Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2014 (06/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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El Peruano Lunes 6 de octubre de 2014

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO
Designan representante del Ministerio ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial MORDAZA - San MORDAZA - Bagua
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0556-2014-MINAGRI MORDAZA, 2 de octubre de 2014 VISTOS: La Carta de fecha 23 de MORDAZA de 2014, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Renteria, la comunicacion del Presidente del Consejo Directivo del Proyecto Especial MORDAZA - San MORDAZA - Bagua y el Acta de Sesion Ordinaria Nº 07-2014-PEJSIB-CD, de fecha 15 de setiembre de 2014, del Consejo Directivo del mencionado Proyecto Especial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 2 de la Resolucion Ministerial Nº 0091-2013-AG, de fecha 22 de marzo de 2013, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Renteria como representante del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial MORDAZA - San MORDAZA - Bagua; Que, mediante la Carta del Vistos, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Renteria, ha formulado renuncia a la indicada designacion, la que es pertinente aceptar; Que, de los documentos del Vistos, se desprende que la MORDAZA participacion del mencionado representante ha sido en la Sesion Ordinaria Nº 07-2014-PEJSIB-CD, de fecha 15 de setiembre de 2014, del Consejo Directivo del Proyecto Especial MORDAZA - San MORDAZA - Bagua; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048; y, su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aceptar, con eficacia anticipada al 16 de setiembre de 2014, la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Renteria, al encargo conferido mediante Resolucion Ministerial Nº 0091-2013-AG, como representante del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial MORDAZA ­ San MORDAZA ­ Bagua, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2.- Designar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA Chinte como representante del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial MORDAZA ­ San MORDAZA ­ Bagua. Articulo 3.- Notificar la presente Resolucion Ministerial al Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, al Proyecto Especial MORDAZA - San MORDAZA - Bagua, asi como al representante y ex representante mencionados, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego 1146082-1

Establecen requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio en la importacion de plantas in vitro de arandano, de origen y procedencia EE.UU.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0039-2014-MINAGRI-SENASA-DSV 25 de agosto de 2014 VISTO: El Informe ARP Nº 019-2014-MINAGRI-SENASADSV-SARVF de fecha 29 de MORDAZA de 2014, el cual identifica y evalua los potenciales riesgos de ingreso de plagas reglamentadas al MORDAZA, propone el establecimiento de requisitos fitosanitarios para la importacion de plantas in vitro de arandano (Vaccinium spp.) de origen y procedencia Estados Unidos, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al MORDAZA como importacion, MORDAZA internacional o cualquier otro regimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos beneficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, asi como los medios utilizados para transportarlos, se sujetaran a las disposiciones que establezca, en el ambito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, el articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA publicara los requisitos fito y zoosanitarios en el Diario Oficial El Peruano y se notificaran a la Organizacion Mundial del Comercio; Que, el articulo 38º del Decreto Supremo Nº 0322003-AG - Reglamento de Cuarentena Vegetal, establece que los requisitos fitosanitarios necesarios que se debe cumplir para la importacion al MORDAZA de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados, seran aprobados mediante Resolucion del Organo de Linea Competente; Que, el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 0002-2012-AG-SENASA-DSV de fecha 20 de enero de 2012 y modificatoria, establecen cinco categorias de riesgo fitosanitario, donde figuran agrupadas las plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados cuyo riesgo fitosanitario aumenta en forma ascendente; Que, ante el interes en importar a nuestro MORDAZA plantas in vitro de arandano (Vaccinium spp.) de origen y procedencia Estados Unidos; la Subdireccion de Analisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria del SENASA inicio el respectivo estudio con la finalidad de establecer los requisitos fitosanitarios para la importacion del mencionado producto; Que, como resultado de dicho estudio la Subdireccion de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de proteccion al MORDAZA, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias; Que, culminado el MORDAZA de consulta publica nacional a traves del MORDAZA del SENASA e internacional de acuerdo a la notificacion G/SPS/N/PER/547 de la Organizacion Mundial del Comercio, resulta necesario aprobar y publicar los requisitos fitosanitarios de plantas in vitro de arandano de origen y procedencia Estados Unidos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modificatoria, la Resolucion Directoral Nº 0002-2012-AG-SENASA-DSV y modificatoria y con el

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