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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (01/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 50

El Peruano Miércoles 1 de octubre de 2014 533880 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Designan Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Arequipa RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 050-024-0000596-2014-SUNAT/6F0000 Arequipa, 25 de setiembre del 2014 CONSIDERANDO: Que, es necesario dejar sin efecto la designación de Auxiliares Coactivos y designar nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Arequipa para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modifi catoria, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el Artículo Único de la Resolución de Superintendencia Nacional adjunta Operativa N° 005- 2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia de cada intendencia; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005- 2014-SUNAT/600000. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Arequipa, de la trabajadora que se indica a continuación: N° REG. APELLIDOS Y NOMBRES 1 6885 JIMENEZ RONCALLA, ERIKA KARINA Artículo 2°.- Designar como Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Arequipa, a los trabajadores que se indica a continuación: N° REG. APELLIDOS Y NOMBRES 1 2214 RODRIGUEZ ORTIZ, GIULIANA MONICA 2 4138 MUÑOZ LOZADA, JUAN CARLOS Regístrese, comuníquese y publíquese. GIOVANNA CONSUELO FERNÁNDEZ VELAZCO Intendente Regional Intendencia Regional Arequipa 1144240-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 290-2014-SUNAT Mediante Ofi cio Nº 302-2014-SUNAT/1M0100 la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Superintendencia Nº 290- 2014-SUNAT, publicada en la edición del 23 de setiembre de 2014. En el inciso e) del primer párrafo y en el segundo y tercer párrafo del numeral 2.12 “Comunicación de alta o modifi cación de establecimientos anexos” del Anexo Nº 2 de la Resolución de Superintendencia Nº 210-2004- SUNAT y normas modifi catorias (páginas 533163 y 533164): DICE: “ANEXO Nº 2 COMUNICACIONES AL REGISTRO (…) REQUISITOS ESPECÍFICOS: 2.12 Comunicación de alta o modifi cación de establecimientos anexos Exhibir original y presentar fotocopia simple de uno de los siguientes documentos: (...) e) En caso de mercados, galerías o centros comerciales: carta fi rmada por el presidente de la asociación de comerciantes inscrita en el RUC, indicando la dirección que se declara a la SUNAT estableci- miento anexo. Dicha carta deberá tener una antigüedad no mayor de quince (15) días calendarios. (...) El documento que se presente para sustentar el domicilio fi scal deberá contener de manera expresa la dirección completa de dicho domicilio. En caso el documento que sustente el domicilio fi scal fi gure a nombre de un tercero, éste deberá autorizar su uso a través del formato “Autorización de uso de documento de tercero para declarar domicilio fi scal o establecimiento anexo”, aprobado para dicho efecto. Adicionalmente, se adjuntará al trámite fotocopia simple del documento de identidad del tercero.”. DEBE DECIR: “ANEXO Nº 2 COMUNICACIONES AL REGISTRO (…) REQUISITOS ESPECÍFICOS: 2.12 Comunicación de alta o modifi cación de establecimientos anexos Exhibir original y presentar fotocopia simple de uno de los siguientes documentos: (...) e) En caso de mercados, galerías o centros comerciales: carta fi rmada por el presidente de la asociación de comerciantes inscrita en el RUC, indicando la dirección que se declara a la SUNAT como estableci- miento anexo. Dicha carta deberá tener una antigüedad no mayor de quince (15) días calendarios. (...)