Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2014 (30/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA 30 de noviembre de 2014

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Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 167-2014/COE-TC, del 12 de noviembre de 2014, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA, suscrito en la MORDAZA de MORDAZA el 25 de MORDAZA del 2001 y vigente desde el 25 de agosto del 2003; En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano FREDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Tranquilidad Publica ­ Terrorismo, en agravio del Estado peruano y disponer su MORDAZA por via diplomatica a los Estados Unidos de MORDAZA, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1171734-6 RESOLUCION SUPREMA N° 211-2014-JUS MORDAZA, 29 de noviembre de 2014 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 132-2014/ COE-TC, del 19 setiembre de 2014, sobre la solicitud de extradicion activa a la Republica MORDAZA de la ciudadana peruana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por la Sala Penal Nacional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 11 de febrero de 2014, declaro procedente la solicitud de extradicion activa de la ciudadana peruana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para ser procesada por la presunta comision del delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas en agravio del Estado peruano (Expediente Nº 17-2014); Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente;

el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Colombia, modificatorio del Convenio Bolivariano de Extradicion firmado el 18 de MORDAZA de 1911", suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, el 22 de octubre de 2004; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa del ciudadano colombiano MORDAZA MORDAZA DRADA MORDAZA o MORDAZA DRADA MORDAZA, formulada por la MORDAZA Sala Penal de Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas, en agravio del Estado peruano y, disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica de Colombia, de conformidad con los Acuerdos vigentes y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1171734-5 RESOLUCION SUPREMA N° 210-2014-JUS MORDAZA, 29 de noviembre de 2014 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 167-2014/ COE-TC, del 12 de noviembre de 2014, sobre la solicitud de extradicion activa a los Estados Unidos de MORDAZA del ciudadano peruano FREDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por la Sala Penal Nacional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 04 de setiembre de 2014, declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano FREDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Tranquilidad Publica ­ Terrorismo, en agravio del Estado peruano (Expediente Nº 128-2014); Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente;

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