Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2014 (01/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano Sabado 1 de noviembre de 2014

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ORDENANZA QUE ESTABLECE "BENEFICIO DESCUENTO POR INFRACCION VEHICULAR AL MORDAZA Y TRANSPORTE" Articulo 1º.- ESTABLECER, el "Beneficio descuento por infraccion Vehicular al MORDAZA y transporte", en las siguientes escalas: - Codificacion B1 y M1, ______________ S/. 350.00 - Codificacion M2 al M5 ______________ S/. 200.00 - Codificacion M6 al M36 _____________ 85% Dcto. - Codificacion G, L y transporte ________ S/. 60.00 Articulo 2º.- OTORGENSE, un plazo de 30 dias calendarios de aprobada la presente, para acogerse al Beneficio descuento por infraccion Vehicular al MORDAZA y transporte, a toda infraccion que fue generada MORDAZA de que entre en vigencia la presente ordenanza. Articulo 3º.- El presente Beneficio, establecido en el articulo primero de la presente, es aplicable a todas las Infraccion impuestas a vehiculos que se encuentran en cobranza administrativa y en cobranza coactiva, incluso a las sanciones firmes y hasta cuando se encuentren embargados los bienes de los obligados. Asimismo, todos los administrados que se encuentran con reclamo o recurso impugnatorio pendiente, deberan previamente desistirse del reclamo o recurso presentado, para poder acogerse al presente beneficio. Articulo 4º.- ENCARGAR, a la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial, Sub Gerencia de Seguridad Vial y Fiscalizacion, Oficina de Ejecutoria Coactiva y Sub Gerencia de Estadisticas y Sistemas, el cumplimiento de la Presente ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. Dado en la MORDAZA Municipal, a los veintidos dias del mes de octubre del ano dos mil catorce. ROMEL ULLILEN MORDAZA MORDAZA Provincial 1157359-1

objeto reconocer y normar el caracter y la naturaleza del servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos menores, mototaxis y similares, complementario y auxiliar como un medio de transporte vehicular terrestre, conforme lo establece en su art. 1º; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 0552010-MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Transportes Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados o no Motorizados, que tiene por objeto establecer las normas generales para prestar el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajero en vehiculos menores de tres ruedas, motorizados y no motorizados; Que, considerando que la Constitucion Politica del Peru, en el articulo 194º, modificado por la Ley Nº 28607, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomia en los asuntos de su competencia, y en el art. 195º, inciso 5, senala que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local y la prestacion de los Servicios Publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; por cuanto la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en el articulo 9, inciso 8, indica que compete al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos, asi mismo, en su articulo 81 inciso 1), 1.2 senala que las Municipalidades en materia de MORDAZA vialidad y transporte publico, MORDAZA y regulan el servicio publico de transporte terrestre MORDAZA e interurbano de su jurisdiccion de conformidad con las Leyes y Reglamentos nacionales sobre la materia, lo cual es complementado por el inciso 3, apartado 3,2 del mismo Articulo, el cual establece que las municipalidades Distritales ejercen entre sus funciones compartidas la de otorgar permisos para la circulacion de vehiculos menores y demas, de acuerdo con lo establecido en la regulacion provincial; Que, mediante Informe Nº 054-2014- GTYSV/JTLMPB, de fecha 19 de setiembre del 2014, la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial, observa que existen 9,659 papeletas impagas en la gerencia de transporte y en la oficina de coactivo y, considerandose que las multas provenientes de las infracciones al MORDAZA son obligaciones no tributarias con tratamiento delicado por estar involucrados un buen sector de la poblacion que se dedica al transporte publico o privado, notandose el incremento vehicular y por ende, tambien el incremento de las faltas a las normas de MORDAZA, y que muchas veces las acreencias pendientes de cobrar no se hacen efectivos por falta de politicas y estrategias de cobranza efectiva y saludable; debiendose tener en cuenta el alto costo de MORDAZA que hace dificil la convivencia que satisfaga necesidades urgentes y que en el aspecto tributario los incentivos juegan un rol importante para el cobro de sus acreencias, por lo que igual tratamiento deberan tener las acreencias de obligaciones no tributarias como las provenientes de multas por infracciones al MORDAZA y transporte; siendo asi, es posible Aprobar la Ordenanza Municipal de Beneficio de Descuento por infraccion Vehicular al MORDAZA y transporte, de: - Codificacion B1 y M1, _______________ S/. 350.00 - Codificacion M2 al M5 _______________ S/. 200.00 - Codificacion M6 al M36 ______________ 85% Dto. - Codificacion G, L y transporte _________ S/. 60.00 Que, considerando el articulo 304º del D.S. 016-2009MTC - Reglamento Nacional de MORDAZA, establece que "Las sanciones que se impongan por infracciones a las disposiciones del presente reglamento, son aplicadas a la autoridad municipal provincial de la jurisdiccion donde estas se cometen", asimismo el articulo 306º de la referida MORDAZA establece que "La sancion pecuniaria puede ser reducida o dejada sin efecto a criterio de la Autoridad Municipal competente en caso de existir atenuante que guarde relacion con la falta cometida". Que, en cumplimiento de lo dispuesto el Articulo 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, el Pleno del Concejo Provincial de Barranca con el MORDAZA UNANIME de los Senores Regidores presentes y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta;

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE UBINA
Declaran al Centro Poblado de Querapi y su area rural como zonas de muy alto riesgo no mitigables ante el fenomeno volcanico
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2014/MDU Ubinas, 18 de agosto del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE UBINAS POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 18 de agosto de 2014, y visto el Informe Tecnico de Evaluacion de Riesgo en el Area de Influencia del Volcan Ubinas, aprobado mediante acuerdo del Comite Multisectorial para la implementacion del MORDAZA de Reasentamiento Poblacional de los Centros Poblados en la MORDAZA de Muy Alto riesgo no Mitigable del Area de Influencia del Volcan Ubinas, la Resolucion Ejecutiva Regional Nro. 368-2014-GR/MOQ, Oficio Nº 1112-2014-GGR/ GR.MOQ.10.0; y, CONSIDERANDO: Que, los Municipios gozan de autonomia politica, juridica y economica, tal como los establece la Constitucion Politica del estado y la Ley Organica

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