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El Peruano Viernes 3 de octubre de 2014 534027 nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social y por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de octubre del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ALONSO ARTURO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1146001-1 Autorizan viaje de servidor de la Superintendencia del Mercado de Valores a Uruguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 054-2014-EF Lima, 2 de octubre de 2014 VISTA: La carta de invitación del 28 de julio de 2014, remitida por el Secretario General del Instituto Iberoamericano de Mercados de Valores a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, para participar en las Jornadas sobre las tendencias en la regulación y supervisión fi nanciera en Iberoamérica, que se llevarán a cabo en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 14 al 17 de octubre de 2014; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Iberoamericano de Mercados de Valores ha organizado las Jornadas sobre las tendencias en la regulación y supervisión fi nanciera en Iberoamérica, que se realizarán en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 14 al 17 de octubre de 2014, en las instalaciones del Centro de Formación de la Cooperación Española, en el marco del Programa de Formación Técnica Especializada que lleva a cabo la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID); Que, la actividad está dirigida exclusivamente a directivos y técnicos de organismos reguladores y supervisores de mercados de valores iberoamericanos, miembros del instituto, y durante las sesiones, que serán eminentemente participativas, los asistentes podrán intercambiar experiencias; Que, el objetivo del evento es analizar el marco regulatorio de la Región y el seguimiento de las tendencias regulatorias respecto a materias como: Regulación y Supervisión de las Agencias de Califi cación de Riesgos, tendencias internacionales en Supervisión Financiera, la problemática del dark liquidity y shadow banking e Implicancias de la Ley FATCA (Ley sobre el Cumplimiento Fiscal relativa a Cuentas en el extranjero); Que, al respecto, la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV considera de relevancia institucional la asistencia a dicho evento, que se efectuará del 14 al 18 de octubre de 2014, por lo que ha dado su conformidad a la participación del señor Pedro Alfonso Díaz Medina, Analista Legal de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados, para que asista a las Jornadas en mención; Que, conforme a la comunicación de la VISTA, la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) otorga una (1) beca parcial que incluye alojamiento, manutención, material de trabajo y traslados internos, durante la realización de las Jornadas sobre las tendencias en la regulación y supervisión fi nanciera en Iberoamérica; Que, en consecuencia, por ser de importancia institucional para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas de la Superintendencia del Mercado de Valores, resulta pertinente autorizar dicho viaje, cuyos gastos (pasajes aéreos) serán fi nanciados con presupuesto de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, que el requerimiento de autorizaciones de viaje por supuestos distintos a los señalados en los literales del mismo numeral, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, debe canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias aprobadas con Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor Pedro Alfonso Díaz Medina, Analista Legal de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados, de la Superintendencia del Mercado de Valores, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, desde el 13 al 18 de octubre de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son fi nanciados con cargo al presupuesto de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, de acuerdo con el siguiente detalle: - Pasajes US$ 701.40 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el servidor autorizado según el artículo 1 de la presente resolución, debe presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del servidor cuyo viaje se autoriza. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros ALONSO ARTURO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1145999-8