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El Peruano Miércoles 1 de octubre de 2014 533893 2014, a través de la Secretaría del Consejo Regional de Arequipa, debiendo realizar el pago respectivo el Órgano Ejecutivo Regional. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. YAMILA OSORIO DELGADO Presidenta del Consejo Regional de Arequipa Consejo Regional 1143887-1 GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES Aprueban y declaran de interés regional la implementación del Plan de Gestión de los Recursos Hídricos de Cuenca Tumbes 2014-2018 ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2014-GOB.REG.TUMBES-CR EL CONSEJO REGIONAL TUMBES POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes, en Sesión Ordinaria Nº 04, realizada el 08 de Abril del 2014, aprobó mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 028-2014/GOB.REG.TUMBES-CR-CD, el Dictamen de la Comisión de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente sobre el Plan de Gestión de Recursos Hídricos de la Cuenca Tumbes. CONSIDERANDO: Que, el agua es patrimonio de la Nación y su dominio es inalienable e imprescriptible. No hay propiedad privada sobre el agua, sólo se otorga en uso a personas naturales o jurídicas y se ejerce en armonía con la protección ambiental y el interés de la Nación; Que, con el objeto de articular el accionar del Estado, para conducir los procesos de gestión integrada y de conservación de los recursos hídricos en los ámbitos de cuencas, de los ecosistemas que lo conforman y de los bienes asociados; así como para establecer espacios de coordinación y concertación entre las entidades de la administración pública y los actores involucrados en dicha gestión, se promulgó la Ley Nº 29338, que crea el Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos; Que, la administración del agua y de sus bienes asociados la ejerce de manera exclusiva la Autoridad Nacional del Agua. Los Gobiernos Regionales y Locales participan a través de los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca y de conformidad con sus respectivas leyes orgánicas. Asimismo, participan los usuarios organizados en la forma que señala la Ley y el Reglamento; La Autoridad Nacional del Agua es el ente rector del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, responsable de su funcionamiento; desarrolla, dirige, ejecuta y supervisa la Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos; dicta normas y establece procedimientos para la gestión integrada y multisectorial de recursos hídricos por cuenca hidrográfi cas y acuíferos; coordina acciones en materia de recursos hídricos con los integrantes de dicho sistema, quienes participan y asumen compromisos, en el marco de la Ley y el Reglamento; Que, Los gobiernos regionales, entre otras instituciones, integran el Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos. Asimismo, participan en la gestión de recursos hídricos de conformidad con su ley orgánica, la Ley Nº 29338 y su Reglamento. En tal virtud, tienen representatividad en el Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Agua y en los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca; De conformidad con el Artículo 20º de la Ley Nº 29338, los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca, son órganos de la Autoridad Nacional del Agua, constituidos con la fi nalidad de lograr la participación activa y permanente de los gobiernos regionales, gobiernos locales, sociedad civil, etc., con el objeto de participar en la planifi cación, coordinación y concertación para el aprovechamiento sostenible de recursos hídricos en sus respectivos ámbitos mediante el Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca; Que, de conformidad con la Ley Nº 29338 y su Reglamento, los Consejos de Cuenca son órganos de naturaleza permanente integrantes de la Autoridad Nacional, creados mediante decreto supremo, a iniciativa de los gobiernos regionales, con el objeto de participar en la planifi cación, coordinación y concertación del aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos en sus respectivos ámbitos. Es así que con D. S. Nº 013- 2012-AG, se creó el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Tumbes, como órgano de naturaleza permanente de la Autoridad Nacional del Agua, con el objeto de participar en la planifi cación, coordinación y concertación del aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos, mediante la elaboración e implementación del Plan de Gestión de Recursos Hídricos en Cuencas de su ámbito; Que, la composición del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Tumbes, ha sido aprobada con D.S. Nº 013- 2012-AG y modifi cada con D. S. Nº 018-2013-MINAGRI. La primera Directiva de Consejo de Recursos Hídricos de la Cuenca Tumbes, ha sido acreditada con Resolución Jefatural Nº 511-2013-ANA, de fecha 29 de noviembre del 2013, la misma que viene ejerciendo desde el 23 de julio del 2013 y culminará su mandato el 23 de julio del 2015. Está conformada por: a) Gobierno Regional Tumbes. b) La Municipalidad Distrital de San Juan de la Virgen en representación de los Gobiernos Locales del departamento de Tumbes. c) Proyecto Especial Binacional Puyango – Tumbes. d) Asociación Langostinera Peruana–ALPE, en representación de usos no agrarios. e) Junta de Usuarios Tumbes, en representación de organizaciones de usos agrarios. f) Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque – Zarumilla, en representación de la Autoridad Nacional del Agua. g) Colegio de Biólogos del Perú, en representación de los colegios profesionales de Tumbes. h) Comunidad Campesina Máncora, en representación de la Comunidades Campesinas CRHCT. i) Universidad Nacional de Tumbes, en representación de las Universidades del departamento de Tumbes. j) ODE- Relaciones Exteriores Tumbes, en representación del Ministerio de Relaciones Exteriores. k) Municipalidad Distrital de Marcavelica, en representación de los Gobiernos Locales del departamento Piura – CRHCT. Que, el cargo de integrante del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca es honorario y no inhabilita para el desempeño de función pública. Se designan por un periodo de dos años y deben estar premunidos de facultades sufi cientes para asumir compromisos en relación a los acuerdos; Que, el Art. 31º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, y el Art. 42º del ROF de la Autoridad Nacional del Agua, establece que el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca participa en la gestión integrada y multisectorial de los recursos hídricos, de acuerdo con la Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos, el Plan Nacional de Recursos Hídricos y los lineamientos de la Autoridad Nacional del Agua. Asimismo, establece sus funciones; Que, el Art. 30º del mencionado Reglamento, señala que la Secretaría Técnica desarrolla y ejecuta las labores técnicas que permiten el adecuado funcionamiento del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca. Está a cargo de un Secretario Técnico designado por concurso público de méritos convocado por la Jefatura de la Autoridad Nacional