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El Peruano Miércoles 1 de octubre de 2014 533878 DPTO. / PROV. / DISTRITO S/. U.S. $ SAN MARTIN/TOCACHE UCHIZA 0.00 112.50 TACNA/CANDARAVE CAMILACA 0.00 750.00 CANDARAVE 0.00 2,662.50 TACNA/JORGE BASADRE ITE 0.00 2,475.00 TACNA/TACNA PACHIA 0.00 150.00 PALCA 3,990.00 922.14 TACNA/TARATA SUSAPAYA 0.00 1,912.50 TUMBES/CONTRALMIRANTE VILLAR CASITAS 0.00 450.00 UCAYALI/PADRE ABAD CURIMANA 0.00 225.00 TOTAL GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES 33,113.81 438,630.93 Nº Distritos 403 ANEXO Nº 2 GOBIERNOS REGIONALES: DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD De conformidad con el artículo 92º del Reglamento de los Títulos pertinentes del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por D. S. Nº 03-94-EM y lo señalado en el literal “d” del Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, modifi cado por la Ley Nº 29169, se determina que la distribución de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de Agosto del 2014, a los Gobiernos Regionales es el siguiente: REGIÓN S/. U.S. $ AMAZONAS 0.00 50.00 ANCASH 0.00 1,924.94 APURIMAC 0.00 587.50 AREQUIPA 0.00 401.34 CAJAMARCA 0.00 56.25 CUSCO 0.00 212.50 HUANCAVELICA 0.00 87.50 HUANUCO 0.00 100.00 ICA 0.00 294.00 JUNIN 0.00 561.42 LA LIBERTAD 0.00 385.02 LAMBAYEQUE 0.00 281.25 LIMA 0.00 404.21 MADRE DE DIOS 0.00 684.76 MOQUEGUA 0.00 25.00 PIURA 0.00 125.00 PUNO 0.00 239.25 SAN MARTIN 0.00 125.00 TOTAL GOBIERNOS REGIONALES 0.00 6,544.94 Nº Gobiernos Regionales 18 1144831-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Índices de Precios al Consumidor a nivel Nacional y de Lima Metropolitana, correspondientes al mes de setiembre de 2014 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 265-2014-INEI Lima, 30 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29438, modifi ca el Art. 10º del Decreto Legislativo Nº 502, estableciendo que el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) publicará en el diario ofi cial “El Peruano” y difundirá por cualquier medio válido a su alcance, a los organismos del Estado y a cualquier persona natural o jurídica interesada, el primer día útil del mes siguiente al que corresponda y con carácter de norma legal, la variación mensual que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor en el ámbito del nivel nacional y el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 685-2010- EF/10, se designó a los integrantes de la Comisión Especial, conformada por tres representantes del Banco Central - BCRP; del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF y del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, encargada de fi jar una metodología para construir un indicador estadísticamente confi able para la medición del Índice de Precios al Consumidor (IPC) en el ámbito del nivel nacional; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, ha elaborado el cálculo del Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional, aplicando la metodología aprobada por la referida Comisión Especial, por lo que es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual del Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional y del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondientes al mes de setiembre 2014 y la variación acumulada, así como aprobar su publicación en el Boletín Mensual; y En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Índice de Precios al Consumidor a nivel Nacional (Base: diciembre 2011 = 100) correspondiente al mes de setiembre 2014, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada. AÑO / MES NÚMERO ÍNDICE BASE: Dic. 2011 VARIACIÓN PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA 2014 ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SETIEMBRE 106,07 106,63 107,21 107,69 107,93 108,08 108,51 108,45 108,65 0,24 0,53 0,55 0,44 0,23 0,13 0,40 -0,06 0,18 0,24 0,77 1,32 1,77 2,00 2,14 2,55 2,49 2,68 Artículo 2º.- Aprobar el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana (Base: 2009 = 100), correspondiente al mes de setiembre 2014, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada.