Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 2014 (03/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Lunes 3 de noviembre de 2014

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N° 27972, son funciones especificas exclusivas de las municipalidades provinciales el normar, regular y controlar la circulacion de vehiculos menores motorizados o no motorizados, tales como taxis, mototaxis, triciclos y otros de similar naturaleza; Que, el articulo 99º1 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprobado por la Ordenanza N° 812-MML y modificatorias, establece que: "Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte: (...) 10. Evaluar y formular propuestas para el diseno de mejoras continuas de la operacion de los sistemas de transporte y MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Metropolitana"; Que, el inciso 10.1.2 del articulo 10° de la Ordenanza N° 1684-MML - Ordenanza que Regula la Prestacion del Servicio de Taxi en MORDAZA Metropolitana, publicada el 14 de MORDAZA del 2013, establece sobre competencias de la Gerencia de Transporte MORDAZA, que: "(...) i. Autorizar y establecer paraderos del servicio de taxi en MORDAZA Metropolitana, asi como sus actos modificatorios (...)"; Que, asimismo el articulo 50° de la Ordenanza N° 1684-MML, define al paradero del servicio de taxi como aquella MORDAZA de la via publica tecnicamente calificada en la cual los vehiculos habilitados para el servicio de taxi en la modalidad de taxi independiente podran esperar pasajeros, sin que el conductor se retire del paradero. Los paraderos de taxi seran considerados zonas rigidas para todos aquellos vehiculos que no pertenezcan a la modalidad de taxi independiente; Que, el articulo 51º del referido cuerpo legal establece que la ubicacion y senalizacion de los paraderos del servicio de taxi en MORDAZA Metropolitana se encuentra a cargo de la Gerencia de Transporte Urbano; Que, el articulo 55° de la Ordenanza N° 1684MML, dispone que los paraderos del servicio de taxi estan destinados de manera gratuita y exclusiva a los vehiculos habilitados para la prestacion del servicio de taxi en la modalidad de Taxi Independiente. La GTU podra establecer el uso de los paraderos a vehiculos habilitados en otras modalidades del servicio de taxi, de manera temporal y motivada; en dichos casos el letrero llevara la inscripcion "Paradero de Taxi"; Que, la Ordenanza Nº 341-MML en su articulo setimo establece que: "(...) La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene a su cargo la ejecucion, el mantenimiento, rehabilitacion, remodelacion, senalizacion horizontal y vertical, semaforizacion, ornato, publicidad y mobiliario MORDAZA de las vias expresas, arteriales y colectoras del Sistema Vial Metropolitano, de los intercambios viales y de todas las vias del Cercado de Lima. (...)"; Que, la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte, emitio el Informe N° 933-2014-MML/GTU-SETT de fecha 29 de agosto de 2014, en el cual considera que la realizacion de la Feria Gastronomica MISTURA 2014, reporta una visita diaria de 20,000 personas aproximadamente y que por su ubicacion (Circuito de Playas de la Costa Verde), va a generar una demanda considerable del servicio de taxi (en cualquiera de sus modalidades) para acceder a este evento desde los diferentes puntos de la ciudad; Dentro de las areas e infraestructura existente en las vias que conforman el Circuito de Playas, se ha verificado la presencia de 02 bahias que pueden ser utilizadas por los vehiculos de taxi (en cualquiera de sus modalidades) como Paraderos de Taxi ubicados sobre el Circuito de Playas en el sentido Norte a Sur a unos 300 y 600 metros MORDAZA del Acceso Peatonal a la Feria MISTURA 2014; la infraestructura a ser utilizada como paradero de embarque y desembarque podra albergar un total de 10 casilleros para taxi (de 5.00 m x 2.5 m) y con las dimensiones de 64m de longitud y 13m de ancho los cuales por el diseno de la MORDAZA existente, no perjudicaran la circulacion de los 03 carriles existentes; La ubicacion de las 02 bahias a ser utilizadas como paraderos de taxi deberan considerar una distribucion y difusion respecto de los destinos del servicio, para una mejor utilizacion y con la finalidad de mitigar las demoras en la circulacion que puedan ser provocadas por el congestionamiento sobre los 03 carriles de circulacion de la Via Circuito de Playas, siendo los criterios los que se detallan a continuacion: Paradero A (10 Casilleros) solo para aquellos vehiculos que se dirijan hacia el MORDAZA Norte y hacia el Callao, y Paradero B (10 Casilleros)

destinados al transporte de carga, en tanto la estructura de dicha via no presenta las condiciones fisicas operacionales adecuadas para transporte de carga mediana y pesada, considerandose minimizar su impacto con la restriccion de circulacion de estos en las horas punta de mayor congestionamiento vehicular. Que, de conformidad con la Ley de Bases de la Descentralizacion ­ Ley N° 27783, Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, Decreto Supremo N° 017-2007-MTC - Reglamento de Jerarquizacion Vial, Ordenanza Nº 812-MML ­ Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la MML y la Ordenanza N° 1680 - Ordenanza que reglamenta la interferencia de vias en MORDAZA Metropolitana; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR LA RESTRICCION DE LA CIRCULACION DE VEHICULOS que presten el servicio de transporte de carga con un peso mayor a las 3.5 toneladas en la Av. Las MORDAZA desde la Av. MORDAZA Priale hasta el Ovalo Huanec, en el distrito de Lurigancho ­ Chosica, en el horario comprendido entre las 06:00 hrs a las 09:00 hrs. Articulo Segundo.- Disponer la implementacion de la senalizacion que restrinja la circulacion de vehiculos de carga en la Av. Las MORDAZA desde la Av. MORDAZA Priale hasta el Ovalo Huanec en el distrito de Lurigancho ­ Chosica, de acuerdo al Anexo I de la presente resolucion. Articulo Tercero.- La presente resolucion entrara en vigencia desde la publicacion en el MORDAZA Web de la Gerencia de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Cuarto.- Dispongase la publicacion de la presente resolucion en el diario oficial El Peruano, y en el MORDAZA web institucional de la MML. Articulo Quinto.- Notificar la presente resolucion a la Municipalidad Distrital de Lurigancho ­ Chosica y a la Empresa Municipal Administradora de Peaje de MORDAZA S.A. ­ EMAPE. Articulo Sexto.- Encargar a la Policia Nacional del Peru el control del MORDAZA y la supervision y cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MARYBEL MORDAZA MORDAZA Subgerente Gerencia de Transporte MORDAZA Subgerencia de Ingenieria de MORDAZA 1158533-1

Autorizan instalacion de paraderos de taxi temporales ubicados en el Circuito de Playas, en el malecon de la Costa MORDAZA
RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 15770-2014-MML/GTU-SST MORDAZA, 4 de setiembre de 2014 VISTOS: El Informe N° 933-2014-MML/GTU-SETT de fecha 29 de agosto de 2014 emitido por la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte, sobre la habilitacion temporal de Paraderos de Taxi para las modalidades de Taxi Independiente, Taxi Estacion y Taxi Remisse en la Feria Gastronomica MISTURA 2014 ubicada en el malecon de la Costa MORDAZA dentro los distritos de MORDAZA MORDAZA y San Miguel; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo senalado por el numeral 1.6, articulo 81° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley

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