Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2014 (03/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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El Peruano Viernes 3 de octubre de 2014

EDUCACION
Autorizan otorgar subvenciones adicionales a las previstas en el Anexo "A" de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, para financiar distintas actividades de las Federaciones Deportivas Nacionales y del Comite Olimpico Peruano
DECRETO SUPREMO N° 005-2014-MINEDU EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el MORDAZA parrafo del articulo 7 de la Ley N° 28036, Ley de Promocion y Desarrollo del Deporte, modificado por la Ley N° 29544, el Instituto Peruano del Deporte (IPD), en coordinacion con los organismos del Sistema Deportivo Nacional (SISDEN), formula e imparte la politica del deporte en general y, por ende, de cada uno de sus componentes. Organiza, planifica, promueve, coordina, evalua y fiscaliza en el ambito nacional el desarrollo del deporte, la recreacion y la educacion fisica en todas sus disciplinas, modalidades, niveles y categorias, como componentes del deporte en general; Que, dentro de este rol promotor y en el MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 60 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 3042012-EF, el IPD anualmente otorga recursos destinados al apoyo del deporte afiliado, los cuales son entregados mediante subvenciones a las Federaciones Deportivas Nacionales, al Comite Olimpico Peruano y otras entidades, con el objeto de financiar las actividades referidas a la contratacion de entrenadores, capacitacion, participacion de delegaciones deportivas y organizacion de eventos nacionales e internacionales, entre otros rubros; Que, el numeral 60.2 del articulo 60 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que solo por Decreto Supremo y con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, se podran otorgar subvenciones adicionales, exclusivamente para fines sociales, a las contenidas en el Anexo de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, debiendo, para tal efecto, contar con el informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego y el financiamiento correspondiente en el Presupuesto Institucional respectivo; Que, mediante Resolucion N° 400-2014-P/IPD, de fecha 29 de agosto de 2014, el IPD autoriza la incorporacion de mayores fondos publicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte para el Ano Fiscal 2014, correspondientes al Saldo de Balance del Ano Fiscal 2013, hasta por la suma de S/. 9 516 705,00 (NUEVE MILLONES QUINIENTOS DIECISEIS MIL SETECIENTOS CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES), destinados a financiar las distintas demandas de subvenciones adicionales presentadas por diversas Federaciones Deportivas Nacionales y el Comite Olimpico Peruano - COP; Que, mediante Oficio N° 868-2014-P/IPD e Informe N° 089-2014-OPP/IPD, el IPD solicita y sustenta la necesidad de otorgar subvenciones adicionales a las establecidas en el Anexo "A" de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, a fin de atender las distintas demandas de subvenciones adicionales presentadas por diversas Federaciones Deportivas Nacionales y el Comite Olimpico Peruano ­ COP, las cuales estan orientadas a la adquisicion de material deportivo y preparacion de atletas peruanos con miras a su participacion en diferentes eventos deportivos nacionales e internacionales. Asimismo, certifica la existencia de MORDAZA presupuestal que le permite financiar dicho adicional, hasta por la suma de S/. 9 516 705,00 (NUEVE MILLONES QUINIENTOS DIECISEIS MIL

SETECIENTOS CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudados, para otorgar el citado financiamiento adicional; sustentando ademas, la justificacion del fin social de las subvenciones adicionales solicitadas, precisando que estas permitiran contribuir y financiar el desarrollo y practica del deporte competitivo, que traera MORDAZA beneficios para la mejora de las potencialidades fisicas, mentales y espirituales de los atletas peruanos; Que, la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educacion, a traves del Informe N° 296-2014-MINEDU/ SPE-UP, senala que resulta tecnicamente factible atender la solicitud de otorgamiento de subvenciones adicionales formulada por el IPD, en virtud a que cumple con los requisitos dispuestos en el numeral 60.2 del articulo 60 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, hasta por la suma de S/. 9 516 705,00 (NUEVE MILLONES QUINIENTOS DIECISEIS MIL SETECIENTOS CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES); De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, y; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1.- Autorizacion Autorizase al Instituto Peruano del Deporte (IPD), a otorgar subvenciones adicionales a las previstas en el Anexo "A" de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 hasta por la suma de S/. 9 516 705,00 (NUEVE MILLONES QUINIENTOS DIECISEIS MIL SETECIENTOS CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES), para financiar las distintas demandas de subvenciones adicionales presentadas por diversas Federaciones Deportivas Nacionales y el Comite Olimpico Peruano ­ COP; orientadas a la adquisicion de material deportivo y a la preparacion de atletas peruanos. Las subvenciones adicionales autorizadas en el presente articulo, se detallan en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo y se publica en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Educacion (www. minedu.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 2.- Financiamiento Las subvenciones adicionales autorizadas en el articulo 1 del presente Decreto Supremo se financiaran con cargo al presupuesto institucional del Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos autorizados para el otorgamiento de las subvenciones adicionales a las que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados. Articulo 4.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de octubre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion 1146001-2

Autorizan viaje de funcionario del IPD a Uruguay, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 034-2014-MINEDU MORDAZA, 2 de octubre de 2014

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