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El Peruano Miércoles 19 de noviembre de 2014 537846 POR CUANTO: El Consejo Regional de Loreto, en Sesión Ordinaria, de fecha quince de setiembre del año 2014, en uso de sus atribuciones y funciones, luego de la revisión, análisis y evaluación del proyecto de Ordenanza Regional, que aprueba la “ESTRATEGIA PARA LA GESTIÓN DE LAS ÁREAS DE CONSERVACIÓN REGIONAL DE LORETO” y estando a los informes técnicos y legales favorables, que corren en el expediente, previa deliberación y absolución de interrogantes y las consideraciones pertinentes, acordó por mayoría, aprobar la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR LA ESTRATEGIA PARA LA GESTIÓN DE LAS ÁREAS DE CONSERVACIÓN REGIONAL DE LORETO, por un periodo de 10 años, el cual constituye un documento técnico de planifi cación y orientación que permitirá la gestión y administración de las áreas de conservación regional, en el departamento de Loreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Programa de Conservación, Gestión y Uso Sostenible de la Diversidad Biológica de Loreto – PROCREL, dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional en atribución a sus funciones, conferidas en la Ordenanza Regional Nº 009- 2006-CR/GRL, modifi cado por Ordenanza Regional Nº 011-2009-GRL-CR. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional de Loreto, disponer la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Ofi cial El Peruano, Diario Ofi cial de la Región, y en el Portal Web del Gobierno Regional de Loreto: www.regionloreto.gob. pe; debiendo el Jefe de la Ofi cina Regional de Imagen Institucional del Gobierno Regional de Loreto, efectuar la difusión de la norma regional en todo el departamento de Loreto. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Loreto, para su promulgación. Dado en el auditorio del Gobierno Regional de Loreto, sito en la Av. Abelardo Quiñones Km. 1.5, a los quince días del mes de setiembre del año 2014. MAURO LÓPEZ GARCÍA Presidente del Consejo Regional de Loreto POR TANTO: De conformidad con lo establecido en los artículos 16º, 21º Inc. o), 37 Inc. a) y 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, las Leyes Nº 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, concordante con el Inc. o) del artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 002- 2010-GRL-CR de fecha 8 de enero de 2010. Regístrese, publíquese y cúmplase. LUIS ENRIQUE LOZANO ESCUDERO Presidente (e) del Gobierno Regional de Loreto 1165367-2 Modifican la Estructura Orgánica y aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Loreto ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2014-GRL-CR Distrito de Belén, 15 de setiembre de 2014 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO POR CUANTO: El Consejo Regional de Loreto, en Sesión Ordinaria, de fecha quince de setiembre del año 2014, en uso de sus atribuciones y funciones, luego de la revisión, análisis y evaluación del proyecto de Ordenanza Regional, que aprueba: “MODIFICAR, LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO”, “REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO, POR MODIFICACIÓN PARCIAL, POR INCLUSIÓN DE LAS FUNCIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS CREADOS A PARTIR DEL AÑO 2011 HASTA EL AÑO 2013” y estando a los informes técnicos y legales favorables, que corren en el expediente, previa deliberación y absolución de interrogantes y las consideraciones pertinentes, acordó por unanimidad, aprobar la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- MODIFICAR, la Estructura Orgánica del Gobierno Regional de Loreto, por incorporación de los siguientes órganos, creados a partir del año 2011 hasta el año 2013: • Ofi cina Regional de Ejecución Coactiva, creada mediante Ordenanza Regional Nº 010-2011-GRL- CR, de fecha 09 de setiembre de 2011. • Ofi cina Regional de Atención a la Persona con Discapacidad – OREDIS, creada mediante Ordenanza Regional Nº 012-2012-GRL-CR, de fecha 14 de agosto de 2012. • Gerencia Regional de Asuntos Indígenas, creada mediante Ordenanza Regional Nº 021-2012-GRL-CR, de fecha 14 de diciembre de 2012. • Gerencia Regional de Deportes, creada mediante Ordenanza Regional Nº 022-2012-GR-CR, de fecha 14 de diciembre de 2012, y • El Comité Regional de Seguridad Ciudadana, implementada mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 032-2013-SO-GRL, de fecha 08 de noviembre de 2013. Artículo Segundo.- APROBAR, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Loreto, por modifi cación parcial, por inclusión de las funciones generales de los órganos, creados a partir del año 2011 hasta el año 2013, indicados en el artículo precedente, quedando formalizadas y legalizadas para su funcionamiento y operatividad en el marco de las normas legales vigentes; y consta de cinco (05) títulos, once (11) capítulos, ciento setenta y cuatro (174º) artículos, cuatro (04) disposiciones Complementarias, una (01) Disposición Transitoria, una (01) Disposición fi nal, y un (01) anexo – correspondiente al Organigrama. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO, la Ordenanza Regional Nº 002-2010-GRL-CR, de fecha 08 de enero de 2010, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto. Artículo Cuarto.-ENCARGAR, a la Secretaría del Consejo Regional de Loreto, disponer la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Ofi cial El Peruano, Diario Ofi cial de la Región, y en el Portal Web del Gobierno Regional de Loreto: www.regionloreto.gob. pe. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Loreto, para su promulgación. Dado en el auditorio del Gobierno Regional de Loreto, sito en la Av. Abelardo Quiñones Km.1.5, a los quince días del mes de setiembre del año 2014. MAURO LÓPEZ GARCÍA Presidente del Consejo Regional de Loreto