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El Peruano Sábado 1 de noviembre de 2014 536606 Artículo Segundo.- DESIGNAR al abogado ALBERTO BENIGNO CHAHUA CUADROS, como Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, quien deberá tener el nivel renumerativo y benefi cios que por ley Ie corresponde. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Municipal y a la Unidad de Personal, velar por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MANUEL SCHWARTZ R. Alcalde de Cieneguilla 1158112-1 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 018-2014-MDI Independencia, 20 de octubre del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA; VISTO: El Informe Nº 227-2014-GPPR/MDI de la Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización sobre modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas y fi scalizadoras y a la Alcaldía las funciones ejecutivas; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el numeral 38.5 del Artículo 38º de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, señala que una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía; Que, por otro lado, el artículo 40º del mencionado Cuerpo Legal dispone que para el inicio, prosecución o conclusión de un procedimiento, las entidades quedan prohibidas de solicitar a los administrados la presentación de la siguiente información o la documentación que la contenga, entre otros: 1.) Aquella que la entidad solicitante posea o deba poseer en virtud de algún trámite realizado anteriormente por el administrado en cualquiera de sus dependencia; 2.) Aquella que haya sido expedido por la misma entidad o por otras entidades públicas del sector, en cuyo caso corresponde recabarlas a solicitud del administrado; 3) Constancia de pago realizado ante la propia entidad por algún trámite, en cuyo caso el administrado solo que da obligado a informar en su escrito el día de pago y el número de constancia, correspondiendo a la administración la verifi cación inmediata; Que, con la Ordenanza Nº 117-MDI se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Independencia, ratifi cado por Acuerdo de Concejo Nº 202 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y asimismo, mediante la Ordenanza Nº 0170-MDI se creó e incorporó al TUPA los Derechos de Trámite y el Procedimiento No Contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior, ratifi cado por el Acuerdo de Concejo Nº 356 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, en el Informe Nº 008-2014-SGPR/GPPR/MDI la Sub Gerencia de Planifi cación y Racionalización de la Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización sustenta la necesidad de modifi car el TUPA vigente, con la fi nalidad de dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Artículo 40º de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, con el propósito de mejorar los servicios administrativos a favor de los administrados y/o contribuyentes; Que, por su parte, la Gerencia de Asesoría Legal en el Informe Nº 419.-2014-GAL/MDI señala que la Municipalidad se encuentra desarrollando la simplifi cación de los procedimientos de los servicios administrativos, en el marco de la Política y el Plan Nacional de Simplifi cación Administrativa aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 025-2010-PCM y a la Resolución Ministerial Nº Nº 228-2010-PCM, siendo necesario la adecuación de los procedimientos a fi n de eliminar los requisitos que no deben ser exigibles de acuerdo a Ley, debiéndose tener en cuenta que dicha modifi cación no implica la creación de un nuevo procedimiento ni el incremento de los derechos de tramitación o requisito alguno; Estando a las consideraciones expuestas; contando con el visto bueno de la Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización, Gerencia de Desarrollo Económico Local Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Gestión Urbana, Gerencia de Secretaría General y Gerencia Municipal; y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- ELIMINAR de la Ordenanza Nº 117-MDI “Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Independencia”, los requisitos en los procedimientos siguientes: Nº PROCEDIMIENTO - ORDENANZA Nº 117-MDI REQUISITOS A ELIMINAR MOTIVO 1. GERENCIA DE DESARROLLO ECONOMICO LOCAL 1.15 Autorización Provisional de Promotores de Negocios en la Vía Pública 2. Copia de Licencia de Funcionamiento (en el caso de haberse emitido por esta Municipalidad) 3. Copia del DNI del Promotor Art. 40º de la Ley 27444 3.18 3.18.1. Elementos de Publicidad Exterior en Áreas Públicas y en Vías Metropolitanas 3. Copia del DNI del representante legal 4. Copia de Licencia de Funcionamiento Art. 40º de la Ley 27444 3.18.2. Elementos de Publicidad Exterior en Locales Comerciales, Industriales y/o de Servicios Adosados en Fachadas y tipo bandera, luminosos y no luminosos 2. Copia del DNI del representante legal 3. Copia de Licencia de Funcionamiento Art. 40º de la Ley 27444 3.18.3. Autorización de Ubicación de Banderolas adosadas a fachadas 2. Copia del DNI del representante legal 3. Copia de la Licencia de Funcionamiento o constancia de trámite (de ser el caso) Art. 40º de la Ley 27444 2. GERENCIA DE RENTAS 2.01 Benefi cio Tributario de Deducción de 50 UIT de la Base Imponible para Pensionistas Propietarios de un solo inmueble 5. Copia de documento de identidad Art. 40º de la Ley 27444 2.12 Declaración Jurada de Impuesto a los Juegos 2. Copia del Comprobante de Pago Art. 40º de la Ley 27444 2.21 Solicitud de Levantamiento de Medida Cautelar por Adjudicación de Bienes en Remate Público 3. Copia del Comprobante de Pago del derecho Art. 40º de la Ley 27444