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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (30/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Domingo 30 de noviembre de 2014 538993 DEFENSA Amplían permanencia de oficial del Ejército del Perú en Bolivia, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 712-2014-DE/EP Lima, 29 de noviembre de 2014 VISTO: El Ofi cio N° 2546/DIEDOC/C-5.b del 04 de noviembre de 2014, de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N°036-2014-DE/ del 30 de enero de 2014, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios al Mayor EP Armando Ruiz Arevalo, identifi cado con DNI N° 10338336 y CIP N° 119748700, como Instructor del Curso de Comando y Estado Mayor para Ofi ciales Superiores, a impartirse en la Escuela de Comando y Estado Mayor “Mariscal Andrés de Santa Cruz”, en la ciudad de Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, del 03 de febrero al 05 de diciembre de 2014; Que, mediante Carta de fecha 08 de setiembre de 2014, el Comando General del Ejército del Estado Plurinacional de Bolivia, informa al Agregado de Defensa Adjunto y Militar a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia, que solicita la ampliación de la permanencia del Mayor EP Armando Ruiz Arevalo, quién cumple funciones de Instructor Invitado en la Escuela de Comando y Estado Mayor del Ejército “Mariscal Andrés de Santa Cruz” del Estado Plurinacional de Bolivia, en la Guarnición de Cochabamba, por el término de Trescientos sesenta y cinco días más (365), a partir del 1 de diciembre de 2014 al 1 de diciembre de 2015; Que, con el documento del visto, el General de Ejército Comandante General del Ejército aprobó la ampliación de la permanencia del Mayor EP Armando Ruiz Arevalo, quién se encuentra como Instructor Invitado en la Escuela de Comando y Estado Mayor “Mariscal Andrés de Santa Cruz” del Estado Plurinacional de Bolivia, en la Guarnición de Cochabamba, del 06 de diciembre de 2014 al 01 de diciembre de 2015; Que, es conveniente para los intereses de la institución autorizar la extensión de la permanencia en Misión de Estudios en el Exterior al mencionado Ofi cial, para que continúe su participación en el mencionado curso, ampliación que debe ser otorgada a partir del 06 de diciembre de 2014 al 01 de diciembre de 2015, debido a que con fecha 05 de diciembre de 2014, concluye el período de su Misión de Estudios en el Exterior autorizada mediante Resolución Suprema N° 036-2014-DE/ del 30 de enero de 2014; Que, el numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonifi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo del presupuesto institucional del año fi scal 2014, de la Unidad Ejecutora 003 Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, que incluye los años 2014 y 2015, los pagos correspondientes al periodo comprendido del 06 de diciembre al 31 de diciembre de 2014, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2014, y, para completar el período de duración de la Misión de Estudios, a partir del 01 de enero de 2015 al 01 de diciembre de 2015, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el año fi scal respectivo; Que, el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 778-2008-DE/SG de 25 de julio de 2008, dispone que los órganos competentes, organismos públicos descentralizados, unidades ejecutoras y empresas del sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicios en el extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; Que, de conformidad con el artículo 26° de la Ley N° 28359 – Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el personal militar nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23° de la respectiva norma, más el tiempo compensatorio señalado en el citado artículo 26°; y conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005; y, sus respectivas modifi catorias, el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo N° 009-2013- DE, de fecha 02 de octubre de 2013; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modifi catorias; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/ SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262- 2014-EF del 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ampliar la permanencia en Misión de Estudios en el Exterior al Mayor EP Armando RUIZ AREVALO, identifi cado con DNI N° 10338336, quién se encuentra como Instructor Invitado en la Escuela de Comando y Estado Mayor “Mariscal Andrés de Santa Cruz” del Estado Plurinacional de Bolivia, en la Guarnición de Cochabamba, del 06 de diciembre de 2014 al 01 de diciembre de 2015. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $. 5,623.25/31 x 26 días x 01 persona $ 4,716.28 ------------------ Total a pagar $ 4,716.28