP/CPPPATAL, presentado por la Comisión Permanente de Asuntos Legales de fecha 20 de enero del 2014, emite opinión favorable sobre la aprobación “QUE INSTITUCIONALIZA EL FESTIVAL DE LA GRANADILLA EN LA REGIÓN DE HUÁNUCO” Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materia de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 38º de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las ordenanzas norman asuntos de carácter general, la organización y administración del gobierno regional y reglamentos materia de competencia. Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por MAYORÍA en la Sesión de Consejo Regional de Huánuco de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: DECLARAR QUE INSTITUCIONALIZA EL FESTIVAL DE LA GRANADILLA EN LA REGION HUANUCO ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR, QUE INSTITUCIONALIZA EL FESTIVAL DE LA GRANADILLA EN LA REGIÓN HUÁNUCO, el mismo que se realizará en el mes de junio de todos los años venideros, con el objetivo de promover la producción, conservación, comercialización e industrialización de la Granadilla.. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a la Dirección Regional Agraria Huánuco, en coordinación con la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Comisión Multisectorial y las Organizaciones Productores de la Granadilla y otros, realice las actividades conducentes a promover la organización y celebración sobre la “Que Institucionaliza el Festival de la Granadilla en la Región Huánuco”. Artículo Tercero.- INCLUIR, “el Festival Regional de la Granadilla” en el Calendario Regional de Ferias y Eventos Agropecuarios de Huánuco. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano Diario de mayor circulación; en estricto cumplimiento de lo que se dispone el Artículo 42 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y el Portal Electrónico del Gobierno Regional. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 2 días del mes de abril del año dos mil catorce. JOSÉ LUIS GONZÁLES CHUMBE Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco en la a Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 14 días del mes de abril del dos mil catorce. LUIS R. PICÓN QUEDO Presidente 1156735-1 Declaran Patrimonio Cultural de la Región a la obra musical “Cóndor Pasa” de Daniel Alomia Robles como Himno de la Amistad ORDENANZA REGIONAL Nº 068-2014-CR-GRH Huánuco,14 de abril de 2014