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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (21/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 54

El Peruano Viernes 21 de noviembre de 2014 538092 t. No llevar carga o pasajeros que difi culten su visibilidad, equilibrio o adecuada conducción. u. Las demás que establezca la Municipalidad y las normas de la materia. Artículo 47º.- En caso de Accidentes de Tránsito De producirse un accidente de tránsito causando daños a las personas (lesiones y/o muerte), el transportista autorizado comunicará de inmediato a las autoridades competentes, efectuando las acciones necesarias para que la(s) víctima(s) reciba(n) una atención adecuada y oportuna. TÍTULO IV INFRACCIONES Y SANCIONES Artículo 48º.- Fiscalización Posterior La Municipalidad de Santiago de Surco verifi cará la autenticidad y exactitud de las declaraciones, documentos y/o informaciones presentadas en cualquiera de los procedimientos administrativos regulados en la presente Ordenanza, ello de conformidad a lo señalado en el numeral 1.16 del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 y el Decreto Supremo Nº 096-2007-PCM normativa que regula fi scalización posterior aleatoria de los procedimientos administrativos por parte del Estado. Artículo 49º.- Procedimiento Sancionador El procedimiento sancionador para la constatación de infracciones y aplicaciones de sanciones administrativas establecidas en la presente norma se encuentran reguladas en la Ordenanza Nº 334-MSS, y sus modifi catorias, norma que aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones y el Cuadro de Infracciones y Sanciones y el Decreto de Alcaldía Nº 11-2010-MSS, que aprobó el Reglamento para la Aplicación Provisional de Medidas Complementarias de Ejecución Anticipada de la Municipalidad de Santiago de Surco. El conductor y el propietario de vehículo son responsables solidariamente por el pago de la multa por la responsabilidad administrativa de la empresa que incurra en la infracción de “Por prestar el servicio sin contar con la autorización correspondiente”. El Transportador autorizado será responsable solidario por el pago de la multa sobre responsabilidad administrativa del Propietario que incurra en la infracción de “Por no asistir a la constatación de características vehicular cuando así lo requiera la autoridad administrativa”. Artículo 50º.- Infracciones y Sanciones Constituyen infracciones y sanciones a la presente Ordenanza, las que a continuación se indican: 1.- Descripción de las conductas infractoras: Tabla de infracciones, sanciones y medidas a la Persona Jurídica o Transportador Autorizado. Código Infracción Monto de la Multa Medida Comple- mentaria 010.01.09.02.12 Por prestar el servicio sin contar con la autorización correspondiente. 5%UIT Internamiento del vehículo menor 010.01.09.02.13 Por permitir que se preste el servicio con conductores que cuentan con licencia de conducir que no corresponde a la clase y categoría exigidas o que la misma se encuentre retenida, cancelada o suspendida. 5%UIT Internamiento del vehículo menor 010.01.09.02.14 Por permitir que se preste el servicio con vehículos que no cuenten o mantengan vigente el SOAT o CAT. 5%UIT Suspensión v e h i c u l a r / Cancelación del permiso de operación 010.01.09.02.15 Por permitir que se preste el servicio con conductores cuyos vehículos no cuenten con CITV, se encuentren vencidos o no hayan aprobado la constatación de características Anual. 5%UIT Suspensión v e h i c u l a r / Cancelación del permiso de operación Código Infracción Monto de la Multa Medida Comple- mentaria 010.01.09.02.16 Por permitir que se preste el servicio con vehículos que se encuentren con medidas de suspensión vehicular. 5%UIT Internamiento del vehículo menor 010.01.09.02.17 Por no controlar que los vehículos menores destinados a la prestación del servicio especial cuenten con buenas condiciones de seguridad y funcionamiento. 5%UIT --------------- 010.01.09.02.18 Por no controlar que se de el uso correspondiente a los paraderos autorizados. 5%UIT --------------- 010.01.09.02.19 Por no uniformizar la fl ota de vehículos autorizados, debiendo exhibir en cada vehículo menor habilitado la razón social o nombre comercial y sus colores distintivos. 5%UIT Suspensión de la autorización 010.01.09.02.20 Por permitir que se preste el servicio con vehículos robados. 5%UIT Cancelación de la autorización 010.01.09.02.21 Por no informar a la Gerencia de Tránsito y Seguridad Vial, en un plazo de 15 días hábiles, cualquier modifi cación realizada y relacionada a la personería jurídica titular del permiso de operación, o de las unidades vehiculares, como el retiro o sustitución o por la causa que fuere. 5%UIT -------------- 2.- Descripción de las conductas infractoras: Tabla de infracciones, sanciones para los conductores. Código Infracción Monto de la Multa Medida Comple- mentaria 010.01.09.9 Prestar el servicio sin encontrarse registrado en la GTSV, o encontrarse con inhabilitación temporal o defi nitiva. 5%UIT Internamiento del vehículo menor 010.01.09.10 Por prestar el servicio fuera de la zona autorizada por la Municipalidad. 5%UIT Internamiento de vehículo menor 010.01.09.11 Por no utilizar los paraderos autorizados 5%UIT Internamiento de vehículo menor 010.01.09.12 Por no portar durante el servicio la licencia de conducir, el certifi cado de inspección técnica vehicular, o la Constatación de Características del Vehículo, el certifi cado del SOAT, o CAT vigentes, así como el Certifi cado de haber asistido al curso de educación vial. 5%UIT Internamiento de vehículo menor 010.01.09.13 Por transportar un mayor número de pasajeros autorizado en la tarjeta de propiedad o tarjeta de identifi cación vehicular o por transportar personas al lado del conductor o en la parte exterior de la carrocería. 5%UIT Internamiento del vehículo menor 010.01.09.14 Por transportar mercadería en la parte exterior de la carrocería. 5%UIT Internamiento del vehículo menor 010.01.09.15 Por abastecer de combustible el vehículo menor, mientras se presta el servicio. 5%UIT Internamiento del vehículo menor/ Cancelación de la autorización otorgada 010.01.09.16 Por no facilitar la labor de fi scalización. 5%UIT Internamiento del vehículo menor