Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (03/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 88

El Peruano Viernes 3 de octubre de 2014 534086 - Los aportes reglamentarios de Recreación Publica y Otros Fines fueron pagados a la Municipalidad Distrital de Ate, de acuerdo a lo indicado en el séptimo considerando. - Los Aportes Reglamentarios de Parques Zonales, Ministerio de Educación y Renovación Urbana, serán cancelados previo a la Recepción de Obra. PAVIMENTACIÓN DE PISTAS Y VEREDAS: La pavimentación de veredas se ejecutara conforme con el Estudio de Suelo con fi nes de pavimentación que serán elaborados por los propietarios y bajo su responsabilidad, teniendo en cuenta lo siguiente: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superficie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riego sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20 Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½”), fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80.Se procurará una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Suelo estabilizado. Aceras.- Será de concreto simple de 4” de espesor con una resistencia a la compresión axial de f´c=140 Kg/ cm2, construido sobre una base granular de 4” de espesor compactada al 100% de la densidad seca del proctor estándar. Sardineles.- Se construirá sardineles de 30cm. de profundidad con mezcla y acabados igual que las aceras. En caso que la acera esté en medio de jardines se construirá en ambos lados. El vertido del concreto deberá realizarse de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregación de los agregados. Bermas laterales.- Las bermas laterales deberán construirse, con un pavimento de las mismas características de las calzadas adyacentes. Así también éstas quedarán en tierra nivelada compactada. Artículo Tercero.- ESTABLECER, que previo a la Recepción de Obra de Habilitación Urbana la empresa deberá acreditar la cancelación del défi cit de los aportes de Parques Zonales, Ministerio de Educación y Renovación Urbana ante las entidades competentes de conformidad con la Ordenanza Nº 836-MML. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el plazo de 30 días calendario contados a partir de su notifi cación, a cargo de los interesados. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR a la Ofi cina Registral de Lima y Callao para los efectos de su Inscripción; a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su evaluación respectiva; a SERPAR-LIMA, al Ministerio de Educación, a EMILIMA, y a los interesados para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL IVAN RIVERA VILLENA Sub Gerente de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones 1145002-1 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Autorizan licencia sin goce de haber a Alcalde de la Municipalidad y encargan sus funciones ACUERDO DE CONCEJO Nº 034-2014/MDC Cieneguilla, 18 de setiembre de 2014 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, con el voto unánime de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de Lectura y Aprobación de Acta; y, CONSIDERANDO: Que, a través de la carta fechada y recibida el 16 de setiembre del presente año, el Alcalde de la Municipalidad de Cieneguilla, don Emilio Alberto Chávez Huaringa, ha solicitado licencia sin goce de haber; Que, el artículo 9.27 de la Ley Orgánica de Municipalidades dispone que el Concejo Municipal es competente para aprobar las licencias solicitadas por el Alcalde; Que, en concordancia con la norma precitada, el artículo 25.2 de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que el ejercicio del cargo de Alcalde se suspende por Acuerdo de Concejo, entre otros supuestos, por licencia autorizada por el Concejo Municipal, por un período máximo de treinta (30) días naturales; El Concejo Municipal, en uso de las facultades conferidas por los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades, y sometido a debate y a la respectiva votación, el Concejo Municipal, POR UNANIMIDAD: ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR LA LICENCIA SIN GOCE DE HABER solicitada por el Alcalde de la Municipalidad de Cieneguilla, don Emilio Alberto Chávez Huaringa, por un período de 17 días naturales, cuya efi cacia operará desde el 19 de setiembre hasta el 05 de octubre de 2014, en armonía con la parte considerativa del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- ENCARGAR las funciones de Alcalde a la Primera Regidora del Concejo Municipal, doña Dora Solís Mendoza, durante el tiempo que dure la licencia concedida. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación del presente Acuerdo en el portal institucional (www.municieneguilla.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 1145616-1 Autorizan viaje de Teniente Alcaldesa a Ecuador, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 035-2014 MDC Cieneguilla, 18 de setiembre de 2014 El ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA: