Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2014 (03/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano Viernes 3 de octubre de 2014

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MORDAZA desde el 24 hasta el 28 de setiembre de 2014, en MORDAZA con los considerandos del presente Acuerdo. Articulo Cuarto.- HACER de conocimiento el presente Acuerdo a la Gerencia Municipal y demas organos competentes para los fines de ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

Visto: En sesion ordinaria de Concejo de la fecha, la Carta s/n cursada por la Federacion Latinoamericana de Ciudades Turisticas para participar en el IV "CONGRESO LATINOAMERICANO DE CIUDADES TURISTICAS" a realizarse del 24 al 28 de septiembre de 2014, en la MORDAZA de Guayaquil, Ecuador. CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 033-2012 MDC del 10 de MORDAZA de 2012 se aprobo la participacion de la Municipalidad de Cieneguilla como miembro fundador de la Asociacion de Municipalidades Turisticas del Peru, conforme con las disposiciones del Codigo Civil y el articulo 125º de la Ley Organica de Municipalidades, sujetandose a los estatutos que rigen dicha persona juridica; Que, el articulo 9º numeral 11 de la Ley Nº 27972 establece entre las atribuciones del Concejo Municipal, el autorizar los viajes al exterior del MORDAZA que en comision de servicios o representacion de la Municipalidad, realicen el MORDAZA, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; Que, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto mediante Memorando Nº 123-2014 GPP/MDC senala que los gastos para la participacion en el evento senalado cuentan con certificacion presupuestal, en la especifica del gasto: 2.3.2.1.1.1 Pasajes y Gastos de transporte y con la especifica del gasto: 2.3.2.1.1.2 Viaticos y asignaciones por comision de servicio, haciendo un total de S/. 8,439.00 (Ocho mil cuatrocientos treinta y nueve y 00/100 Nuevos Soles); Que, la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 203-2014 GAJ-MDC opina por la procedencia de la autorizacion del viaje al exterior para la participacion de la Municipalidad de Cieneguilla en el evento a realizarse en la MORDAZA de Guayaquil, Ecuador; Que, teniendo en consideracion la invitacion cursada mediante el documento de vistos, la ausencia del MORDAZA en virtud de la licencia sin goce de haber concedida a partir del 18 de septiembre hasta el 05 de octubre de 2014, segun Acuerdo de Concejo Nº 034-2014 MDC y su reemplazo por parte de la MORDAZA Alcaldesa, senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que es la primera regidora habil que sigue en su lista es que se hace necesario establecer la asistencia de un representante del MORDAZA al evento a efectuarse entre el 24 y 28 de setiembre de 2014 en la MORDAZA de Guayaquil, Ecuador; Que, ante lo expuesto corresponde a la MORDAZA Alcaldesa encargada del despacho de Alcaldia asistir al evento MORDAZA senalado, y ser reemplazada por el siguiente regidor habil que sigue en su propia lista electoral, correspondiendole a la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA reemplazar a la MORDAZA Alcaldesa en el ejercicio de las funciones propias, de conformidad con lo senalado en el articulo 24 de la Ley Organica de Municipalidades; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30114, el articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades y contando con el MORDAZA UNANIME de los regidores miembros del Concejo Municipal, con la dispensa del tramite de aprobacion y lectura del acta ACUERDA: Articulo Primero.- AUTORIZAR el viaje de la senora MORDAZA Alcaldesa de Cieneguilla, MORDAZA MORDAZA MORDAZA a la MORDAZA de Guayaquil, Ecuador al "IV Congreso Latinoamericano de Ciudades Turisticas" a realizarse del 24 al 28 de setiembre de 2014. Articulo Segundo.- DISPONER que los gastos que irrogue el cumplimiento del presente acuerdo se efectuaran con cargo al presupuesto institucional, segun el siguiente detalle: Clasificacion Especifica del Gasto 2.3.2.1.1.1 Pasajes y Gastos de Transporte 2.3.2.1.1.2 Viatico y Asignaciones por comision de servicio Monto: S/. 8,439.00 (Ocho mil cuatrocientos treinta y nueve y 00/100 Nuevos Soles) Articulo Tercero.- ENCARGAR el despacho de Alcaldia a la senora regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1145618-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Establecen Beneficios Tributarios y No Tributarios en el distrito
ORDENANZA Nº 368-MDSMP San MORDAZA de Porres, 26 de setiembre del 2014. EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO En sesion ordinaria del Concejo Municipal de fecha Ordinaria, con el quorum reglamentario de los senores regidores, se trato sobre el proyecto de Ordenanza que otorga beneficios tributarios y no tributarios en el distrito; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Dictamen Nº 002-2014-CPF/MDSMP la Comision de Planificacion y Finanzas recomienda al Pleno del Concejo la aprobacion del proyecto de Ordenanza que establece beneficios tributarios y no tributarios en el distrito, con el objeto de brindar a nuestros contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones sustanciales de naturaleza tributaria y, asimismo, fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones formales; contandose al respecto con las opiniones favorable de la Gerencia de Administracion Tributaria (Informe Nº 041-2014-GAT/MDSMP), Gerencia de Asesoria Juridica (Informe Nº 1371-2014-GAJ/MDSMP) y Gerencia Municipal (Proveido Nº 1236-14-GM); De conformidad con los articulos 9, inciso 9); 39 y 40 de la Ley Nº 27972 ­ Organica de Municipalidades; articulo 41 del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 1332013-EF; con el Dictamen Nº 002-2014-CPF/MDSMP y con las facultades conferidas mediante Resolucion de Alcaldia Nº 211-2014/MDSMP (19.SETIEMBRE.2014); con el MORDAZA Mayoritario de los senores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal de San MORDAZA de Porres aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS EN EL DISTRITO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo Primero.- Administrados que pueden acogerse al beneficio Podran acogerse al presente beneficio todos los contribuyentes y administrados, incluidos los pensionistas e inafectos, que cuenten con deudas pendientes de pago, tanto en la via ordinaria como coactiva.

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