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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (06/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 13

El Peruano Lunes 6 de octubre de 2014 534283 centro de mayor nivel que solo se le puede brindar en un Hospital como el Guillermo Almenara y el Instituto del Corazón (INCOR), ubicados en la ciudad de Lima. Sétimo. Que, en similar perspectiva, es del caso señalar que la atención del presente traslado tiene fundamento en la necesidad de evitar que se agrave el estado de salud del recurrente y se convierta en irreversible; así como en lo previsto en el artículo 35°, inciso 3), de la Ley de la Carrera Judicial, que establece “Son derechos de los Jueces: Ser trasladados, a su solicitud y previa evaluación, cuando por razones de salud o de seguridad debidamente comprobadas, no sea posible continuar en el cargo”, lo que debe ser aplicado en armonía con el Principio de No Afectación del Servicio Público de Impartición de Justicia. Octavo. Que, de igual modo, y conforme al análisis de los presentes actuados se verifi ca que el doctor Víctor Raymundo Durand Prado no se encuentra incurso en las incompatibilidades por razón de parentesco contenidas en el artículo 42° de la Ley de la Carrera Judicial; así como en las prohibiciones para solicitar traslados, previstas en los artículos 9° y 10° del Reglamento de Traslados de Jueces del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa N° 312-2010-CE-PJ, de fecha 15 de setiembre de 2010. Noveno. Que, de otro lado, es menester precisar que en aras de acercar el servicio de justicia a la población, mediante Resolución Administrativa N° 334-2010-CE- PJ, del 6 de octubre de 2010, se dispuso la entrada en funcionamiento de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, a partir del 13 de octubre de 2010, en donde en la actualidad, a diferencia de los Distritos Judiciales de Lima y Callao, existen plazas vacantes de Jueces Superiores creadas por Resolución Administrativa N° 289-2014-CE- PJ, del 27 de agosto de 2014. Décimo. Que, siendo esto así, al existir verosimilitud respecto al pedido de traslado por razón de salud presentado por el doctor Víctor Raymundo Durand Prado, de conformidad con lo previsto en el artículo 14°, inciso b), en consonancia con el artículo 16° del Reglamento de Traslados de Jueces del Poder Judicial, corresponde disponer su traslado a una plaza de igual nivel en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, teniendo en cuenta que en dicho Distrito Judicial existen plazas vacantes en el nivel y jerarquía que corresponden al juez solicitante, y que se encuentran comprendidas dentro del ámbito geográfi co de Lima. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 782- 2014 de la trigésimo segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; de conformidad en parte con el informe del señor Escalante Cárdenas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar fundada la solicitud presentada por el doctor Víctor Raymundo Durand Prado, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Cañete; en consecuencia, se dispone su traslado a una plaza de la misma jerarquía en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, por razones de salud. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Cañete y Lima Sur, Gerencia General del Poder Judicial; y al interesado, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMIREZ Presidente 1146577-13 Prorrogan funcionamiento de la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, Sala Civil Transitoria y Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 320-2014-CE-PJ Lima, 24 de setiembre de 2014 VISTOS: Los Ofi cios Nºs. 315-2014-P-1SDCST-CS/PJ-JJRM, 122-14-SCT-CS-PJ y 329-2014-P-SPT-CS cursados por los Presidentes de la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, Sala Civil Transitoria y Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, respectivamente. CONSIDERANDO: Primero. Que este Órgano de Gobierno mediante Resolución Administrativa N° 217-2014-CE-PJ, de fecha 27 de junio de 2014, prorrogó por el periodo de tres meses, a partir del 1 de julio del año en curso, el funcionamiento de la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, Sala Civil Transitoria y Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, respectivamente, a fi n de continuar con la descarga procesal. Segundo. Que los Presidentes de las referidas Salas Supremas han solicitado que se disponga la prórroga del funcionamiento de los mencionados órganos jurisdiccionales, por el término de ley. Tercero. Que, al respecto, de los informes estadísticos remitidos aparece que aún queda considerable número de expedientes pendientes de resolver, por lo que resulta necesario disponer la prórroga del funcionamiento de las mencionadas Salas Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el término de tres meses. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 783-2014 de la trigésimo tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar por el término de tres meses, a partir del 1 de octubre de 2014, el funcionamiento de la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, Sala Civil Transitoria y Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, respectivamente. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Presidentes de las Salas Permanentes y Transitorias del Supremo Tribunal, Fiscalía de la Nación, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de la República, Gerencia General del Poder Judicial, Procuraduría Pública del Poder Judicial y al Órgano de Control Institucional del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1146577-14