Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2014 (01/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano Sabado 1 de noviembre de 2014

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Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de Barranco, dentro del dia siguiente de su publicacion. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administracion Tributaria, a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia; asi como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgacion y difusion de sus alcances ante el vecindario. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 1158444-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 415-MDB, que establecio regimen temporal de beneficio de regularizacion de deudas tributarias y no tributarias en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 008-2014-MDB Barranco, 31 de octubre del 2014 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO VISTA: La Ordenanza Nº 415-2014-MDB de fecha 16.10.2014, en la cual se Establecen el Regimen Temporal de Beneficio de Regularizacion de Deudas Tributarias y No Tributarias en el distrito, hasta el 31.10.2014; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado establece que "Las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia...", Que, el Articulo 42º de la Ley Nº 27972, senala que: "Los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal" Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que el MORDAZA ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldia; Que, mediante la Ordenanza Nº 415-MDB, publicada el 18.10.2014, se aprobo el otorgamiento de un Beneficio Temporal de Regularizacion de Deudas Tributarias y No Tributarias en el distrito,para la regularizacion del pago, cualquiera fuera el estado en que se encuentren; Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 415-MDB dispone de manera expresa: "Facultar a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldia prorrogue la vigencia de la presente Ordenanza y dictar las disposiciones complementarias para lograr la adecuada aplicacion"; Que, en atencion a la respuesta favorable que viene teniendo el regimen de regularizacion de deudas tributarias y no tributarias, es necesario prorrogar su vigencia, a fin de permitir que un mayor numero de contribuyentes pueda acogerse a la misma; Que, el presente Decreto se encuentra dentro de los supuestos de exoneracion de publicacion establecidos en el Decreto Supremo Nº 01-2009-JUS, que aprueba el "Reglamento que Establece Disposiciones Relativas a la Publicidad, Publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General"; por cuanto no involucra la creacion de tributos u obligaciones para los contribuyentes, ni recorte alguno de los derechos y/o beneficios ya existentes; sino por el contrario constituye un beneficio a favor de los vecinos; Que, estando a lo expuesto y de acuerdo a las atribuciones conferidas por el articulo 20º inciso 6 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 415-MDB, la misma que Establece el Regimen Temporal de Beneficio de Regularizacion de Deudas Tributarias y No Tributarias en el distrito, hasta el 14 de noviembre del 2014. Articulo Segundo.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion.

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Designan Ejecutor Municipalidad Coactivo de la

(Se publica la presente Resolucion a solicitud de la Municipalidad de Cieneguilla, mediante Oficio Nº 7202014-SG-MDC, recibido el 31 de octubre de 2014). RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 99-2003-A-MDC Cieneguilla, 10 de junio de 2003 EL MORDAZA DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTOS; El Acta del resultado final del Concurso Publico Nº 12003, de fecha 10 de junio de 2003, para cubrir la plaza de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por la Ley de Procedimientos de Ejecucion Coactiva - Ley 26979, la designacion del Ejecutor Coactivo debe efectuarse mediante concurso publico de meritos; Que, por Resolucion de Alcaldia Nº 35-2003 de 26 de febrero de 2003, se designo la Comision de Concurso para llevar a cabo las acciones administrativas tendientes a cubrir la plaza de Ejecutor Coactivo, la que debia cenir sus actos a las bases aprobadas por el Concejo; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 68 de 29 de MORDAZA de 2003, se declaro fundada en parte la queja administrativa interpuesta por uno de los concursantes, en consecuencia nula la ejecucion de los actos llevados dentro del concurso desde la etapa del examen oral y amonestando a los funcionarios integrantes de la Comision; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 75 de 16 de MORDAZA de 2003, se designo a una nueva Comision de Concurso, la que se complemento con la Resolucion de Alcaldia Nº 86 de 30 de MORDAZA de 2003, que designa un MORDAZA miembro de la referida Comision; Que, el MORDAZA es el personero legal de la Municipalidad de conformidad con lo dispuesto por la Ley Organica de Municipalidades, por lo le corresponde aprobar el resultado finaI del Concurso Publico Nº 1-2003-MDC, y dar asi cumplimiento a la Ley 26979; RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el resultado final del Concurso Publico Nº 1-2003-MDC, llevado a cabo por la Comision de funcionarios designados para tal fin.

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