Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2014 (03/10/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

534024
de Servicios de Salud y de veinticinco (25) Gobiernos Regionales, a nivel de Pliegos y unidades ejecutoras, se encuentra en el Anexo "Transferencia de Partidas a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas, Instituto de Gestion de Servicios de Salud y de los Gobiernos Regionales", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion institucional 2.1 La Titular del Pliego habilitador y los Titulares de los Pliegos habilitados con la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el articulo 1 de la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente dispositivo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Desagregado de la valorizacion ajustada Las Oficinas de Presupuesto y de Recursos Humanos o las que MORDAZA sus veces en los pliegos involucrados, para efecto de la aplicacion de la transferencia a que se refiere el articulo 1 de la presente MORDAZA, se sujetan a la informacion que sera publicada por el Ministerio de Salud en su MORDAZA institucional (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano, respecto al numero de beneficiarios y los montos que corresponden a los conceptos de valorizacion y cargas sociales, a nivel de unidad ejecutora y pliego. Articulo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por la Ministra de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de octubre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1145999-3 CONSIDERANDO:

El Peruano Viernes 3 de octubre de 2014

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 a favor del Instituto Nacional de Innovacion Agraria
DECRETO SUPREMO Nº 273-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Que, la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, aprobo, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 163: Instituto Nacional de Innovacion Agraria; Que, la Ley Nº 30048, Ley que modifica el Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, actualmente Ministerio de Agricultura y Riego, dispone que dicho Ministerio es el organo rector del Sector Agrario, que comprende, entre otros, las tierras de uso MORDAZA y de pastoreo, tierras forestales y tierras eriazas con aptitud agraria; los recursos hidricos; la infraestructura agraria; riego y utilizacion de agua para uso agrario; asimismo, establece la politica nacional y sectorial en materia agraria y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; asimismo, mediante el literal a) del articulo 14 de esa misma MORDAZA se dispone que el Instituto Nacional de Innovacion Agraria es un organismo publico adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego, conforme a la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 074-2012-PCM, se declaro de prioridad nacional el desarrollo economico social y la pacificacion del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro ­ VRAEM, para lo cual las entidades publicas deberan desplegar sus esfuerzos encaminados a este proposito; asimismo, a traves de la Primera Disposicion Complementaria del citado Decreto Supremo se modifico el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 021-2008-DE-SG, estableciendo los nuevos distritos que forman parte del ambito de intervencion directa y de influencia del VRAEM, el mismo que ha sido modificado por los Decretos Supremos Nº 090-2012-PCM y Nº 003-2014-DE; Que, con la Resolucion Ministerial Nº 0478-2012AG se aprobo el Plan de Intervencion a Mediano Plazo del Ministerio de Agricultura para el MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro ­ VRAEM, denominado "Programa AGROVRAEM, periodo 2013-2016" cuyo objetivo es contribuir al desarrollo agrario del VRAEM con alternativas productivas, de gestion institucional, de competitividad, de inclusion y de proteccion de los recursos naturales y el medio ambiente; asimismo, dispone que el Instituto Nacional de Innovacion Agraria es el responsable de la implementacion de las parcelas experimentales de los cultivos de cafe y cacao, mediante el mejoramiento de tecnologias aplicadas; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 010-2014MINAGRI, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Innovacion Agraria, mediante el cual se establece que dicha entidad ejerce sus competencias y funciones a nivel nacional, como la Autoridad en Semillas y la Autoridad en materia de Seguridad de la Biotecnologia moderna, asi como ser el responsable de la administracion y ejecucion para el acceso a los recursos geneticos de especies cultivadas o domesticas continentales, entre otros, en el ambito de su competencia; y en coordinacion con el Ministerio de Agricultura y Riego, asimismo, es responsable de la evaluacion de solicitudes de acceso a los recursos geneticos de las especies silvestres parientes de las especies cultivadas; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, mediante el Oficio Nº 2449-2014-MINAGRI-OGPP/OPRES y Oficio Nº 835-2014-INIA-OGP/OPRE/J del Instituto Nacional de Innovacion Agraria, solicita, entre otros, recursos adicionales hasta por la suma de NUEVE MILLONES OCHENTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 9 081 997,00), en la fuente de financiamiento recursos ordinarios, destinados a financiar en el MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro ­ VRAEM la construccion de ocho (08) viveros para la produccion de diez (10) millones de plantones de cafe en las Provincias de la Convencion, La Mar y Huanta de los Departamentos de MORDAZA y MORDAZA, respectivamente, asimismo, para la construccion de dos (02) viveros y la produccion de doscientos veintidos (222) mil plantones de cacao en la Provincia de La Mar, del Departamento de MORDAZA, acciones que comprenden la asistencia tecnica en la produccion de plantones, supervision y monitoreo y la gestion administrativa correspondiente; los cuales estan orientados a fortalecer el desarrollo de los cultivos licitos a traves de la produccion de plantones de cafe y cacao de alto valor genetico, fomentando la participacion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.