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El Peruano Miércoles 15 de octubre de 2014 534686 Ítem Código Partida Registral de SUNARP Valor de Tasación (S/.) 10% Adicional (S/.) Valor Total de Tasación (S/.) 2 MAL-TA- 078 P17025196 28,958.62 2,895.86 31,854.48 Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1149303-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 691-2014 MTC/02 Lima, 9 de octubre de 2014 VISTO: La Nota de Elevación Nº 222-2014-MTC/20, de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, mediante el cual solicita se apruebe el Valor Total de la Tasación correspondiente a un (01) inmueble que contiene dieciséis (16) mejoras, afectado por la ejecución del Proyecto “Tramo N° 2 del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú Brasil (Urcos – Inambari)”, y; CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025 - Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura, modifi cada por el artículo 27° de la Ley N° 30230 – Ley que establece medidas tributarias, simplifi cación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, indica en su segundo párrafo que “tratándose de los procedimientos de adquisición de inmuebles por trato directo iniciados al amparo de la Ley 27628, antes de la vigencia de la presente Ley y que se encuentran comprendidos en la quinta disposición complementaria fi nal de la misma, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a culminar dichos procedimientos de trato directo bajo los alcances de la Ley 27628”; Que, la Ley Nº 27628, Ley que Facilita la Ejecución de Obras Públicas Viales, modifi cada por la Tercera Disposición Complementaria Modifi catoria de la Ley Nº 30025, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley Nº 27117, Ley General de Expropiaciones; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley Nº 27628, el valor de tasación para la adquisición de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vías públicas será fi jado por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sobre la base de: (i) valor comercial del predio y mejoras, de corresponder; y, (ii) una indemnización por el perjuicio económico causado que incluya, en caso corresponda, el daño emergente y lucro cesante. El Valor Total de la Tasación será aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el cual deberá tener una antigüedad no mayor a dos años al momento de su aprobación; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3º de la Ley Nº 27628, la aprobación del Valor Total de la Tasación se hace considerando el monto fi jado por la Dirección Nacional de Construcción, agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial del predio y mejoras, de corresponder. El Valor Total de la Tasación constituye el precio a pagarse por todo concepto a los afectados por trazos en vías públicas, durante el trato directo; Que, a través del Ofi cio N° 1175-2014/VIVIENDA- VMCS-DNC, recibido el 24 de junio de 2014, la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, remite a la Unidad Gerencial de Estudios de PROVÍAS NACIONAL, diecisiete (17) Informes Técnicos de Tasación, correspondiente a un (01) inmueble y dieciséis (16) mejoras, afectado por la ejecución del Proyecto “Tramo N° 2 del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú Brasil (Urcos – Inambari)”, en adelante “la Obra”; Que, mediante Memorándum Nº 4320-2014-MTC/20.6 de fecha 11 de agosto de 2014, la Gerente de la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL remite a la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de la citada entidad, el Informe Nº 053-2014-NTM de fecha 07 de agosto de 2014, en cuyo análisis señala lo siguiente: (i) la titular del inmueble tiene su derecho de propiedad debidamente inscrito en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP; (ii) conforme a lo establecido en el segundo párrafo de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30025, modifi cada por el Artículo 27º de la Ley Nº 30230, corresponde que el presente procedimiento de adquisición de inmuebles por trato directo se culmine bajo los alcances de la Ley Nº 27628, (iii) que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 27628, modifi cada por la Tercera Disposición Complementaria Modifi catoria de la Ley Nº 30025, corresponde que mediante Resolución Ministerial se apruebe el Valor Total de la Tasación de un (01) inmueble que contiene dieciséis (16) mejoras, afectado por la ejecución de la Obra, considerando los montos fi jados por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, (iv) recomienda remitir el citado Informe a la Unidad Gerencial de Asesoría Legal para la prosecución del trámite correspondiente a fi n de continuar con el proceso de adquisición del inmueble afectado a favor de PROVIAS NACIONAL; Que, sobre el particular, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL, mediante Informe N° 637- 2014-MTC/20.3 de fecha 18 de agosto de 2014, concluye que luego de efectuada la revisión de los documentos que obran en el Expediente, así como del análisis correspondiente, considera procedente continuar con el trámite administrativo de aprobación del Valor Total de la Tasación elaborado por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondiente a un (01) inmueble que contiene dieciséis (16) mejoras, afectado por la ejecución de la Obra; Que, con la Nota de Visto; el Director Ejecutivo de PROVIAS NACIONAL, solicita se apruebe el Valor Total de la Tasación de un (01) inmueble y dieciséis (16) mejoras, afectado por la ejecución de la Obra; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nos. 27628, 29370 y 30025, modifi cada por la Ley N° 30230; así como por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Valor Total de la Tasación elaborada por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondiente a un (01) inmueble y dieciséis (16) mejoras, afectado por la ejecución del Proyecto “Tramo N° 2 del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú Brasil (Urcos – Inambari)”, conforme al siguiente detalle: ITEM CÓDIGO PARTIDA REGISTRAL VALOR DE TASACIÓN (S/.) ADICIONAL DEL 10% (S/.) VALOR TOTAL DE LA TASACIÓN (S/.) 1 T2-TINQUI-00 N° 02016515 de la Zona Registral N° X, Sede Cusco, Ofi cina Registral Cusco. 163,224.60 16,322.46 179,547.06 2 T2-TINQUI-01 9, 376.29 937.63 10,313.92 3 T2-TINQUI-02 36, 905.73 3,690.57 40,596.30 4 T2-TINQUI-03 42,975.07 4,297.51 47,272.58 5 T2-TINQUI-04 116,829.20 11,682.92 128,512.12 6 T2-TINQUI-05 22,834.25 2,283.43 25,117.68 7 T2-TINQUI-06 14,048.50 1,404.85 15,453.35 8 T2-TINQUI-07 14,048.50 1,404.85 15,453.35 9 T2-TINQUI-08 14,048.50 1,404.85 15,453.35 10 T2-TINQUI-09 14,048.50 1,404.85 15,453.35 11 T2-TINQUI-10 14,048.50 1,404.85 15,453.35 12 T2-TINQUI-11 10,584.00 1,058.40 11,642.40 13 T2-TINQUI-12 1,980.00 198 2,178.00 14 T2-TINQUI-13 17,126.11 1,712.61 18,838.72 15 T2-TINQUI-14 1,800.00 180 1,980.00 16 T2-TINQUI-15 29,978.55 2,997.86 32,976.41 17 T2-TINQUI-16 3,120.00 312 3,432.00