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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (03/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 89

El Peruano Viernes 3 de octubre de 2014 534087 Visto: En sesión ordinaria de Concejo de la fecha, la Carta s/n cursada por la Federación Latinoamericana de Ciudades Turísticas para participar en el IV “CONGRESO LATINOAMERICANO DE CIUDADES TURÍSTICAS” a realizarse del 24 al 28 de septiembre de 2014, en la Ciudad de Guayaquil, Ecuador. CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 033-2012 MDC del 10 de mayo de 2012 se aprobó la participación de la Municipalidad de Cieneguilla como miembro fundador de la Asociación de Municipalidades Turísticas del Perú, conforme con las disposiciones del Código Civil y el artículo 125º de la Ley Orgánica de Municipalidades, sujetándose a los estatutos que rigen dicha persona jurídica; Que, el artículo 9º numeral 11 de la Ley Nº 27972 establece entre las atribuciones del Concejo Municipal, el autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; Que, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto mediante Memorando Nº 123-2014 GPP/MDC señala que los gastos para la participación en el evento señalado cuentan con certifi cación presupuestal, en la específi ca del gasto: 2.3.2.1.1.1 Pasajes y Gastos de transporte y con la específi ca del gasto: 2.3.2.1.1.2 Viáticos y asignaciones por comisión de servicio, haciendo un total de S/. 8,439.00 (Ocho mil cuatrocientos treinta y nueve y 00/100 Nuevos Soles); Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 203-2014 GAJ-MDC opina por la procedencia de la autorización del viaje al exterior para la participación de la Municipalidad de Cieneguilla en el evento a realizarse en la ciudad de Guayaquil, Ecuador; Que, teniendo en consideración la invitación cursada mediante el documento de vistos, la ausencia del Alcalde en virtud de la licencia sin goce de haber concedida a partir del 18 de septiembre hasta el 05 de octubre de 2014, según Acuerdo de Concejo Nº 034-2014 MDC y su reemplazo por parte de la Teniente Alcaldesa, señora Dora Solís Mendoza, que es la primera regidora hábil que sigue en su lista es que se hace necesario establecer la asistencia de un representante del Alcalde al evento a efectuarse entre el 24 y 28 de setiembre de 2014 en la ciudad de Guayaquil, Ecuador; Que, ante lo expuesto corresponde a la Teniente Alcaldesa encargada del despacho de Alcaldía asistir al evento antes señalado, y ser reemplazada por el siguiente regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, correspondiéndole a la regidora Gladys Isabel Lezama Salcedo reemplazar a la Teniente Alcaldesa en el ejercicio de las funciones propias, de conformidad con lo señalado en el artículo 24 de la Ley Orgánica de Municipalidades; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30114, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades y contando con el voto UNÁNIME de los regidores miembros del Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de aprobación y lectura del acta ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje de la señora Teniente Alcaldesa de Cieneguilla, Dora Solís Mendoza a la ciudad de Guayaquil, Ecuador al “IV Congreso Latinoamericano de Ciudades Turísticas” a realizarse del 24 al 28 de setiembre de 2014. Artículo Segundo.- DISPONER que los gastos que irrogue el cumplimiento del presente acuerdo se efectuarán con cargo al presupuesto institucional, según el siguiente detalle: Clasifi cación Específi ca del Gasto 2.3.2.1.1.1 Pasajes y Gastos de Transporte 2.3.2.1.1.2 Viático y Asignaciones por comisión de servicio Monto: S/. 8,439.00 (Ocho mil cuatrocientos treinta y nueve y 00/100 Nuevos Soles) Artículo Tercero.- ENCARGAR el despacho de Alcaldía a la señora regidora Gladys Isabel Lezama Salcedo desde el 24 hasta el 28 de setiembre de 2014, en armonía con los considerandos del presente Acuerdo. Artículo Cuarto.- HACER de conocimiento el presente Acuerdo a la Gerencia Municipal y demás órganos competentes para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 1145618-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Establecen Beneficios Tributarios y No Tributarios en el distrito ORDENANZA Nº 368-MDSMP San Martín de Porres, 26 de setiembre del 2014. EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO En sesión ordinaria del Concejo Municipal de fecha Ordinaria, con el quórum reglamentario de los señores regidores, se trató sobre el proyecto de Ordenanza que otorga benefi cios tributarios y no tributarios en el distrito; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Dictamen Nº 002-2014-CPF/MDSMP la Comisión de Planifi cación y Finanzas recomienda al Pleno del Concejo la aprobación del proyecto de Ordenanza que establece benefi cios tributarios y no tributarios en el distrito, con el objeto de brindar a nuestros contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones sustanciales de naturaleza tributaria y, asimismo, fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones formales; contándose al respecto con las opiniones favorable de la Gerencia de Administración Tributaria (Informe Nº 041-2014-GAT/MDSMP), Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe Nº 1371-2014-GAJ/MDSMP) y Gerencia Municipal (Proveído Nº 1236-14-GM); De conformidad con los artículos 9, inciso 9); 39 y 40 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; artículo 41 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 133- 2013-EF; con el Dictamen Nº 002-2014-CPF/MDSMP y con las facultades conferidas mediante Resolución de Alcaldía Nº 211-2014/MDSMP (19.SETIEMBRE.2014); con el Voto Mayoritario de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de San Martín de Porres aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS EN EL DISTRITO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo Primero.- Administrados que pueden acogerse al benefi cio Podrán acogerse al presente benefi cio todos los contribuyentes y administrados, incluidos los pensionistas e inafectos, que cuenten con deudas pendientes de pago, tanto en la vía ordinaria como coactiva.