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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (06/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 27

El Peruano Lunes 6 de octubre de 2014 534297 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje del Ministro de Energía y Minas y encargan la Cartera al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 339-2014-PCM Lima, 6 de octubre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº A-139-23-07-2014 de 23 de julio de 2014, la Presidenta Ejecutiva de la Asociación Colombiana de Generadores de Energía Eléctrica – ACOLGEN, cursa invitación al señor Ministro de Energía y Minas, Ingeniero Eleodoro Octavio Mayorga Alba, a fi n de participar en las Jornadas de Generación de Energía Eléctrica, a efectuarse el día 07 de octubre de 2014, en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia; Que, de conformidad con el artículo 2º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007- EM, el Ministerio de Energía y Minas tiene por fi nalidad promover el desarrollo integral y sostenible de las actividades mineras y energéticas; Que, en tal sentido y por ser de interés para el país y la entidad, es necesario autorizar el viaje del señor Ministro de Energía y Minas, el día 07 de octubre de 2014, para los fi nes a que se refi eren los párrafos precedentes, el mismo que no irrogará ningún tipo de gasto al Estado; Que, asimismo de acuerdo con lo previsto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú, es necesario encargar la Cartera de Energía y Minas en tanto dure la ausencia de su Titular, y; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Ministro de Energía y Minas, Ingeniero Eleodoro Octavio Mayorga Alba, a la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, los días 06 al 08 de octubre de 2014, para los fi nes a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Encargar la Cartera del Ministerio de Energía y Minas, al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, señor Milton Martín Von Hesse La Serna, los días 06 al 08 de octubre de 2014. Artículo 3º.- La presente autorización de viaje no irroga ningún tipo de gasto al Estado, ni otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros ELEODORO MAYORGA ALBA Ministro de Energía y Minas 1146860-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN