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El Peruano Lunes 6 de octubre de 2014 534272 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO Designan representante del Ministerio ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Jaén - San Ignacio - Bagua RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0556-2014-MINAGRI Lima, 2 de octubre de 2014 VISTOS: La Carta de fecha 23 de julio de 2014, del señor Ricardo Alfonso Romero Rentería, la comunicación del Presidente del Consejo Directivo del Proyecto Especial Jaén - San Ignacio - Bagua y el Acta de Sesión Ordinaria Nº 07-2014-PEJSIB-CD, de fecha 15 de setiembre de 2014, del Consejo Directivo del mencionado Proyecto Especial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0091-2013-AG, de fecha 22 de marzo de 2013, se designó al señor Ricardo Alfonso Romero Rentería como representante del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Jaén - San Ignacio - Bagua; Que, mediante la Carta del Vistos, el señor Ricardo Alfonso Romero Rentería, ha formulado renuncia a la indicada designación, la que es pertinente aceptar; Que, de los documentos del Vistos, se desprende que la última participación del mencionado representante ha sido en la Sesión Ordinaria Nº 07-2014-PEJSIB-CD, de fecha 15 de setiembre de 2014, del Consejo Directivo del Proyecto Especial Jaén - San Ignacio - Bagua; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, con efi cacia anticipada al 16 de setiembre de 2014, la renuncia formulada por el señor Ricardo Alfonso Romero Rentería, al encargo conferido mediante Resolución Ministerial Nº 0091-2013-AG, como representante del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Jaén – San Ignacio – Bagua, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, al señor Antonio Flores Chinte como representante del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Jaén – San Ignacio – Bagua. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución Ministerial al Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, al Proyecto Especial Jaén - San Ignacio - Bagua, así como al representante y ex representante mencionados, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1146082-1 Establecen requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio en la importación de plantas in vitro de arándano, de origen y procedencia EE.UU. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0039-2014-MINAGRI-SENASA-DSV 25 de agosto de 2014 VISTO: El Informe ARP Nº 019-2014-MINAGRI-SENASA- DSV-SARVF de fecha 29 de abril de 2014, el cual identifi ca y evalua los potenciales riesgos de ingreso de plagas reglamentadas al país, propone el establecimiento de requisitos fi tosanitarios para la importación de plantas in vitro de arándano (Vaccinium spp.) de origen y procedencia Estados Unidos, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al país como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benéfi cos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, el artículo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA publicará los requisitos fi to y zoosanitarios en el Diario Ofi cial El Peruano y se notifi carán a la Organización Mundial del Comercio; Que, el artículo 38º del Decreto Supremo Nº 032- 2003-AG - Reglamento de Cuarentena Vegetal, establece que los requisitos fi tosanitarios necesarios que se debe cumplir para la importación al país de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados, serán aprobados mediante Resolución del Órgano de Línea Competente; Que, el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 0002-2012-AG-SENASA-DSV de fecha 20 de enero de 2012 y modifi catoria, establecen cinco categorías de riesgo fi tosanitario, donde fi guran agrupadas las plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados cuyo riesgo fi tosanitario aumenta en forma ascendente; Que, ante el interés en importar a nuestro país plantas in vitro de arándano (Vaccinium spp.) de origen y procedencia Estados Unidos; la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria del SENASA inició el respectivo estudio con la fi nalidad de establecer los requisitos fi tosanitarios para la importación del mencionado producto; Que, como resultado de dicho estudio la Subdirección de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos fi tosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de protección al país, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias; Que, culminado el proceso de consulta pública nacional a través del portal del SENASA e internacional de acuerdo a la notifi cación G/SPS/N/PER/547 de la Organización Mundial del Comercio, resulta necesario aprobar y publicar los requisitos fi tosanitarios de plantas in vitro de arándano de origen y procedencia Estados Unidos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modifi catoria, la Resolución Directoral Nº 0002-2012-AG-SENASA-DSV y modifi catoria y con el