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El Peruano Sábado 1 de noviembre de 2014 536602 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO. POR CUANTO: VISTO: En Sesión Extraordinaria del Concejo Regional, de fecha 10 de marzo continuada el día 12 de marzo del 2014, el Dictamen Nº 011-2014-GRH-CR/CPPPATAL, la Comisión Permanente de Asuntos Legales, relacionado que se declare Patrimonio Cultural de la Región a la Obra Musical CONDOR PASA” de Daniel Alomia Robles como Himno de la Amistad, Protagonizando una Fiesta Regional el 19 de diciembre de Todos los Años y Revalorando el Aporte de su Autor y así, por Fortalecer Nuestra Identidad Cultural; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191º establece que: Los Gobierno Regionales tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fi scalizador, el Presidente como órgano ejecutivo, y el Consejo de Coordinación Regional(…); Que, conforme lo señalan los artículos 2º, 4º y 5º de la Nº 27867- Orgánica de Gobierno Regionales, estos, emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, tienen por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa; Que, los artículos 47º,48º,49º 58º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por Ley Nº 27902, establece como competencia de los Gobiernos Regionales: Formular, Aprobar y Evaluar las Políticas, Programas, Proyectos y Planes Regionales en materia de Educación, Salud, Trabajo y Vivienda Saneamiento, en concordancia con las Políticas Nacionales y Planes Sectoriales y los Planes de Desarrollo de los Gobiernos Locales; Que, mediante Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación en su artículo II del Título preliminar defi ne como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a toda manifestación del quehacer humano material o inmaterial que por su importancia, valor y signifi cado paleontológico, tradicional, religioso, etnológico, científi co, tecnológico e intelectual, sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo. Dichos bienes tiene la condición de propiedad pública o privada con las limitaciones que establece la presente ley; Que, asimismo los artículos IV Y VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señalan que es interés social y de necesidad pública la identifi cación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; siendo el instituto Nacional de Cultura (hoy Ministerio de Cultura) la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Informe Técnico Nº 01-04-JGM de la Dirección de Registro y Estudio del Perú Contemporáneo, opina que la obra musical “EL CONDOR PASA” del autor Daniel Alomia Robles es una composición musical, reconocida nacional e internacional cuya difusión es tema de evocación, inspiración y añoranza sobre la majestuosidad del imperio de los incas y merece otorgársele la declaración de Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Informe Nº 711-2013-GRH/GRDS emitido por la Gerencia Regional de Desarrollo Social documento sustentatorio que declara Patrimonio Cultural de la Región a la Obra Musical “EL CONDOR PASA” de Alomía Robles como Himno de la Amistad, protagonizando una fiesta Regional el 19 de diciembre de todos los años y revalorar el aporte de su autor y así, fortalecer nuestra identidad cultural; asimismo mediante Informe Nº 2999-2013 GRH-ORAJ, opina procedente que se apruebe mediante Ordenanza Regional de declarar Patrimonio Cultural de la Región a la Obra Musical EL CONDOR PASA de Daniel Alomía Robles como Himno de la Amistad; Que, mediante Dictamen Nº 011-2014-GRH-CP/ CPPPATAL, presentado por la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales de fecha 29 de enero del año 2014, emite opinión favorable sobre la aprobación mediante Ordenanza Regional Declarar Patrimonio Cultural de la Región a la Obra Musical El Cóndor Pasa de Daniel Alomía Robles como Himno de la Amistad; por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materia de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 38º de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las ordenanzas norman asuntos de carácter general, la organización y administración del gobierno regional y reglamentos materia de competencia. Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modifi catoria Ley Nº 27902 y Ley Nº 29053, el Consejo Regional con el voto por MAYORÍA de sus miembros y la dispensa de la lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: DECLARAR PATRIMONIO CULTURAL DE LA REGIÓN A LA OBRA MUSICAL “CONDOR PASA” DE DANIEL ALOMIA ROBLES COMO HIMNO DE LA AMISTAD, PROTAGONIZANDO UNA FIESTA REGIONAL EL 19 DE DICIEMBRE DE TODOS LOS AÑO Y REVALORANDO EL APORTE DE SU AUTOR Y ASÍ FORTALECER NUESTRA IDENTIDAD CULTURAL ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DECLARAR, PATRIMONIO CULTURAL DE LA REGIÓN A LA OBRA MUSICAL “CONDOR PASA” DE DANIEL ALOMIA ROBLES COMO HIMNO DE LA AMISTAD, PROTAGONIZANDO UNA FIESTA REGIONAL EL 19 DE DICIEMBRE DE TODOS LOS AÑOS Y REVALORANDO EL APORTE DE SU AUTOR Y ASÍ FORTALECER NUESTRA IDENTIDAD CULTURAL Artículo Segundo.- INSTITUCIONALIZAR, la Obra musical “EL CONDOR PASA” como Himno de la Amistad, en toda celebración cívica, militar y política de las instituciones públicas y privadas, a nivel regional. Artículo Tercero.- CONFORMAR, la Comisión Especial para la conmemoración el 19 de diciembre de todos los años la Obra musical “EL CONDOR PASA” como Himno de la Amistad, Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano Diario de mayor circulación; en estricto cumplimiento de lo que se dispone el Artículo 42 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y el Portal Electrónico del Gobierno Regional. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 02 días del mes de abril del año Dos Mil Catorce. JOSÉ LUIS GONZÁLES CHUMBE Consejero Delegado Consejo Regional