Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2014 (06/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Lunes 6 de octubre de 2014

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y otros, por redistribuir senales sin contar con contratos o acuerdos previos con las empresas proveedoras de las senales nacionales e internacionales, adjuntando constataciones notariales; Que, mediante Informe N° 00047-2014-MTC/29.02. ECER MORDAZA del 14 de marzo de 2014, sustentado en el Acta de Inspeccion Tecnica N° 00140-2014 del 27 de febrero de 2014, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones da cuenta que la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se encuentra prestando el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, en el distrito de Yanahuanca, provincia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, departamento de Pasco, verificandose que se encontro retransmitiendo la senal de Cable Magico Deportes CMD por el CH. 25, usando equipo de otro operador, indicandose que se encontro instalada una antena con el logo de MOVISTAR TV; hechos que se registran en el Anexo 01 y se visualizan en las fotografias adjuntas a la mencionada acta; Que, en atencion a los resultados de la inspeccion tecnica detallada en el numeral precedente, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones emitio el Oficio N° 25436-2014-MTC/27, notificado el 04 de MORDAZA de 2014, en el cual se le comunica a la concesionaria que en la inspeccion tecnica realizada por la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, que es materia del Acta de Inspeccion Tecnica N° 001402014, se le encontro prestando el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico en Yanahuanca, bajo el nombre comercial de CABLE MORDAZA, retransmitiendo a sus abonados 28 MORDAZA de television, entre los cuales retransmite la senal de Cable Magico Deportes, senal exclusiva de TELEFONICA MULTIMEDIA S.A.C.; y tiene instalado una antena parabolica de Cable Magico. En ese sentido, se requirio a la concesionaria la MORDAZA de sus descargos, otorgandole el plazo de diez (10) dias habiles; Que, con escrito de registro P/D N° 120021, del 8 de MORDAZA de 2014, la concesionaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA presento sus descargos manifestando en relacion al Acta de Inspeccion Tecnica N° 00140-2014 del 27 de febrero de 2014, que no brinda el servicio de distribucion de radiodifusion por cable en la localidad de Yanahuanca, desconociendo la verosimilitud de los recibos por dicho servicio; adjuntando como medio probatorio diversos contratos para la emision de los MORDAZA con diferentes empresas operadoras de senal nacional e internacional; Que, con escrito de registro P/D N° 126192, del 16 de MORDAZA de 2014, la empresa TELEFONICA MULTIMEDIA S.A.C. manifesto que no ha suscrito convenio o acuerdo alguno con la concesionaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA o con CABLE MORDAZA, para la redistribucion parcial o total de su senal o programacion; por lo que dicha persona estaria redistribuyendo su senal sin su autorizacion; Que, mediante Informe Nº 1440-2014-MTC/27, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, en el MORDAZA de su competencia, en atencion a los resultados de la inspeccion tecnica realizada el 27 de febrero de 2014 por la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, y el descargo presentado por la administrada, senala que "... la concesionaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha incurrido en causal de resolucion del contrato de concesion unica para la prestacion inicial del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico, otorgado mediante Resolucion Ministerial N° 797-2009MTC/03, de fecha 25 de noviembre de 2009, por haber redistribuido las senales o programacion de otra empresa concesionaria sin contar con acuerdo previo para ello, por lo que corresponde su formalizacion mediante Resolucion Ministerial"; causal que se encuentra prevista en el numeral 10 del articulo 137° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, concordado con el numeral 18.01 de la Clausula Decimo Octava del Contrato de Concesion Unica suscrito con la administrada. Ademas, indica que en relacion a los contratos presentados por la administrada para la emision de senales nacionales e internacionales, tales documentos "...no refutan las verificaciones efectuadas

Con la opinion favorable de la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar al senor MORDAZA MORDAZA PONGO concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru, estableciendose como primer servicio a prestar, el Servicio Publico de Distribucion de Radiodifusion por Cable en la modalidad de cable alambrico u optico. Articulo 2°.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con el senor MORDAZA MORDAZA PONGO, para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas y forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3°.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2° de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4°.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por el senor MORDAZA MORDAZA PONGO en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles, computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por el derecho de concesion. Articulo 5°.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1146353-1

Resuelven contrato de concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones aprobado por R.M. Nº 797-2009-MTC/03
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 680-2014 MTC/03 MORDAZA, 2 de octubre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 797-2009MTC/03, del 25 de noviembre de 2009, se otorgo a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru; estableciendose como primer servicio a prestar, el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico. El Contrato de Concesion Unica se suscribio el 28 de enero de 2010; Que, por Resolucion Directoral N° 059-2010-MTC/27 del 28 de enero de 2010, se inscribio en el Registro de Servicios Publicos de Telecomunicaciones, a favor de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico; Que, con escritos de registros P/D N° 046326, N° 046330 y N° 046321 del 15 de MORDAZA de 2013; N° 048220 del 17 de MORDAZA de 2013; N° 073845 del 03 de junio de 2013, N° 076229 del 6 de junio de 2013; N° 118810 del 19 de agosto de 2013 y N° 027738 del 11 de febrero de 2014, la empresa DEVAOS ALTURA CATV E.I.R.L., formula denuncia contra la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA,

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